Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4664)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, para el intercambio de información entre el registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico y el registro de empresas y actividades de transporte de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Sábado 8 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 31334

De conformidad con el artículo 28 del RGPD, los datos objeto de tratamiento tendrán
por finalidad la gestión concreta de que se trate en función de las competencias propias
o cedidas que cada entidad pública firmante del presente convenio haya adquirido, todas
ellas relacionadas con la seguridad vial.
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros en ningún caso,
salvo destinatarios legalmente habilitados. No se realizarán transferencias
internacionales de datos.
Los datos que se traten solamente podrán ser utilizados para realizar los trabajos
necesarios para desarrollar las actividades que contiene este convenio, no se alterarán y
se deberá evitar que se pierdan o que se produzca un acceso no autorizado.
Las partes se comprometen a que cualquier tratamiento de los datos intercambiados
en aplicación del presente convenio garantice la confidencialidad protegida en las
normas anteriormente citadas y responda a los principios de licitud de estas. Asimismo,
las partes están obligadas a cumplir con las medidas técnicas y organizativas que
garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten su
alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado de conformidad con el artículo 32
del RGPD.
1.

Seguridad de la información.

Las partes se comprometen a cumplir la política de seguridad y confidencialidad de
ambos organismos y se someterán al sistema de verificación que la Secretaría General
de Administración Digital determine.
2.

Confidencialidad.

Las partes se comprometen a mantener en secreto todos los datos e informaciones
facilitados por la otra parte y que sean concernientes a la ejecución del objeto del
presente convenio. En particular, será considerado como información confidencial todo el
saber hacer resultante de la ejecución del objeto del mismo, debiendo las partes
mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, total o
parcialmente, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del convenio.

3.1

Protección de datos personales.
Información a los firmantes del convenio y a trabajadores.

Los datos personales de los representantes de las partes, así como de sus
trabajadores y resto de personas de contacto que puedan intervenir en la relación
jurídica formalizada serán tratados, respectivamente, por las entidades que se identifican
en el encabezamiento, que actuarán, de forma independiente, como responsables del
tratamiento de los mismos. Dichos datos serán tratados para dar cumplimiento a los
derechos y obligaciones contenidas en este convenio, sin que se tomen decisiones
automatizadas que puedan afectar a los interesados. En consecuencia, la base jurídica
del tratamiento es dar cumplimiento a la mencionada relación contractual, siendo dicho
fin estrictamente necesario para ejecutar el presente convenio.
Los datos se mantendrán mientras esté en vigor la relación contractual que aquí se
estipula, siendo tratados únicamente por las partes y aquellos terceros a los que aquéllas
estén legal o contractualmente obligadas a comunicarlos (como es el caso de terceros
prestadores de servicios a los que se haya encomendado algún servicio vinculado con la
gestión o ejecución del convenio).
Los interesados de las partes podrán ejercer, en los términos establecidos por la
legislación vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como
solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o
solicitar la portabilidad de sus datos dirigiendo una comunicación por escrito a cada una
de las Partes, a través de las direcciones especificadas en el encabezamiento o a través

cve: BOE-A-2025-4664
Verificable en https://www.boe.es

3.