Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-4494)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta eólica Oencia, de 217 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de León y Ourense».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30625
posibilidad de recrecer el apoyo 10 de la LAT para evitar la afección a la vegetación de
ribera. Incluye una propuesta de restauración vegetal y fisiográfica de los terrenos
afectados. Afirma que se seleccionarán las especies menos inflamables para la
revegetación, y se contará con un plan de erradicación y un programa de control y
seguimiento de especies vegetales invasoras. Como medida compensatoria, propone la
recuperación de los HICs afectados mediante hidrosiembra y monitoreo posterior.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León advierte, con base en la cartografía disponible, la posibilidad de encontrar
ejemplares de, al menos, trece especies de flora protegida, destacando por su mayor
categoría de protección: Armeria rothmaleri, Campanula adsurgens, Isatis platyloba,
Petrocoptis grandiflora y Petrocoptis pyrenaica subsp. viscosa. Además de las citadas, la
especie más sensible es Silene acutifolia, cuya presencia en esta zona es la única
localización conocida para todo Castilla y León, por lo que constituye un elemento del
patrimonio natural que exige un especial esfuerzo de conservación. Varios de los
elementos del proyecto se sitúan en altitudes similares a las de la cita original de esta
especie, por lo que pueden considerarse áreas con riesgo de afección. Por otra parte, el
HIC prioritario 7130 Turberas de cobertura (* para las turberas activas) se encuentra
adyacente a elementos del proyecto. La existencia de este hábitat se advertía en el EsIA
del proyecto del PE Barjas, que cuenta con declaración de impacto ambiental
desfavorable. La presencia de este hábitat y de otras zonas higroturbosas vinculadas a
los cordales de montaña implicaría la muy probable presencia de especies de flora
protegida del catálogo de flora protegida no citadas en la zona. Numerosas
infraestructuras del parque eólico Oencia coinciden con hábitats potenciales para
taxones de flora protegida, lo que puede suponer una afección a alguna de las especies
con mayor categoría de protección.
El informe de este organismo señala la presencia de numerosos HIC, algunos de
ellos no mencionados por el promotor. Destaca la afección del proyecto a los hábitats
prioritarios 6210 Prados secos semi-naturales y facies de matorral sobre sustratos
calcáreos (Festuco-Brometalia) (* parajes con notables orquídeas), 7130 Turberas de
cobertura (* para las turberas activas) y 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y
Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae). Particularmente, las
turberas del HIC 7130(*) son excepcionales por su escasez en la península ibérica, por
lo que informa que debe evitarse cualquier actuación en un área de protección periférica.
Por otra parte, los HIC de carácter rocoso (codificados como 8220 y 8230), albergan
frecuentemente especies de flora endémica y/o amenazada, con posible presencia de
Silene acutifolia, por lo que estos HIC, junto con los anteriormente citados, deben ser
considerados especialmente vulnerables. Entre el conjunto de hábitats afectados, el
HIC 9260 se considera de especial relevancia debido a su singularidad, aunque no tenga
carácter prioritario. Además, el HIC 9340, ejerce una importante función ecológica como
corredor de fauna.
Con base en lo anterior, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política
Forestal de la Junta de Castilla y León concluye desfavorablemente, señalando que la
ejecución del proyecto implicaría la eliminación de arbolado, la alteración del terreno, la
pérdida de suelo y del propio hábitat, e implicaría acabar con sus valores naturales,
funciones ecológicas y paisajísticas. Por tanto, la ejecución del proyecto causaría un
impacto severo de manera permanente y de difícil recuperación, y afectaría a la
conservación de las especies o poblaciones vegetales citadas y asociadas a estos
hábitats.
Este órgano ambiental estima que las afecciones indicadas sobre los HIC se
mantienen para el proyecto modificado. Resulta posible, además, la afección al
HIC 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica
tetralix, que coincidía con elementos del proyecto inicial, pero cuyo solapamiento con el
proyecto modificado no puede asegurarse.
