Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-4494)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta eólica Oencia, de 217 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de León y Ourense».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30634
Como respuesta a la afección a espacios de la Red Natura 2000, el promotor hace
referencia nuevamente a los contenidos del EsIA y resalta que ha buscado en todo
momento minimizar cualquier impacto ambiental significativo.
Como apuntan la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la
Junta de Castilla y León y la Dirección Xeral de Patrimonio Natural de la Xunta de
Galicia, este órgano ambiental concluye que el proyecto modificado supondría una
afección significativa sobre los valores propios de los espacios de la Red Natura 2000
circundantes y su estado de conservación, aunque la mayoría de las infraestructuras se
sitúen fuera de los límites de estos espacios. Resultan especialmente susceptibles las
poblaciones de las especies de aves que caracterizan la ZEPA Montes Aquilanos,
ES4130022, y las especies de quirópteros de la ZEC Sierra de la Encina de la Lastra,
ES4130038, que se han detectado en el ámbito de estudio del proyecto. Además, el
proyecto modificado repercutirá negativamente en la conectividad ecológica entre estos
espacios, uno de los principales objetivos de la Red Natura 2000.
El informe de SEO/BirdLife indica que, entre las amenazas a la IBA N.º 10 Montes
Aquilanos, se encuentran las centrales eólicas, calificadas como una presión de
magnitud alta, así como la instalación de tendidos eléctricos, calificados como una
presión media. Del desarrollo del proyecto derivarán una serie de afecciones sobre dicha
IBA que afectarán a los valores por los cuales fue declarada, como el águila real, la
culebrera europea, el aguilucho cenizo, el halcón peregrino y la chova piquirroja.
El proyecto supondrá la pérdida de superficie útil de dicha IBA y una pérdida de un
hábitat óptimo para estas especies, además del riesgo de mortalidad por las estructuras.
Por otra parte, expone que las presiones derivadas de los aerogeneradores y los
tramos de LAT aérea, a pesar de ser externas a espacios de la Red Natura 2000 de los
alrededores, pueden afectar de forma apreciable a cualquiera de los mismos. El proyecto
va contra los objetivos de estos espacios, que verían afectada su integridad al verse
afectadas especies contenidas entre sus objetivos de conservación.
En respuesta a este informe el promotor reitera las medidas propuestas en el EsIA,
así como el plan de vigilancia. A pesar de ello, el promotor indica que se han tenido en
cuenta en los estudios realizados, que describe. En cuanto a los impactos a la Red
Natura 2000, indica que, atendiendo al EsIA, no se causará perjuicio a la integridad de
estos espacios.
El informe de Ecoloxistas en Acción Galiza considera el proyecto inviable con la
protección de la Red Natura 2000, tanto de forma directa por invasión de sus espacios y
perjuicio para su fauna, como por afectación indirecta por pérdida de conectividad entre
espacios protegidos. Argumenta que es evidente que el proyecto tendría una influencia
directa sobre los espacios protegidos de la Red Natura 2000, dado que el parque eólico
sería una barrera artificial contra la que podrían colisionar aves protegidas y quirópteros,
sin contar con la alteración negativa de sus zonas de cría, campeo, nidificación, rutas
migratorias, etc.
En su respuesta, el promotor afirma que, aunque el proyecto implicará impactos
como efecto barrera, riesgo de colisión y pérdida de conectividad ecológica, no causará
perjuicio a la integridad del espacio de la Red Natura 2000. Considera que el impacto se
reducirá con las medidas propuestas, y menciona aspectos del diseño de las estructuras
que disminuirían el impacto.
Paisaje.
Las infraestructuras del proyecto modificado se localizan mayoritariamente sobre la
unidad paisajística del Atlas de los Paisajes de España Sierras dos Caballos y de la
Enciña de la Lastra, aunque ocupan, en menor medida, las unidades Macizo del CaurelTrapa, Hoya de Ponferrada y Valle Vitícola del Sil en Valdeorras.
Atendiendo al Catálogo de los Paisajes de Galicia, el proyecto modificado se localiza
en la comarca paisajística O Courel, O Incio e Samos-Triacastela, perteneciente a la
Gran Área Paisajística Serras Orientais, y en la comarca paisajística Valdeorras,
perteneciente a la Gran Área Paisajística Ribeiras Encaixadas do Miño e do Sil.
cve: BOE-A-2025-4494
Verificable en https://www.boe.es
b.5
Núm. 56
Jueves 6 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30634
Como respuesta a la afección a espacios de la Red Natura 2000, el promotor hace
referencia nuevamente a los contenidos del EsIA y resalta que ha buscado en todo
momento minimizar cualquier impacto ambiental significativo.
