Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Sector eléctrico. (BOE-A-2025-4592)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación de las instalaciones con régimen retributivo adicional y de las instalaciones con régimen retributivo específico en los territorios no peninsulares, y el extracoste de la actividad de producción correspondientes al ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Viernes 7 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 31035

Por otra parte, los ingresos provenientes de Presupuestos Generales del Estado a la
citada cuenta para el año 2020 ascendieron a 729.665.000,00 euros.
Con esta misma fecha se procede a aprobar las siguientes resoluciones:
1. Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se
aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y el extracoste
de la actividad de producción de las instalaciones con régimen retributivo específico en
los territorios no peninsulares correspondiente al ejercicio 2020.
2. Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se
aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y del extracoste
de la actividad de producción de la instalación de Gorona del Viento (RO2-0214)
correspondiente al ejercicio 2020.
3. Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se
aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y del extracoste
de la actividad de producción en los territorios no peninsulares para los grupos titularidad
del grupo Endesa correspondiente al ejercicio 2020.
Al igual que en las anteriores resoluciones, dentro de la cuantía definitiva de los
costes de generación de liquidación de las instalaciones con régimen retributivo
adicional, el reconocimiento de los costes debidos al impuesto sobre el valor de la
producción de la energía eléctrica derivado de la aplicación de la Ley 15/2012, de 27 de
diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad, queda condicionado a la
acreditación previa del pago del mismo.
En virtud de lo anterior, una vez realizado el preceptivo trámite de audiencia de la
propuesta, y la auditoría pública por parte de la Oficina Nacional de Auditoría de la
Intervención General de la Administración del Estado,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Primero.

Grupo Endesa

Euros

Gorona del Viento

Euros

Instalaciones con
RRE

Euros

Total

Euros

1.497.301.684,29

6.325.638,10

210.150.928,90

1.713.778.251,28

454.206.451,95

805.775,52

55.174.813,30

510.187.040,77

1.043.095.232,34

5.519.862,58

154.976.115,60

1.203.591.210,51

Extracoste con cargo al sistema eléctrico.

521.547.616,17

2.759.931,29

77.488.057,80

601.795.605,26

Extracoste con cargo a PGE.

521.547.616,17

2.759.931,29

77.488.057,80

601.795.605,26

Costes de generación definitivos a reconocer.
Ingresos por ventas de energía del despacho de generación.
Extracoste.

Segundo.
Aprobar una cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y de
extracoste correspondientes al año 2020 para el grupo COTESA (RO2‐0205), de cero
euros.
Tercero.
Aprobar la desviación entre el extracoste reconocido con cargo a Presupuestos
Generales del Estado de 2020 y las cantidades entregadas a cuenta a los generadores

cve: BOE-A-2025-4592
Verificable en https://www.boe.es

Aprobar la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y el
extracoste correspondientes al año 2020 para las centrales de los territorios no
peninsulares que tienen reconocido un régimen retributivo adicional o régimen retributivo
específico, que asciende a: