Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-4739)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Barcelona, para el desarrollo de prácticas curriculares no remuneradas en las instalaciones del Laboratorio Regional de Aduanas e Impuestos Especiales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 59
Lunes 10 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 32493
IV
El presente convenio, enmarcado en lo estipulado en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, LRJSP), se establece
según lo contemplado en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
reglamentan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, donde
se regulan los convenios de cooperación educativa, como el presente, en el artículo 7.
El presente convenio cumple con lo que establece el artículo 48.3 de la LRJSP, en
cuanto que tiene por objeto contribuir a la realización de actividades de utilidad pública
en tanto que contribuye a complementar la formación académica proporcionada por las
Universidades a los alumnos y así favorecer la empleabilidad de éstos.
Igualmente, este convenio está reglamentado por el Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios, por el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los
términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de
las personas que participan en programas de formación, por el Real Decreto-ley 8/2014,
de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y
la eficiencia, y por la normativa de prácticas académicas externas de estudiantes de la
Universidad de Barcelona.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el
presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Segunda.
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.
1. La Agencia Tributaria definirá, junto a la Universidad, el número de plazas de
prácticas a cubrir por los estudiantes, así como la naturaleza y duración de las mismas,
con suficiente antelación al comienzo de cada curso académico.
2. Para ello la Agencia Tributaria determinará anualmente el número de alumnos a
acoger en función de la disponibilidad en el Laboratorio Regional de Barcelona y de
tutores.
cve: BOE-A-2025-4739
Verificable en https://www.boe.es
Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas
curriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado matriculado en la
asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o máster que imparte
la Facultad de Química de la Universidad de Barcelona, siempre que dichas prácticas
guarden relación con las materias y competencias de la Agencia Tributaria.
Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, que son las
prácticas que tienen su origen en los diversos planes de estudios, obligatorias para
obtener la titulación requerida.
Las prácticas externas consistirán en la realización de tareas adecuadas al área y
nivel de formación de los alumnos, de forma que los mismos puedan mejorar su
cualificación profesional completando su formación teórica con una aprendizaje práctico
que les proporcione el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad
profesional en la que los estudiantes habrán de operar y les permita aplicar los
conocimientos adquiridos, a la vez que se favorece que los estudiantes puedan
desarrollar competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas, así como
valores de innovación, creatividad y emprendimiento y adquirir una experiencia práctica
enriquecedora que les facilite la inserción en el mercado de trabajo.
Núm. 59
Lunes 10 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 32493
IV
El presente convenio, enmarcado en lo estipulado en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, LRJSP), se establece
según lo contemplado en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
reglamentan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, donde
se regulan los convenios de cooperación educativa, como el presente, en el artículo 7.
El presente convenio cumple con lo que establece el artículo 48.3 de la LRJSP, en
cuanto que tiene por objeto contribuir a la realización de actividades de utilidad pública
en tanto que contribuye a complementar la formación académica proporcionada por las
Universidades a los alumnos y así favorecer la empleabilidad de éstos.
Igualmente, este convenio está reglamentado por el Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios, por el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los
términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de
las personas que participan en programas de formación, por el Real Decreto-ley 8/2014,
de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y
la eficiencia, y por la normativa de prácticas académicas externas de estudiantes de la
Universidad de Barcelona.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el
presente convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Segunda.
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.
1. La Agencia Tributaria definirá, junto a la Universidad, el número de plazas de
prácticas a cubrir por los estudiantes, así como la naturaleza y duración de las mismas,
con suficiente antelación al comienzo de cada curso académico.
2. Para ello la Agencia Tributaria determinará anualmente el número de alumnos a
acoger en función de la disponibilidad en el Laboratorio Regional de Barcelona y de
tutores.
cve: BOE-A-2025-4739
Verificable en https://www.boe.es
Constituye el objeto del presente convenio la realización de prácticas externas
curriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado matriculado en la
asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o máster que imparte
la Facultad de Química de la Universidad de Barcelona, siempre que dichas prácticas
guarden relación con las materias y competencias de la Agencia Tributaria.
Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, que son las
prácticas que tienen su origen en los diversos planes de estudios, obligatorias para
obtener la titulación requerida.
Las prácticas externas consistirán en la realización de tareas adecuadas al área y
nivel de formación de los alumnos, de forma que los mismos puedan mejorar su
cualificación profesional completando su formación teórica con una aprendizaje práctico
que les proporcione el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad
profesional en la que los estudiantes habrán de operar y les permita aplicar los
conocimientos adquiridos, a la vez que se favorece que los estudiantes puedan
desarrollar competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas, así como
valores de innovación, creatividad y emprendimiento y adquirir una experiencia práctica
enriquecedora que les facilite la inserción en el mercado de trabajo.