Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-4739)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Barcelona, para el desarrollo de prácticas curriculares no remuneradas en las instalaciones del Laboratorio Regional de Aduanas e Impuestos Especiales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 10 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 32492
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
La Universidad de Barcelona, encargada del servicio público de la educación superior,
mediante la docencia, el estudio y la investigación se encarga, entre otras funciones, de la
preparación de sus alumnos para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la
aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística, la difusión,
la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de
vida y del desarrollo económico, y la formación en valores ciudadanos de los miembros de
la comunidad universitaria. En el seno de la misma se encuentra la Facultad de Química,
centro de docencia e investigación en química muy valorado en España y centro de
investigación puntero en aspectos muy diversos de la química básica y aplicada. Esta
posición de solidez y referencia la mantiene en los rankings internacionales, siendo a
destacar que dicha Facultad ostenta la productividad científica más notoria entre los
centros de química universitarios del país.
La Universidad de Barcelona goza de autonomía, de acuerdo con el artículo 27.10 de
la Constitución Española y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario. El artículo 3.q) de esta última norma establece que dicha autonomía
comprende, entre otros aspectos «el establecimiento de relaciones …, con el objeto de
desarrollar algunas de las funciones que le son propias a la Universidad».
II
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria) es
la entidad de derecho público encargada, en nombre y por cuenta del Estado, de la
aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero y de aquellos recursos de
otras Administraciones y Entes Públicos nacionales o de la Unión Europea cuya gestión
se le encomiende por ley o por convenio.
Dentro de las funciones y competencias del Departamento de Aduanas e Impuestos
Especiales destaca a los efectos que ahora interesan la dirección y coordinación técnica
de las actuaciones de los Laboratorios de Aduanas e Impuestos Especiales, de las Áreas
Químico-Tecnológicas y de los procedimientos para la obtención de muestras
representativas de las mercancías objeto de análisis.
Por otra parte, y según recoge el Plan Estratégico para el período 2024-2027, una de
las más urgentes líneas estratégicas a desarrollar de cara a abordar nuevas necesidades
y retos en la Administración Pública es la que apunta a la necesidad de aumentar el
número de efectivos de la Agencia Tributaria, a través fundamentalmente de los
procesos selectivos correspondientes. La suscripción del presente convenio puede
coadyuvar a la consecución de este fin.
III
Ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación en el desarrollo de un
programa de prácticas académicas formativas para que los estudiantes de la Universidad
puedan realizar actividades de formación, no remuneradas, en las instalaciones del
Laboratorio Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, ubicadas en el Paseo Josep Carner, 33, de Barcelona, con el
código postal 08038. Estas prácticas permitirán a los estudiantes aplicar y complementar
los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de
competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su
empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
cve: BOE-A-2025-4739
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 59
Lunes 10 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 32492
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
La Universidad de Barcelona, encargada del servicio público de la educación superior,
mediante la docencia, el estudio y la investigación se encarga, entre otras funciones, de la
preparación de sus alumnos para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la
aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística, la difusión,
la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de
vida y del desarrollo económico, y la formación en valores ciudadanos de los miembros de
la comunidad universitaria. En el seno de la misma se encuentra la Facultad de Química,
centro de docencia e investigación en química muy valorado en España y centro de
investigación puntero en aspectos muy diversos de la química básica y aplicada. Esta
posición de solidez y referencia la mantiene en los rankings internacionales, siendo a
destacar que dicha Facultad ostenta la productividad científica más notoria entre los
centros de química universitarios del país.
La Universidad de Barcelona goza de autonomía, de acuerdo con el artículo 27.10 de
la Constitución Española y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario. El artículo 3.q) de esta última norma establece que dicha autonomía
comprende, entre otros aspectos «el establecimiento de relaciones …, con el objeto de
desarrollar algunas de las funciones que le son propias a la Universidad».
II
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria) es
la entidad de derecho público encargada, en nombre y por cuenta del Estado, de la
aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero y de aquellos recursos de
otras Administraciones y Entes Públicos nacionales o de la Unión Europea cuya gestión
se le encomiende por ley o por convenio.
Dentro de las funciones y competencias del Departamento de Aduanas e Impuestos
Especiales destaca a los efectos que ahora interesan la dirección y coordinación técnica
de las actuaciones de los Laboratorios de Aduanas e Impuestos Especiales, de las Áreas
Químico-Tecnológicas y de los procedimientos para la obtención de muestras
representativas de las mercancías objeto de análisis.
Por otra parte, y según recoge el Plan Estratégico para el período 2024-2027, una de
las más urgentes líneas estratégicas a desarrollar de cara a abordar nuevas necesidades
y retos en la Administración Pública es la que apunta a la necesidad de aumentar el
número de efectivos de la Agencia Tributaria, a través fundamentalmente de los
procesos selectivos correspondientes. La suscripción del presente convenio puede
coadyuvar a la consecución de este fin.
III
Ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación en el desarrollo de un
programa de prácticas académicas formativas para que los estudiantes de la Universidad
puedan realizar actividades de formación, no remuneradas, en las instalaciones del
Laboratorio Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, ubicadas en el Paseo Josep Carner, 33, de Barcelona, con el
código postal 08038. Estas prácticas permitirán a los estudiantes aplicar y complementar
los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de
competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su
empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
cve: BOE-A-2025-4739
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 59