Como apuntan la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la
Junta de Castilla y León y la Dirección Xeral de Patrimonio Natural de la Xunta de
Galicia, este órgano ambiental concluye que el proyecto modificado supondría una
afección significativa sobre los valores propios de los espacios de la Red Natura 2000
circundantes y su estado de conservación, aunque la mayoría de las infraestructuras se
sitúen fuera de los límites de estos espacios. Resultan especialmente susceptibles las
poblaciones de las especies de aves que caracterizan la ZEPA Montes Aquilanos,
ES4130022, y las especies de quirópteros de la ZEC Sierra de la Encina de la Lastra,
ES4130038, que se han detectado en el ámbito de estudio del proyecto. Además, el
proyecto modificado repercutirá negativamente en la conectividad ecológica entre estos
espacios, uno de los principales objetivos de la Red Natura 2000.
El informe de SEO/BirdLife indica que, entre las amenazas a la IBA N.º 10 Montes
Aquilanos, se encuentran las centrales eólicas, calificadas como una presión de
magnitud alta, así como la instalación de tendidos eléctricos, calificados como una
presión media. Del desarrollo del proyecto derivarán una serie de afecciones sobre dicha
IBA que afectarán a los valores por los cuales fue declarada, como el águila real, la
culebrera europea, el aguilucho cenizo, el halcón peregrino y la chova piquirroja.
El proyecto supondrá la pérdida de superficie útil de dicha IBA y una pérdida de un
hábitat óptimo para estas especies, además del riesgo de mortalidad por las estructuras.
Por otra parte, expone que las presiones derivadas de los aerogeneradores y los
tramos de LAT aérea, a pesar de ser externas a espacios de la Red Natura 2000 de los
alrededores, pueden afectar de forma apreciable a cualquiera de los mismos. El proyecto
va contra los objetivos de estos espacios, que verían afectada su integridad al verse
afectadas especies contenidas entre sus objetivos de conservación.
En respuesta a este informe el promotor reitera las medidas propuestas en el EsIA,
así como el plan de vigilancia. A pesar de ello, el promotor indica que se han tenido en
cuenta en los estudios realizados, que describe. En cuanto a los impactos a la Red
Natura 2000, indica que, atendiendo al EsIA, no se causará perjuicio a la integridad de
estos espacios.
El informe de Ecoloxistas en Acción Galiza considera el proyecto inviable con la
protección de la Red Natura 2000, tanto de forma directa por invasión de sus espacios y
perjuicio para su fauna, como por afectación indirecta por pérdida de conectividad entre
espacios protegidos. Argumenta que es evidente que el proyecto tendría una influencia
directa sobre los espacios protegidos de la Red Natura 2000, dado que el parque eólico
sería una barrera artificial contra la que podrían colisionar aves protegidas y quirópteros,
sin contar con la alteración negativa de sus zonas de cría, campeo, nidificación, rutas
migratorias, etc.
En su respuesta, el promotor afirma que, aunque el proyecto implicará impactos
como efecto barrera, riesgo de colisión y pérdida de conectividad ecológica, no causará
perjuicio a la integridad del espacio de la Red Natura 2000. Considera que el impacto se
reducirá con las medidas propuestas, y menciona aspectos del diseño de las estructuras
que disminuirían el impacto.
Paisaje.
Las infraestructuras del proyecto modificado se localizan mayoritariamente sobre la
unidad paisajística del Atlas de los Paisajes de España Sierras dos Caballos y de la
Enciña de la Lastra, aunque ocupan, en menor medida, las unidades Macizo del CaurelTrapa, Hoya de Ponferrada y Valle Vitícola del Sil en Valdeorras.
Atendiendo al Catálogo de los Paisajes de Galicia, el proyecto modificado se localiza
en la comarca paisajística O Courel, O Incio e Samos-Triacastela, perteneciente a la
Gran Área Paisajística Serras Orientais, y en la comarca paisajística Valdeorras,
perteneciente a la Gran Área Paisajística Ribeiras Encaixadas do Miño e do Sil.
cve: BOE-A-2025-4494
Verificable en https://www.boe.es
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