Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Sector eléctrico. (BOE-A-2025-4503)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y del extracoste de la actividad de producción en los territorios no peninsulares para los grupos titularidad del grupo Endesa correspondiente al ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30720
Coste de mezclas de combustibles.
Endesa solicita el reconocimiento de 2.690.754,88 euros adicionales en concepto de
coste de mezclas de combustible en el funcionamiento y arranque de determinadas
instalaciones de generación, en virtud de lo establecido en la disposición transitoria
segunda.1 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio:
«En tanto no se autoricen las mezclas de combustible habitual por la Dirección
General de Política Energética y Minas, los costes variables de combustible de despacho
y del coste de arranque de despacho de las instalaciones de producción categoría A, se
calcularán teniendo en cuenta el combustible principal del grupo, y en la liquidación de
estos grupos se reconocerá la mezcla de combustible utilizada, previa inspección.
Estos costes adicionales serán reconocidos en la resolución de la Dirección General
de Política Energética y Minas por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes
de generación de liquidación para las centrales que tengan reconocido un régimen
retributivo adicional y la cuantía de los costes de generación de las instalaciones que
tengan reconocido un régimen retributivo específico a la que hace referencia el
artículo 72.3.e)».
La Comisión propone que se reconozcan 991.767,35 euros por este concepto, tras
calcular durante las inspecciones nuevos costes por mezclas de combustible a partir de
las proporciones de consumos habidas en las auditorías presentadas por Endesa, en
aquellos casos en los que no eran coherentes con las proporciones solicitadas por el
titular.
Asimismo, en relación con el reconocimiento del coste por el consumo de gasoil en
lugar de fueloil 0,73 % en los grupos de Punta Grande 2, 3 y 7, señala que no procedería
reconocer retribución adicional salvo aplicación retroactiva de la resolución de 29 de
septiembre de 2022 de la Dirección General de Política Energética y Minas por las que
se autorizan distintos cambios de combustible de los grupos Punta Grande 2, 3, 7
(RO2-0107, RO2-0108, RO2-0109), Los Guinchos 12, 13, 14, 16 y 17 (RO2-0132,
RO2-0133, RO2-0134, RO2-0191, RO2-0192), Las Salinas 2, 3, 4 (RO2-0119,
RO2-0120, RO2-0121), ubicados en los sistemas eléctricos de los territorios no
peninsulares.
Costes de operación y mantenimiento debidos a arranques.
Endesa solicita el reconocimiento de 113.573,16 euros adicionales en concepto de
costes de operación y mantenimiento por arranques del ciclo combinado Son Reus 1
para el ejercicio 2020.
En relación con la solicitud de Endesa, el informe de inspección a GESA indica que
la metodología aplicada por el OS para el cálculo del coste de O&M es acorde con la
normativa aplicable en 2020, la Orden TEC/1260/2019, de 26 de diciembre, que
modificaba la metodología anterior, por lo que no procedería reconocer ninguna cuantía
adicional.
Coste de nuevas inversiones.
Por su parte, Endesa solicita el reconocimiento de 58.963.798 euros adicionales en
concepto de coste por nuevas inversiones sobre los grupos existentes.
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, el
derecho a percibir el régimen retributivo adicional por las nuevas inversiones realizadas
en grupos existentes con dicho régimen retributivo está condicionada al otorgamiento de
resolución favorable de compatibilidad previamente a la autorización administrativa del
órgano competente.
Por otro lado, y en relación con los grupos que con anterioridad a la entrada en vigor
del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio hayan alcanzado la vida útil y hayan
continuado en operación, el punto 4 de la disposición transitoria séptima del repetido
cve: BOE-A-2025-4503
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30720
Coste de mezclas de combustibles.
Endesa solicita el reconocimiento de 2.690.754,88 euros adicionales en concepto de
coste de mezclas de combustible en el funcionamiento y arranque de determinadas
instalaciones de generación, en virtud de lo establecido en la disposición transitoria
segunda.1 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio:
«En tanto no se autoricen las mezclas de combustible habitual por la Dirección
General de Política Energética y Minas, los costes variables de combustible de despacho
y del coste de arranque de despacho de las instalaciones de producción categoría A, se
calcularán teniendo en cuenta el combustible principal del grupo, y en la liquidación de
estos grupos se reconocerá la mezcla de combustible utilizada, previa inspección.
Estos costes adicionales serán reconocidos en la resolución de la Dirección General
de Política Energética y Minas por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes
de generación de liquidación para las centrales que tengan reconocido un régimen
retributivo adicional y la cuantía de los costes de generación de las instalaciones que
tengan reconocido un régimen retributivo específico a la que hace referencia el
artículo 72.3.e)».
La Comisión propone que se reconozcan 991.767,35 euros por este concepto, tras
calcular durante las inspecciones nuevos costes por mezclas de combustible a partir de
las proporciones de consumos habidas en las auditorías presentadas por Endesa, en
aquellos casos en los que no eran coherentes con las proporciones solicitadas por el
titular.
Asimismo, en relación con el reconocimiento del coste por el consumo de gasoil en
lugar de fueloil 0,73 % en los grupos de Punta Grande 2, 3 y 7, señala que no procedería
reconocer retribución adicional salvo aplicación retroactiva de la resolución de 29 de
septiembre de 2022 de la Dirección General de Política Energética y Minas por las que
se autorizan distintos cambios de combustible de los grupos Punta Grande 2, 3, 7
(RO2-0107, RO2-0108, RO2-0109), Los Guinchos 12, 13, 14, 16 y 17 (RO2-0132,
RO2-0133, RO2-0134, RO2-0191, RO2-0192), Las Salinas 2, 3, 4 (RO2-0119,
RO2-0120, RO2-0121), ubicados en los sistemas eléctricos de los territorios no
peninsulares.
Costes de operación y mantenimiento debidos a arranques.
Endesa solicita el reconocimiento de 113.573,16 euros adicionales en concepto de
costes de operación y mantenimiento por arranques del ciclo combinado Son Reus 1
para el ejercicio 2020.
En relación con la solicitud de Endesa, el informe de inspección a GESA indica que
la metodología aplicada por el OS para el cálculo del coste de O&M es acorde con la
normativa aplicable en 2020, la Orden TEC/1260/2019, de 26 de diciembre, que
modificaba la metodología anterior, por lo que no procedería reconocer ninguna cuantía
adicional.
Coste de nuevas inversiones.
Por su parte, Endesa solicita el reconocimiento de 58.963.798 euros adicionales en
concepto de coste por nuevas inversiones sobre los grupos existentes.
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, el
derecho a percibir el régimen retributivo adicional por las nuevas inversiones realizadas
en grupos existentes con dicho régimen retributivo está condicionada al otorgamiento de
resolución favorable de compatibilidad previamente a la autorización administrativa del
órgano competente.
Por otro lado, y en relación con los grupos que con anterioridad a la entrada en vigor
del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio hayan alcanzado la vida útil y hayan
continuado en operación, el punto 4 de la disposición transitoria séptima del repetido
cve: BOE-A-2025-4503
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Núm. 56