Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4737)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la «Gestión Integrada de Servicios de Registro» como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 10 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 32477

modificaciones normativas que le afectan, la pronta resolución de los errores o
incidencias que pudieran producirse en el servicio GEISER en producción, así como el
análisis y desarrollo de otras funcionalidades de ayuda a la gestión económica de los
recursos humanos que deban incorporarse de manera temporal o permanente en el
servicio. A tal efecto, se responsabiliza de la realización de todas las tareas
concernientes al mantenimiento del aplicativo. La SGAD determinará la fecha o periodo
mensual en el que realizará las actuaciones de actualización o mantenimiento
programadas, que serán efectivas al mismo tiempo para todos los centros usuarios del
servicio.
a) Mantenimiento correctivo: Corrección de aquellos errores o fallos de
funcionamiento que pudieran detectarse en el aplicativo y que se derivaran de defectos
en la programación o en el diseño. Incluye la modificación y puesta en producción de las
correcciones.
b) Mantenimiento adaptativo: Introducción de modificaciones en el aplicativo que
obedecen a cambios de normativa o cambios de versión del software de base. Incluye la
modificación y puesta en producción de las modificaciones.
c) Mantenimiento evolutivo: Incorporación de mejoras de carácter tecnológico o
funcional, con el objeto de garantizar la permanente actualización y mejora del servicio a
través del aprovechamiento de la evolución tecnológica y mediante el desarrollo e
incorporación de nuevas funcionalidades, metodologías o herramientas para la gestión
de la información. En especial hay que destacar la incorporación de cuantas mejoras y
nuevas funcionalidades sean necesarias para la plena evolución de GEISER como
aplicación de administración electrónica. Incluye la modificación y puesta en producción
de las mejoras.
2. Facilitar los medios materiales y humanos necesarios para proveer el servicio
centralizado GEISER de modo que la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de
Cultura pueda gestionar el servicio de gestión de sus oficinas de registro de entrada/
salida, como la recepción y envío de registros en las unidades tramitadoras destinatarias
de la documentación por la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura.
3. Prestar el soporte técnico a usuarios y la atención a las incidencias y solicitudes
recibidas en relación con el funcionamiento de la aplicación, de acuerdo con lo señalado
en el presente documento.
4. Preparar cursos de formación del funcionamiento de GEISER para el personal
responsable de la utilización de la aplicación en la Gerencia de Infraestructuras y
Equipamientos de Cultura.
5. Prestar el soporte técnico a usuarios según las condiciones recogidas en el
presente convenio.
6. Poner a disposición de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de
Cultura el Servicio de GEISER, en los términos y condiciones que se establecen en el
presente convenio.
7. Asumir las obligaciones que le corresponden a la SGAD como encargado del
tratamiento de los datos personales incluidos en GEISER, de acuerdo con lo dispuesto
en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y demás normativa de aplicación en materia de protección de
datos. Asimismo, la SGAD asumirá las obligaciones derivadas del contrato de encargo
contraído con la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura.

cve: BOE-A-2025-4737
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Núm. 59