Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-4493)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para la realización de prácticas externas en la Subdelegación del Gobierno en Granada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56

Jueves 6 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 30612

pudieran derivarse de la realización de las prácticas en la Subdelegación. No se aplicará el
régimen de cobertura de las normas laborales, dado que no hay contrato laboral en la
relación establecida entre el estudiante y la Subdelegación.
Décima.

Régimen de permisos.

El régimen de permisos del estudiante será consensuado entre el tutor académico de
la universidad y el tutor de la Administración. No obstante, el estudiante tendrá derecho a
los permisos necesarios para asistir a los exámenes, pruebas de evaluación y otras
actividades obligatorias de sus estudios, así como la asistencia, en su caso a las
reuniones de los órganos de gobierno de la universidad o visitas médicas debidamente
justificadas. Para ello, deberá comunicarlo previamente y con antelación suficiente al
tutor designado por parte de la Administración.
Undécima.

Régimen de resolución anticipada de las prácticas.

En caso de que concurran causas sobrevenidas debidamente justificadas o
incumplimientos de las obligaciones anteriormente reseñadas, cualquiera de las partes
podrá resolver el período de prácticas. En el supuesto de que la iniciativa sea de la
Administración o de la universidad se deberá elaborar un informe en el que se justifiquen
los hechos o circunstancias que determinan la resolución anticipada de las prácticas y la
fecha de finalización de las mismas, para su traslado a la otra parte. En el supuesto de
que la iniciativa para la resolución anticipada de las prácticas sea del alumno, se deberá
comunicar al tutor académico de la universidad y al de la Administración, los motivos que
determinan la resolución y obtener el visto bueno de ambos tutores en el que se fije la
fecha de finalización de las practicas. Una vez producida la resolución anticipada de la
práctica correspondiente, la universidad podrá gestionar la incorporación de un nuevo
estudiante, siempre que por la Administración se considerase adecuado y posible. La
incorporación del nuevo estudiante se efectuará a la mayor brevedad posible mediante
acuerdo de las partes implicadas.
Duodécima.

Publicidad.

La participación de ambas instituciones deberá hacerse constar en cuanta información
pública se edite en cualquier medio, incluidos los medios electrónicos, así como en las
notificaciones a los beneficiarios o en los carteles exteriores descriptivos de las actuaciones.
La universidad se compromete a citar como colaboradora a la Subdelegación en la
publicidad que realice sobre el Título de Graduado, Máster Universitario o Doctorado con el
que se relacionan las prácticas formativas. La participación de la Subdelegación se hará
acompañar de la leyenda «Gobierno de España».
Comisión de seguimiento.

Se constituirá una Comisión de seguimiento del convenio donde se tratarán los
problemas derivados de la interpretación y ejecución del convenio. Esta comisión de
seguimiento, constituida por dos representantes de la Subdelegación, designados por su
Secretario General, y dos representantes de la universidad, designados por el Rector, se
reunirá al menos una vez al año durante la vigencia del presente convenio, sin perjuicio
de que, con carácter potestativo y a instancia de las partes se reúna en más ocasiones.
La Comisión de seguimiento, además de resolver los problemas derivados de la
interpretación y ejecución del convenio, tendrá los siguientes cometidos:
a) Velar por su estricto cumplimiento del convenio, analizando las actuaciones
llevadas a cabo por ambas partes y los objetivos alcanzados.
b) Adaptar, en caso de que sea preciso, el proyecto formativo del anexo III a las
circunstancias o necesidades concretas.

cve: BOE-A-2025-4493
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Decimotercera.