Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2025-4381)
Resolución de 26 de febrero de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se concede una subvención directa al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos para la asistencia psicológica a las víctimas de los delitos, para el ejercicio presupuestario 2025.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55
Miércoles 5 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30032
Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional y de la
Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito de la Audiencia Nacional en el desarrollo
de su labor asistencial a las víctimas del delito, así como las y los profesionales de la
psicología que realicen informes periciales, el Consejo General de Colegios Oficiales de
Psicólogos designará a una persona de contacto, quien, junto a las personas ya
designadas por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
asumirán la función de dar respuesta, preferentemente por vía telemática, a las
mencionadas consultas.
El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos deberá garantizar que la
persona designada tenga disponibilidad suficiente para cumplir la función indicada.
Asimismo, deberán quedar a disposición de las y los profesionales de la psicología los
datos de contacto de las personas designadas, posibilitándose la realización de las
consultas que se consideren necesarias, dentro del horario de asistencia psicológica en
la respectiva oficina.
Las cuestiones o consultas que formulen las y los profesionales de la psicología
deberán ser contestadas, vía correo electrónico, en un plazo máximo de 96 horas, salvo
que coincidan con la ausencia por vacaciones, permisos, baja, enfermedad o cualquier
otra circunstancia de las personas designadas, en cuyo caso se les dará respuesta una
vez que la persona requerida se reincorpore a su puesto de trabajo.
La prestación de asistencia psicológica a las víctimas del delito realizada por las y los
profesionales de la psicología en las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito, en
la Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia
Nacional y en la Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito de la Audiencia Nacional
no conllevará el establecimiento de una relación laboral con el Consejo General de
Colegios Oficiales de Psicólogos ni con el Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
2. Colaboración en la realización de pericias psicológicas a solicitud de los órganos
judiciales en el ámbito del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes.
Para la realización de los informes periciales se procederá con arreglo a las
siguientes normas:
I.
Solicitud.
II.
Selección de psicólogas y psicólogos.
Para la selección de las psicólogas y los psicólogos que vayan a realizar pericias, el
Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos elaborará una lista específica,
distinta a la establecida para las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito, la
Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia
Nacional y la Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito de la Audiencia Nacional.
cve: BOE-A-2025-4381
Verificable en https://www.boe.es
El órgano judicial dirigirá la solicitud de perito al Instituto de Medicina Legal y
Ciencias Forenses. Desde la dirección del Instituto de Medicina Legal y Ciencias
Forenses se elaborará un listado de aquellos asuntos pendientes que se considere
necesaria su externalización y solicitará a la Dirección General para el Servicio Público
de Justicia, a través de la Subdirección General de Cooperación y Coordinación
Territorial de la Administración de Justicia, la correspondiente autorización para
externalizar las pericias al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos.
Una vez recibida la autorización, el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses
solicitará al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos, la designación de
perito de la bolsa que a los efectos haya elaborado.
Las pericias se realizarán siempre a petición de la dirección del respectivo Instituto
de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Núm. 55
Miércoles 5 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30032
Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional y de la
Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito de la Audiencia Nacional en el desarrollo
de su labor asistencial a las víctimas del delito, así como las y los profesionales de la
psicología que realicen informes periciales, el Consejo General de Colegios Oficiales de
Psicólogos designará a una persona de contacto, quien, junto a las personas ya
designadas por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
asumirán la función de dar respuesta, preferentemente por vía telemática, a las
mencionadas consultas.
El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos deberá garantizar que la
persona designada tenga disponibilidad suficiente para cumplir la función indicada.
Asimismo, deberán quedar a disposición de las y los profesionales de la psicología los
datos de contacto de las personas designadas, posibilitándose la realización de las
consultas que se consideren necesarias, dentro del horario de asistencia psicológica en
la respectiva oficina.
Las cuestiones o consultas que formulen las y los profesionales de la psicología
deberán ser contestadas, vía correo electrónico, en un plazo máximo de 96 horas, salvo
que coincidan con la ausencia por vacaciones, permisos, baja, enfermedad o cualquier
otra circunstancia de las personas designadas, en cuyo caso se les dará respuesta una
vez que la persona requerida se reincorpore a su puesto de trabajo.
La prestación de asistencia psicológica a las víctimas del delito realizada por las y los
profesionales de la psicología en las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito, en
la Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia
Nacional y en la Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito de la Audiencia Nacional
no conllevará el establecimiento de una relación laboral con el Consejo General de
Colegios Oficiales de Psicólogos ni con el Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
2. Colaboración en la realización de pericias psicológicas a solicitud de los órganos
judiciales en el ámbito del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes.
Para la realización de los informes periciales se procederá con arreglo a las
siguientes normas:
I.
Solicitud.
II.
Selección de psicólogas y psicólogos.
Para la selección de las psicólogas y los psicólogos que vayan a realizar pericias, el
Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos elaborará una lista específica,
distinta a la establecida para las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito, la
Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia
Nacional y la Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito de la Audiencia Nacional.
cve: BOE-A-2025-4381
Verificable en https://www.boe.es
El órgano judicial dirigirá la solicitud de perito al Instituto de Medicina Legal y
Ciencias Forenses. Desde la dirección del Instituto de Medicina Legal y Ciencias
Forenses se elaborará un listado de aquellos asuntos pendientes que se considere
necesaria su externalización y solicitará a la Dirección General para el Servicio Público
de Justicia, a través de la Subdirección General de Cooperación y Coordinación
Territorial de la Administración de Justicia, la correspondiente autorización para
externalizar las pericias al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos.
Una vez recibida la autorización, el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses
solicitará al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos, la designación de
perito de la bolsa que a los efectos haya elaborado.
Las pericias se realizarán siempre a petición de la dirección del respectivo Instituto
de Medicina Legal y Ciencias Forenses.