Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-4602)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Confederación Española de Organizaciones Empresariales, para la coordinación de actuaciones en materia de apoyo a la internacionalización de la empresa española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Viernes 7 de marzo de 2025
Cuarta.
4.1
A.

Sec. III. Pág. 31090

Obligaciones de las Partes.
Obligaciones individuales de las Partes:
Por parte de la CEOE:

i. Llevar la gestión operativa y económica de las actividades acordadas en el seno
de la Comisión de Seguimiento, estableciendo la relación contractual y de pagos y/o
cobros con terceros, incluyendo la asunción de las gestiones y contrataciones necesarias
para la puesta en marcha y gestión de las actividades.
ii. Informar por escrito a ICEX durante la primera semana de cada mes, sobre la
planificación de actividades a realizar, mediante correo electrónico dirigido al área de
alianzas estratégicas (alianzas.estrategicas@icex.es).
iii. Elaborar un presupuesto por cada una de las actividades, que incluya también la
previsión de contrataciones que tendrá que presentar a la Comisión de Seguimiento para
su aprobación con una antelación mínima de cinco días hábiles anteriores a la
celebración de la actividad. En el referido presupuesto se plasmarán todos los gastos y
los ingresos previstos, así como, en la medida de lo posible, las principales
contrataciones a realizar.
iv. Preparar una memoria técnica y económica justificativa de cada una de las
actividades, en la que se describan las tareas realizadas, junto con una justificación de
los gastos y pagos para información de ICEX. Asimismo, se incluirán otras cuestiones
tales como la relación de las empresas asistentes; los sectores participantes; los
resultados obtenidos; y, si procede, las acciones que está previsto desarrollar para su
seguimiento. Asimismo, se preparará una memoria técnica y económica al final del
ejercicio comprensiva de todas las actuaciones realizadas en el marco del presente
convenio. Al finalizar el ejercicio, CEOE enviará la memoria técnica y económica final
comprensiva de todas las actuaciones realizadas con el presupuesto final real y
ejecutado en el marco del presente convenio para su aprobación en Comisión de
Seguimiento.
v. En las actividades que se realicen en el marco de este convenio, con excepción
de las contempladas en el Tripartito que se rigen por su normativa específica, se
incluirán, con el mismo tamaño y dimensión, los logos de ICEX y de la CEOE
destacando, entre otros, el material de difusión, publicidad y promoción de las
actividades al igual que las invitaciones a los eventos. De igual forma, se mencionará
expresamente en todas las actividades que es una acción realizada conjuntamente por
ambas instituciones.
B.

Por parte de ICEX:

i. Seguimiento de la organización y ejecución de las actividades que se lleven a
cabo al amparo del presente convenio.
ii. Información y coordinación con las Ofecomes en los países en los que se puedan
llevar a cabo las actividades previstas en el convenio.

a) Una vez analizados los detalles de las actividades, se someterán a su
aprobación formal en Comisión de Seguimiento tal y como se recoge en el punto 3.2.
b) Programación, coordinación y organización de las actividades que se lleven a
cabo al amparo del presente convenio.
c) Seguimiento de las actividades realizadas a partir de las memorias elaboradas
para cada una de las actividades.
En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por alguna de las Partes en
alguna de las actividades, además de las consecuencias previstas en la cláusula

cve: BOE-A-2025-4602
Verificable en https://www.boe.es

4.2 Obligaciones conjuntas de las Partes: Para la realización del objeto del
presente convenio, las Partes asumirán, conjuntamente, las siguientes obligaciones: