Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4662)
Resolución de 28 de febrero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Defensa y el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., para la formación profesional para el empleo de los militares de tropa y marinería que mantienen una relación de servicios de carácter temporal con las Fuerzas Armadas y el colectivo de reservistas de especial disponibilidad de la categoría de tropa y marinería.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 58

Sábado 8 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 31316

la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal por la que se acuerde su
concesión.
Esta subvención será compatible con aquellas que se puedan percibir para la misma
finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. El importe de las
subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en
concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la
actividad subvencionada.
Asimismo, el Ministerio de Defensa no estará obligado a la presentación de avales o
garantías para responder, con carácter previo, de la correcta aplicación de las
subvenciones, según la Orden TAS/1622/2002, de 13 de junio, por la que se regula la forma
de garantizar, por los beneficiarios de las subvenciones y ayudas públicas que conceda el
Servicio Público de Empleo Estatal, los anticipos de pago sobre las mismas, así como por
los obligados al pago en período voluntario de los fraccionamientos y aplazamientos que se
concedan, resultantes del procedimiento de reintegro de dicho órgano.
Quinta.

Justificación económica.

El Ministerio de Defensa deberá justificar los gastos derivados de la realización de
las acciones de formación en el trabajo, según lo establecido en la Resolución de 18 de
noviembre de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, pudiendo presentar la
modalidad de cuenta justificativa simplificada. En cualquier caso, se exigirá la
presentación de los modelos que figuran como anexos I y II en la citada resolución.
Si por razones de fuerza mayor tuvieran que suspenderse las acciones programadas
en las unidades de Ministerio de Defensa y no pudieran reanudarse, éste justificará las
horas impartidas, acreditando las causas de la suspensión.

El Ministerio de Defensa como beneficiario de la subvención, deberá someterse a los
controles y auditorias de calidad de la formación, según lo previsto en el artículo 21 de la
Ley 30/2015, de 9 de septiembre, y el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que
desarrolla la citada norma.
El Ministerio de Defensa entregará al Servicio Público de Empleo Estatal una vez
finalizadas las acciones formativas aprobadas en la programación, un informe en el que
figuren fechas de inicio y fin de las acciones e itinerarios formativos, su modalidad de
impartición y horario; número total de cursos propuestos, suspendidos (en ese caso,
justificación), e impartidos; distribución por provincias y unidades; cursos impartidos por
familia profesional (número absoluto y porcentaje sobre el total), y por comunidades
autónomas; distribución de alumnos por sexo, edad, nivel académico y nacionalidad;
número de alumnos formados, y número de alumnos con evaluación positiva.
La verificación de la calidad, evaluación, seguimiento y control de las acciones
formativas programadas y ejecutadas en las unidades del Ministerio de Defensa, se
llevará a efecto por las Direcciones Provinciales y los Servicios Centrales del Servicio
Público de Empleo Estatal correspondientes. Para ello las Direcciones Provinciales del
Servicio Público de Empleo Estatal, en coordinación con los responsables de la
Subdirección General de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y
reservistas de especial disponibilidad de la DIGEREM, programarán las visitas de
seguimiento y control que se establezcan para hacer un adecuado seguimiento de los
cursos que se impartan en las unidades de su ámbito provincial.
La gestión integral del presente convenio se llevará a cabo por los medios
electrónicos que el Servicio Público de Empleo Estatal proporcione al efecto.

cve: BOE-A-2025-4662
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Mecanismos de seguimiento y control de la ejecución del convenio y de
compromisos adquiridos.