Del mismo modo, la citada Dirección General de Patrimonio Natural y Política
Forestal de la Junta de Castilla y León constata que gran parte de las infraestructuras
cve: BOE-A-2025-4494
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30625
posibilidad de recrecer el apoyo 10 de la LAT para evitar la afección a la vegetación de
ribera. Incluye una propuesta de restauración vegetal y fisiográfica de los terrenos
afectados. Afirma que se seleccionarán las especies menos inflamables para la
revegetación, y se contará con un plan de erradicación y un programa de control y
seguimiento de especies vegetales invasoras. Como medida compensatoria, propone la
recuperación de los HICs afectados mediante hidrosiembra y monitoreo posterior.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León advierte, con base en la cartografía disponible, la posibilidad de encontrar
ejemplares de, al menos, trece especies de flora protegida, destacando por su mayor
categoría de protección: Armeria rothmaleri, Campanula adsurgens, Isatis platyloba,
Petrocoptis grandiflora y Petrocoptis pyrenaica subsp. viscosa. Además de las citadas, la
especie más sensible es Silene acutifolia, cuya presencia en esta zona es la única
localización conocida para todo Castilla y León, por lo que constituye un elemento del
patrimonio natural que exige un especial esfuerzo de conservación. Varios de los
elementos del proyecto se sitúan en altitudes similares a las de la cita original de esta
especie, por lo que pueden considerarse áreas con riesgo de afección. Por otra parte, el
HIC prioritario 7130 Turberas de cobertura (* para las turberas activas) se encuentra
adyacente a elementos del proyecto. La existencia de este hábitat se advertía en el EsIA
del proyecto del PE Barjas, que cuenta con declaración de impacto ambiental
desfavorable. La presencia de este hábitat y de otras zonas higroturbosas vinculadas a
los cordales de montaña implicaría la muy probable presencia de especies de flora
protegida del catálogo de flora protegida no citadas en la zona. Numerosas
infraestructuras del parque eólico Oencia coinciden con hábitats potenciales para
taxones de flora protegida, lo que puede suponer una afección a alguna de las especies
con mayor categoría de protección.
El informe de este organismo señala la presencia de numerosos HIC, algunos de
ellos no mencionados por el promotor. Destaca la afección del proyecto a los hábitats
prioritarios 6210 Prados secos semi-naturales y facies de matorral sobre sustratos
calcáreos (Festuco-Brometalia) (* parajes con notables orquídeas), 7130 Turberas de
cobertura (* para las turberas activas) y 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y
Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae). Particularmente, las
turberas del HIC 7130(*) son excepcionales por su escasez en la península ibérica, por
lo que informa que debe evitarse cualquier actuación en un área de protección periférica.
Por otra parte, los HIC de carácter rocoso (codificados como 8220 y 8230), albergan
frecuentemente especies de flora endémica y/o amenazada, con posible presencia de
Silene acutifolia, por lo que estos HIC, junto con los anteriormente citados, deben ser
considerados especialmente vulnerables. Entre el conjunto de hábitats afectados, el
HIC 9260 se considera de especial relevancia debido a su singularidad, aunque no tenga
carácter prioritario. Además, el HIC 9340, ejerce una importante función ecológica como
corredor de fauna.
Con base en lo anterior, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política
Forestal de la Junta de Castilla y León concluye desfavorablemente, señalando que la
ejecución del proyecto implicaría la eliminación de arbolado, la alteración del terreno, la
pérdida de suelo y del propio hábitat, e implicaría acabar con sus valores naturales,
funciones ecológicas y paisajísticas. Por tanto, la ejecución del proyecto causaría un
impacto severo de manera permanente y de difícil recuperación, y afectaría a la
conservación de las especies o poblaciones vegetales citadas y asociadas a estos
hábitats.
Este órgano ambiental estima que las afecciones indicadas sobre los HIC se
mantienen para el proyecto modificado. Resulta posible, además, la afección al
HIC 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica
tetralix, que coincidía con elementos del proyecto inicial, pero cuyo solapamiento con el
proyecto modificado no puede asegurarse.
Del mismo modo, la citada Dirección General de Patrimonio Natural y Política
Forestal de la Junta de Castilla y León constata que gran parte de las infraestructuras
cve: BOE-A-2025-4494
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56