Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4680)
Resolución de 6 de marzo de 2025, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Toronto, para la realización de análisis de bienes culturales adscritos o administrados por Patrimonio Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Sábado 8 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 31525

código de imagen y de un número secuencial, que será facilitado por Patrimonio Nacional
para cada bien cultural. Esta denominación seguirá el siguiente modelo: 12345678-ANA001.
– Los archivos fotográficos se entregarán al Área de Documentación de Bienes
Culturales en el plazo máximo de treinta días, a contar desde la fecha de realización de
las mismas. Este plazo se extenderá a un máximo de seis meses para los archivos
resultantes del resto de análisis realizados. La entrega se realizará en soportes editables
externos (tarjeta SD, memoria USB, disco duro de 2'5''…), con la capacidad suficiente en
función del peso de los archivos contenidos en cada uno de ellos. Los archivos se
organizarán dentro de carpetas, denominadas cada una con el número de inventario del
bien analizado o reproducido.
c) Nombrar a dos responsables de perfil técnico en representación de la
Universidad de Toronto, que coordinen y supervisen las tareas derivadas del presente
convenio.
Tercera.

Obligaciones y compromisos económicos.

Las actividades a desarrollar al amparo del presente convenio serán financiadas por
la Universidad de Toronto. Estas actividades no supondrán compromiso financiero
alguno para Patrimonio Nacional, que asignará personal técnico para supervisar su
ejecución y asumirá con sus propios medios el traslado de los bienes culturales
implicados en el mismo. Cuando las actuaciones no puedan ser llevadas a cabo por los
equipos del Proyecto debido a la ubicación del bien seleccionado, los costes adicionales
e imprevistos relacionados con el traslado serán acordados previamente por ambas
partes y asumidos por la Universidad de Toronto, debiendo contar la empresa contratada
con la aprobación previa y expresa de Patrimonio Nacional para la ejecución de estos
trabajos.
La Universidad de Toronto asumirá los gastos de traslado e instalación de los
equipos necesarios y del personal encargado de la ejecución de las actuaciones
contempladas en este convenio.
Titularidad de los resultados obtenidos.

Patrimonio Nacional quedará como propietario y titular exclusivo de los derechos de
explotación de la información obtenida (reproducción, distribución, comunicación pública
y transformación, que se ejercerá respetando siempre la integridad de la obra original),
en sus distintas modalidades (venta, alquiler, préstamo, representación, proyección,
emisión, radiodifusión, transmisión, retransmisión, puesta a disposición, exposición
pública y acceso público), sin límite temporal ni geográfico, si bien autorizará su
divulgación a la Universidad de Toronto para la presentación de los resultados obtenidos.
La interpretación de los resultados se hará de manera conjunta entre ambas partes.
En este sentido, la Universidad de Toronto deberá informar siempre con carácter previo a
Patrimonio Nacional acerca de las publicaciones en las que se incluya información sobre
los bienes objeto de este convenio, de las que entregará 2 ejemplares a la Dirección de
las Colecciones Reales de Patrimonio Nacional, uno en el caso de publicaciones
electrónicas. La divulgación de recursos por parte de la Universidad de Toronto, siempre
en el marco concreto de divulgación de resultados por parte del equipo del Proyecto, no
conllevará el pago de contraprestaciones económicas, se hará bajo la licencia Creative
Commons Reconocimiento-No Derivada-Compartir Igual-No Comercial (CC-BY-ND-SANC) y deberá incluir la línea de crédito que indique Patrimonio Nacional en cada caso.
Queda expresamente prohibida para la Universidad de Toronto la cesión a terceros
de cualquiera de los recursos obtenidos al amparo del presente convenio, así como la
divulgación de dichos recursos por cualquier medio sin el consentimiento previo y
expreso de Patrimonio Nacional. El uso de los archivos resultantes de la digitalización 3D
quedará limitado a la obtención de los archivos con formato OBJ, quedando
expresamente prohibida su utilización o divulgación por cualquier medio.

cve: BOE-A-2025-4680
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.