Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Sector eléctrico. (BOE-A-2025-4505)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y el extracoste de la actividad de producción de las instalaciones con régimen retributivo específico en los territorios no peninsulares correspondiente al ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 30742

PGE en virtud de lo dispuesto en la referida disposición adicional decimoquinta de la
LSE.»
De esta forma, la Comisión define la cuantía del régimen retributivo específico
correspondiente a las instalaciones ubicadas en los territorios no peninsulares que tienen
otorgado este régimen, es decir, la cuantía recogida en el artículo 7.1.b) y en el
apartado 1.b) de la disposición adicional décima del Real Decreto 738/2015, de 31 de
julio, que asciende a 154.634.554,14 euros. Según refiere esa Comisión en el informe
INF/DE/057/21, con fecha 25 de noviembre de 2021 se aprobaron en la Sala de
Supervisión Regulatoria de la Comisión tanto el pago de la cuantía con cargo al sistema
eléctrico, como la cuantía con cargo a las partidas previstas a este efecto desde
Presupuestos Generales del Estado.
Conviene destacar que la cuantía del régimen retributivo específico que se ha
financiado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado indicada en la propuesta
de la Comisión (INF/DE/057/21), 77.317.330,93 euros, así como la cuantía financiada
con cargo al sistema eléctrico comunicada por la Comisión, 77.317.223,21 euros, no se
corresponden exactamente con el 50 % de la retribución especifica de las instalaciones
de generación localizadas en los territorios no peninsulares del ejercicio 2020. Tal y
como señala la Comisión en su propuesta, la diferencia entre estas cuantías «se
encuentra en la contabilización de los cobros o neteos pendientes de pago a la fecha del
último cierre mensual disponible a la redacción de este oficio y en el reparto de los
céntimos impares.»
Asimismo, el informe de la Comisión también señala que, «De acuerdo con el
procedimiento de liquidaciones dispuesto en el referido artículo 72.1 y con base en la
información remitida por el OS con fecha 4 de marzo de 2021, se propone reconocer a
las instalaciones RRE un importe de 341.561,46 euros adicionales a los pagos de la
liquidación de la energía efectuados por el OS para el ejercicio 2020 respecto a los
derechos de cobro reconocidos a dichas plantas en la normativa de aplicación (…)».
Es decir, la Comisión, además de recoger la cuantía del régimen retributivo
específico para el ejercicio 2020, tal y como dispone la normativa en vigor, señala en su
informe la desviación entre los ingresos percibidos en el despacho y los derechos de
cobro calculados por el operador del sistema según lo previsto en el artículo 7.1.a) y c) y
la disposición adicional décima del citado real decreto, desviación que ha de ser
reconocida en la presente resolución.
Por otra parte, el operador del sistema calcula en sus liquidaciones los derechos de
cobro que corresponden a las instalaciones con régimen retributivo específico en los
territorios no peninsulares. La información remitida por el operador del sistema recoge
que los derechos de cobro de estas instalaciones de acuerdo con las liquidaciones
definitivas para el ejercicio 2020 ascienden a 55.516.374,76 euros, y los ingresos por
venta de energía en el despacho de generación percibidos por estas mismas
instalaciones ascienden a 55.174.813,30 euros.
De acuerdo a la anterior información del operador del sistema y de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, los costes de generación de las
instalaciones con régimen retributivo específico en el ejercicio 2020, reconocidos de
acuerdo al artículo 7 y la disposición adicional décima, ascienden a 210.150.928,90
euros, como suma de los costes de generación reconocidos en el despacho
(55.516.374,76 euros) y el régimen retributivo específico que les resulta de aplicación
(154.634.554,14 euros).
Por otro lado, los ingresos totales de estas instalaciones en el ejercicio 2020
ascienden a 209.809.367,44 euros, que provienen de:
a) Ingresos por ventas de energía, conforme a la información de las liquidaciones
definitivas enviada por el operador del sistema, que ascienden a 55.174.813,30 euros.
b) La compensación extrapeninsular de las liquidaciones de las actividades
reguladas del sistema eléctrico, que supone una cuantía de 77.317.223,21 euros en

cve: BOE-A-2025-4505
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Núm. 56