Comunidad Autónoma de Galicia. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-4612)
Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, por la que se incoa el procedimiento para declarar bien de interés cultural el Convento do Bon Xesús da Limia, ubicado en Trandeiras, municipio de Xinzo de Limia (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 57

Viernes 7 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 31168

conventos, colegiatas, iglesias, ermitas, capillas, seminarios o casa rectorales,
construidos con anterioridad a 1836.
III
El Convento do Bon Xesús da Limia se encuentra en un territorio rural singular, al
lado de la que fue la más extensa laguna gallega, y localizado en una colina a cuyos pies
se asienta la aldea de Trandeiras. Construido a principios del siglo XVI y regido por la
orden franciscana, este convento responde al esquema clásico monástico y a su
composición típica de iglesia y claustro. Para garantizar la autonomía de la comunidad,
estas dependencias se complementaron con una serie de construcciones auxiliares de
finalidad agropecuaria y una singular infraestructura hidráulica.
Mantuvo su función hasta la desamortización de principios del siglo XIX, cuando fue
abandonado por los franciscanos y pasó a manos privadas. En el siglo XX, el deterioro y
el expolio provocaron la ruina de la parte claustral, mientras la iglesia llegó a la
actualidad en buenas condiciones.
Este convento es uno de los edificios históricos más significativo de la comarca de A
Limia, con singulares valores arquitectónicos y artísticos, puestos de manifiesto en la
monumentalidad de las estructuras que permanecen y en la decoración singular de
alguno de sus elementos. Se considera una obra de transición, entre el gótico tardío y el
primer renacimiento gallego, de cuya etapa no hay una gran representación en Galicia.
La monumentalidad y la calidad constructiva en cantería de las estructuras contrasta con
la delicada decoración de elementos, como la portada de la iglesia y el pórtico del
claustro.
En definitiva, el Convento do Bon Xesús es un bien del patrimonio cultural de Galicia,
con un carácter singular en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
IV
Como consecuencia de lo anterior, la directora general de Patrimonio Cultural,
ejerciendo las competencias establecidas en el artículo 14 del Decreto 146/2024, de 20
de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura,
Lengua y Juventud, en virtud de lo dispuesto en el título I y en especial en el artículo 16
de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, y en el
Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, por el que se regula la tramitación para la
declaración de bienes de interés cultural de Galicia y se crea el Registro de Bienes de
Interés Cultural de Galicia, resuelve:
Primero.
Incoar el procedimiento para declarar bien de interés cultural inmueble, en la
categoría de monumento, con el nivel de protección integral, el Convento do Bon Xesús
da Limia, situado en el término municipal de Xinzo de Limia, conforme a la descripción y
delimitación recogidas en los anexos de esta resolución, y efectuar los trámites para su
declaración.

Ordenar que se anote esta incoación de forma preventiva en el Registro de Bienes
de Interés Cultural de Galicia y que se comunique a la Administración general del Estado
a efectos de su anotación en el Registro General de Bienes de Interés Cultural de la
Administración del Estado.
Tercero.
Aplicar de forma inmediata y provisional el régimen de protección que establece la
LPCG para los bienes de interés cultural. El expediente deberá resolverse en el plazo

cve: BOE-A-2025-4612
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Segundo.