Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4752)
Resolución de 3 de marzo de 2025, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Centro Docente María Inmaculada, para la formación de las enseñanzas de formación profesional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Lunes 10 de marzo de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 32585
Compromisos de la entidad colaboradora.
a) La entidad colaboradora establecerá anualmente el número máximo de alumnos
autorizados a realizar la fase de formación en sus instalaciones, atendiendo a sus
propias necesidades.
b) La entidad colaboradora se compromete al cumplimiento del plan de formación o
programa formativo que previamente haya sido acordado con el centro docente, según
los apartados contemplados en el modelo oficial establecido por la Comunidad de
Madrid, y a facilitar al alumno acceso a los medios e instalaciones necesarios para su
desarrollo.
c) La entidad colaboradora nombrará un responsable para la coordinación de las
actividades formativas a realizar, que garantizará la orientación y consulta del alumno,
facilitará las relaciones con el profesor-tutor del centro docente, monitorizará el progreso
del alumno y aportará los informes valorativos que contribuyen a la evaluación. La
entidad colaboradora facilitará al tutor del centro docente el acceso a la misma en
cumplimiento del proceso de seguimiento y valoración del alumno.
d) La entidad colaboradora se compromete a realizar el seguimiento y la valoración
del progreso de los alumnos, en colaboración con el profesor-tutor del centro docente,
siguiendo las directrices y modelos oficiales establecidos por la Comunidad de Madrid, y
en su caso, a la revisión del plan de formación, si una vez iniciado la fase de formación, y
a la vista de los resultados, fuese necesario.
e) Los representantes de los trabajadores del ISCIII serán informados del contenido
específico del plan de formación que desarrollarán los alumnos sujetos al convenio, de
su duración, del horario de las actividades, y la localización del centro o centros de
trabajo donde éstas se realizarán.
Compromisos del centro docente.
a) El centro docente velará por la calidad de las actividades formativas con las
oportunas acciones en las fases de programación, seguimiento y evaluación.
b) El centro docente elaborará el plan de formación de conformidad con lo
establecido en la normativa educativa del Ministerio de Educación y Formación
Profesional y de la Comunidad de Madrid, según el modelo oficial establecido por la
Consejería competente en materia de Formación Profesional de los grados D y E. La
programación de las actividades concretas a realizar en la entidad colaboradora se
realizará conjuntamente con el responsable designado por ésta.
c) El centro docente proporcionará asesoría y apoyo a la entidad colaboradora en
cualquier aspecto relacionado con la planificación, gestión y desarrollo de la fase de
formación en empresas, especialmente en su monitorización y valoración.
d) El centro docente comunicará a la entidad colaboradora la relación de alumnos
que se incorporarán, según modelo oficial establecido por la Comunidad de Madrid.
e) El centro docente comunicará a la entidad colaboradora, antes de la
incorporación de los alumnos, los detalles y protocolo de tramitación de la contingencia
de accidentes, así como el procedimiento de reclamación patrimonial que debiera
seguirse en caso de producirse daños materiales atribuibles al alumno durante la
realización de la fase de formación.
f) El centro docente informará a los alumnos de las condiciones y compromisos de
realización de la fase de formación, entre otras:
i. El alumno se identificará, durante la estancia en la entidad colaboradora,
mediante DNI o documento acreditativo de la identidad y tarjeta de identificación del
centro docente.
ii. El alumno cumplirá las normas de carácter interno de la entidad colaboradora y
seguirá las instrucciones que reciba de sus responsables.
iii. El alumno cumplirá el calendario, horario y plan de formación acordado con la
entidad colaboradora, y se responsabilizará de remitir semanalmente al tutor del centro
cve: BOE-A-2025-4752
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 59
Lunes 10 de marzo de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 32585
Compromisos de la entidad colaboradora.
a) La entidad colaboradora establecerá anualmente el número máximo de alumnos
autorizados a realizar la fase de formación en sus instalaciones, atendiendo a sus
propias necesidades.
b) La entidad colaboradora se compromete al cumplimiento del plan de formación o
programa formativo que previamente haya sido acordado con el centro docente, según
los apartados contemplados en el modelo oficial establecido por la Comunidad de
Madrid, y a facilitar al alumno acceso a los medios e instalaciones necesarios para su
desarrollo.
c) La entidad colaboradora nombrará un responsable para la coordinación de las
actividades formativas a realizar, que garantizará la orientación y consulta del alumno,
facilitará las relaciones con el profesor-tutor del centro docente, monitorizará el progreso
del alumno y aportará los informes valorativos que contribuyen a la evaluación. La
entidad colaboradora facilitará al tutor del centro docente el acceso a la misma en
cumplimiento del proceso de seguimiento y valoración del alumno.
d) La entidad colaboradora se compromete a realizar el seguimiento y la valoración
del progreso de los alumnos, en colaboración con el profesor-tutor del centro docente,
siguiendo las directrices y modelos oficiales establecidos por la Comunidad de Madrid, y
en su caso, a la revisión del plan de formación, si una vez iniciado la fase de formación, y
a la vista de los resultados, fuese necesario.
e) Los representantes de los trabajadores del ISCIII serán informados del contenido
específico del plan de formación que desarrollarán los alumnos sujetos al convenio, de
su duración, del horario de las actividades, y la localización del centro o centros de
trabajo donde éstas se realizarán.
Compromisos del centro docente.
a) El centro docente velará por la calidad de las actividades formativas con las
oportunas acciones en las fases de programación, seguimiento y evaluación.
b) El centro docente elaborará el plan de formación de conformidad con lo
establecido en la normativa educativa del Ministerio de Educación y Formación
Profesional y de la Comunidad de Madrid, según el modelo oficial establecido por la
Consejería competente en materia de Formación Profesional de los grados D y E. La
programación de las actividades concretas a realizar en la entidad colaboradora se
realizará conjuntamente con el responsable designado por ésta.
c) El centro docente proporcionará asesoría y apoyo a la entidad colaboradora en
cualquier aspecto relacionado con la planificación, gestión y desarrollo de la fase de
formación en empresas, especialmente en su monitorización y valoración.
d) El centro docente comunicará a la entidad colaboradora la relación de alumnos
que se incorporarán, según modelo oficial establecido por la Comunidad de Madrid.
e) El centro docente comunicará a la entidad colaboradora, antes de la
incorporación de los alumnos, los detalles y protocolo de tramitación de la contingencia
de accidentes, así como el procedimiento de reclamación patrimonial que debiera
seguirse en caso de producirse daños materiales atribuibles al alumno durante la
realización de la fase de formación.
f) El centro docente informará a los alumnos de las condiciones y compromisos de
realización de la fase de formación, entre otras:
i. El alumno se identificará, durante la estancia en la entidad colaboradora,
mediante DNI o documento acreditativo de la identidad y tarjeta de identificación del
centro docente.
ii. El alumno cumplirá las normas de carácter interno de la entidad colaboradora y
seguirá las instrucciones que reciba de sus responsables.
iii. El alumno cumplirá el calendario, horario y plan de formación acordado con la
entidad colaboradora, y se responsabilizará de remitir semanalmente al tutor del centro
cve: BOE-A-2025-4752
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.