Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-4390)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Santiago de Compostela, para la elaboración del Censo Estatal de Víctimas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55
Miércoles 5 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30152
Los compromisos concretos de cada una de las partes serán los siguientes:
1.
Al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática le corresponderá:
– Con el objeto de conformar el «equipo directivo», designar a un «Director/aMPTMD» de entre su personal con rango de subdirector general o asimilado.
– Aportar para los trabajos de este convenio todo el conocimiento y experiencia
acumulados por la Dirección General de Atención a las Víctimas en el tratamiento de
víctimas a través de la gestión de la oficina de víctimas, de la gestión del mapa integrado
de fosas, en la emisión de las Declaraciones de Reconocimiento y Reparación Personal,
así como en el tratamiento de los datos contenidos en la serie documental relativa a
expedientes judiciales de procedimientos sumarísimos, custodiados por el Ministerio de
Defensa.
– Con el objeto de conformar el «equipo coordinador», asignar a un/a Jefe/a de
Equipo y otras dos personas, todas ellas funcionarias de carrera de la Secretaría de
Estado de Memoria Democrática. El/la Jefe/a de Equipo tendrá el rango de Jefe de
Servicio y las otras dos personas rango de, al menos, Jefe de Sección.
– Colaborar con la USC para garantizar una participación fluida de los actores
detectados en el «cartografiado de entidades y grupos de investigación», así como
favorecer la coordinación entre las diferentes instancias institucionales para viabilizar la
construcción de un completo censo de víctimas.
– Poner en marcha, alojar y dar mantenimiento en los servidores informáticos del
Ministerio la aplicación informática «Dédalo» para permitir la grabación de los datos
esenciales de las víctimas.
– Brindar formación y asistencia en el uso de la herramienta Dédalo a las personas
que conformen el equipo coordinador, así como al equipo investigador.
– Asumir la recopilación de datos esenciales de víctimas según la ficha tipo incluida
en el anexo III, y grabado de los mismos en la aplicación Dédalo según los bloques de
trabajo 6, 7, 8, 9 y 10 descritos en la cláusula anterior.
– Aportar sus instalaciones, equipos informáticos y telemáticos, equipos de
reprografía y demás materiales necesarios para el correcto desarrollo del trabajo del
personal del MPTMD adscrito al equipo coordinador.
– Contribuir a la financiación de este convenio y en particular las partidas relativas a
los honorarios del equipo investigador, al soporte informático, a los costes del trabajo de
campo y a los viajes del personal del equipo coordinador e investigador adscritos a la
USC tal cual se detalla en el presupuesto que se incluye en el anexo II.
– Con el objeto de conformar el «equipo directivo», designar a un «Director/a-USC»
que tendrá la condición de profesor titular o catedrático.
– Aportar para los trabajos de este convenio todo el conocimiento y experiencia
acumulados por el Grupo Histagra-CISPAC a través de la implementación del proyecto
«Nomes e voces».
– Con el objeto de conformar el «equipo coordinador», asignar un/a jefe/a de equipo
y otras tres personas, todas ellas profesores permanentes, con condición de Investigador
Principal (IP), y que formen parte de la plantilla del Grupo Histagra-CISPAC.
– Asumir la selección, contratación, coordinación y supervisión del «equipo
investigador» conformado por cinco personas, de las que una habrá de ostentar el título
de doctor y el resto el título de máster.
– Contando con el apoyo del consejo académico asesor, conformar el «grupo de
trabajo específico» que realizará el trabajo de campo necesario para los bloques
asignados a la USC. Los miembros del citado grupo se seleccionarán entre los
estudiantes de máster y doctorado de las universidades públicas localizadas en el
territorio en el que se centre cada bloque.
cve: BOE-A-2025-4390
Verificable en https://www.boe.es
2. A la Universidade de Santiago de Compostela, a través del Grupo HistagraCISPAC le corresponderá:
Núm. 55
Miércoles 5 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 30152
Los compromisos concretos de cada una de las partes serán los siguientes:
1.
Al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática le corresponderá:
– Con el objeto de conformar el «equipo directivo», designar a un «Director/aMPTMD» de entre su personal con rango de subdirector general o asimilado.
– Aportar para los trabajos de este convenio todo el conocimiento y experiencia
acumulados por la Dirección General de Atención a las Víctimas en el tratamiento de
víctimas a través de la gestión de la oficina de víctimas, de la gestión del mapa integrado
de fosas, en la emisión de las Declaraciones de Reconocimiento y Reparación Personal,
así como en el tratamiento de los datos contenidos en la serie documental relativa a
expedientes judiciales de procedimientos sumarísimos, custodiados por el Ministerio de
Defensa.
– Con el objeto de conformar el «equipo coordinador», asignar a un/a Jefe/a de
Equipo y otras dos personas, todas ellas funcionarias de carrera de la Secretaría de
Estado de Memoria Democrática. El/la Jefe/a de Equipo tendrá el rango de Jefe de
Servicio y las otras dos personas rango de, al menos, Jefe de Sección.
– Colaborar con la USC para garantizar una participación fluida de los actores
detectados en el «cartografiado de entidades y grupos de investigación», así como
favorecer la coordinación entre las diferentes instancias institucionales para viabilizar la
construcción de un completo censo de víctimas.
– Poner en marcha, alojar y dar mantenimiento en los servidores informáticos del
Ministerio la aplicación informática «Dédalo» para permitir la grabación de los datos
esenciales de las víctimas.
– Brindar formación y asistencia en el uso de la herramienta Dédalo a las personas
que conformen el equipo coordinador, así como al equipo investigador.
– Asumir la recopilación de datos esenciales de víctimas según la ficha tipo incluida
en el anexo III, y grabado de los mismos en la aplicación Dédalo según los bloques de
trabajo 6, 7, 8, 9 y 10 descritos en la cláusula anterior.
– Aportar sus instalaciones, equipos informáticos y telemáticos, equipos de
reprografía y demás materiales necesarios para el correcto desarrollo del trabajo del
personal del MPTMD adscrito al equipo coordinador.
– Contribuir a la financiación de este convenio y en particular las partidas relativas a
los honorarios del equipo investigador, al soporte informático, a los costes del trabajo de
campo y a los viajes del personal del equipo coordinador e investigador adscritos a la
USC tal cual se detalla en el presupuesto que se incluye en el anexo II.
– Con el objeto de conformar el «equipo directivo», designar a un «Director/a-USC»
que tendrá la condición de profesor titular o catedrático.
– Aportar para los trabajos de este convenio todo el conocimiento y experiencia
acumulados por el Grupo Histagra-CISPAC a través de la implementación del proyecto
«Nomes e voces».
– Con el objeto de conformar el «equipo coordinador», asignar un/a jefe/a de equipo
y otras tres personas, todas ellas profesores permanentes, con condición de Investigador
Principal (IP), y que formen parte de la plantilla del Grupo Histagra-CISPAC.
– Asumir la selección, contratación, coordinación y supervisión del «equipo
investigador» conformado por cinco personas, de las que una habrá de ostentar el título
de doctor y el resto el título de máster.
– Contando con el apoyo del consejo académico asesor, conformar el «grupo de
trabajo específico» que realizará el trabajo de campo necesario para los bloques
asignados a la USC. Los miembros del citado grupo se seleccionarán entre los
estudiantes de máster y doctorado de las universidades públicas localizadas en el
territorio en el que se centre cada bloque.
cve: BOE-A-2025-4390
Verificable en https://www.boe.es
2. A la Universidade de Santiago de Compostela, a través del Grupo HistagraCISPAC le corresponderá: