Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4664)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, para el intercambio de información entre el registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico y el registro de empresas y actividades de transporte de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 8 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 31331
Sostenible (MITMS) y el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, a fin de
facilitar el intercambio de información relativa a los vehículos y las autorizaciones de
transporte obtenidas en el ejercicio de sus competencias, y requerido por ambas para el
desempeño de las funciones que tienen encomendadas.
Se identifica como objeto del convenio el intercambio de información relativa a las
autorizaciones de transporte del Registro de Empresas y Actividades de Transporte del
MITMS-DGTCF y la información relativa a los vehículos del Registro de Vehículos de la
DGT para tramitar las matriculaciones y los cambios de titularidad de vehículos que
deban acreditar dicha autorización de transporte.
En todo caso, el intercambio y suministro de datos se producirá siempre con estricto
respeto al marco normativo vigente y citado en la parte expositiva del presente convenio,
preservando siempre los derechos de las personas a que se refiera la información.
Segunda. Compromisos de las partes.
La DGT requiere la comunicación de determinados datos relativos a las
autorizaciones de transporte que constan en el Registro de Empresas y Actividades de
Transporte para el desarrollo de las funciones y en el ejercicio de las competencias que
tiene encomendadas, como la tramitación de las matriculaciones y los cambios de
titularidad de vehículos que deban acreditar dichas autorizaciones de transporte. De
igual forma el MITMS-DGTCF requiere el acceso a la información que consta en el
Registro de Vehículos para determinar si corresponde la expedición de las mencionadas
autorizaciones de transporte.
En aplicación de los principios de eficiencia y servicio a la ciudadanía que han de
regir su actuación, ambas partes consideran necesario regular las condiciones de dicho
intercambio y suministro, que se producirá utilizando exclusivamente medios informáticos
o telemáticos y con salvaguarda de las garantías y los derechos que les asisten a los
ciudadanos en relación con sus datos personales en poder de la Administración.
Por otra parte, tanto la DGT como el MITMS-DGTCF tienen como objetivos
prioritarios la intensificación de la relaciones interinstitucionales de cooperación y el
impulso de la modernización, la interoperabilidad entre distintos organismos de la
Administración Pública para alcanzar el nivel de excelencia preconizado por la Unión
Europea, buscando, por un lado, la gestión eficaz de los recursos públicos y, por otro, la
prestación de un mejor servicio a la ciudadanía, simplificando los trabajos administrativos
o facilitando la realización de determinados trámites, todo ello sin menoscabo de
implantar las garantías que procedan para salvaguardar el derecho a la intimidad de las
personas y proteger sus datos personales.
La comunicación de las autorizaciones de transporte permite recopilar en una única
base de datos los requisitos administrativos necesarios para circular, facilitando el control
y la vigilancia en la circulación y facilitando la gestión administrativa de las mismas.
La información a suministrar por la DGT y por el MITMS-DGTCF se incorporará al
Registro de Vehículos y al Registro de Empresas y Actividades de Transporte a través de
las plataformas habilitadas para ello.
– Compromisos de la DGT: Facilitar al Registro de Empresas y Actividades de
Transporte del MITMS-DGTCF acceso a los datos que consten en el Registro de
Vehículos que puedan ser útiles para el ejercicio de sus competencias.
– Compromisos del MITMS-DGTCF: Comunicar al Registro de Vehículos de la DGT
los datos sobre autorizaciones de transporte –altas, bajas o modificaciones– que se
consten en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte para el ejercicio de sus
competencias.
cve: BOE-A-2025-4664
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 58
Sábado 8 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 31331
Sostenible (MITMS) y el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, a fin de
facilitar el intercambio de información relativa a los vehículos y las autorizaciones de
transporte obtenidas en el ejercicio de sus competencias, y requerido por ambas para el
desempeño de las funciones que tienen encomendadas.
Se identifica como objeto del convenio el intercambio de información relativa a las
autorizaciones de transporte del Registro de Empresas y Actividades de Transporte del
MITMS-DGTCF y la información relativa a los vehículos del Registro de Vehículos de la
DGT para tramitar las matriculaciones y los cambios de titularidad de vehículos que
deban acreditar dicha autorización de transporte.
En todo caso, el intercambio y suministro de datos se producirá siempre con estricto
respeto al marco normativo vigente y citado en la parte expositiva del presente convenio,
preservando siempre los derechos de las personas a que se refiera la información.
Segunda. Compromisos de las partes.
La DGT requiere la comunicación de determinados datos relativos a las
autorizaciones de transporte que constan en el Registro de Empresas y Actividades de
Transporte para el desarrollo de las funciones y en el ejercicio de las competencias que
tiene encomendadas, como la tramitación de las matriculaciones y los cambios de
titularidad de vehículos que deban acreditar dichas autorizaciones de transporte. De
igual forma el MITMS-DGTCF requiere el acceso a la información que consta en el
Registro de Vehículos para determinar si corresponde la expedición de las mencionadas
autorizaciones de transporte.
En aplicación de los principios de eficiencia y servicio a la ciudadanía que han de
regir su actuación, ambas partes consideran necesario regular las condiciones de dicho
intercambio y suministro, que se producirá utilizando exclusivamente medios informáticos
o telemáticos y con salvaguarda de las garantías y los derechos que les asisten a los
ciudadanos en relación con sus datos personales en poder de la Administración.
Por otra parte, tanto la DGT como el MITMS-DGTCF tienen como objetivos
prioritarios la intensificación de la relaciones interinstitucionales de cooperación y el
impulso de la modernización, la interoperabilidad entre distintos organismos de la
Administración Pública para alcanzar el nivel de excelencia preconizado por la Unión
Europea, buscando, por un lado, la gestión eficaz de los recursos públicos y, por otro, la
prestación de un mejor servicio a la ciudadanía, simplificando los trabajos administrativos
o facilitando la realización de determinados trámites, todo ello sin menoscabo de
implantar las garantías que procedan para salvaguardar el derecho a la intimidad de las
personas y proteger sus datos personales.
La comunicación de las autorizaciones de transporte permite recopilar en una única
base de datos los requisitos administrativos necesarios para circular, facilitando el control
y la vigilancia en la circulación y facilitando la gestión administrativa de las mismas.
La información a suministrar por la DGT y por el MITMS-DGTCF se incorporará al
Registro de Vehículos y al Registro de Empresas y Actividades de Transporte a través de
las plataformas habilitadas para ello.
– Compromisos de la DGT: Facilitar al Registro de Empresas y Actividades de
Transporte del MITMS-DGTCF acceso a los datos que consten en el Registro de
Vehículos que puedan ser útiles para el ejercicio de sus competencias.
– Compromisos del MITMS-DGTCF: Comunicar al Registro de Vehículos de la DGT
los datos sobre autorizaciones de transporte –altas, bajas o modificaciones– que se
consten en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte para el ejercicio de sus
competencias.
cve: BOE-A-2025-4664
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 58