Ministerio de Industria y Turismo. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-4322)
Real Decreto 167/2025, de 4 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio; y el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, por los que se regulan la concesión directa de subvenciones en materia turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 29756

que se modifican el Real Decreto 1074/2021, de 7 de diciembre; el Real
Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio; y el
Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, por los que se regula la concesión directa de
subvenciones en materia turística, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, hasta el 30 de junio de 2025, plazo que este real decreto
viene a ampliar por segunda vez, dado que por el anexo de la Decisión de Ejecución del
Consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución, de 13 de julio de 2021, relativa
a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España,
firmada en Bruselas el 14 de enero de 2025, el plazo para terminar las actuaciones
integradas en el CID 224 quedaba ampliado hasta el 31 de diciembre de 2025.
Asimismo, se introduce la disposición final primera para modificar la redacción del
artículo 38.1.o) del Real Decreto 1159/2024, de 19 de noviembre, por el que se regula la
concesión directa de subvenciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 a diversas entidades, con la finalidad de que se puedan subvencionar los
gastos de personal docente e investigador laboral o funcionario relativos a la gestión del
Centro Español del Subtitulado y la Audiodescripción, incardinado en el Real Patronato
sobre Discapacidad.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13 de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para regular las
bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
En cumplimiento de lo previsto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno,
este real decreto se adecúa a los principios de buena regulación a que se refiere el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
En concreto, cumple con los principios de necesidad y eficacia pues, por un lado, se
funda en la razón de interés general que consiste en el cumplimiento en plazo de los
hitos y objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y, por otro es el
medio idóneo para garantizar su consecución, tanto por el vehículo normativo como por
la determinación de todos los elementos necesarios para cumplir su fin.
Es conforme con el principio de proporcionalidad, dado que no contiene restricciones
de derechos ni impone obligaciones a sus destinatarios y contiene la regulación
imprescindible para atender la necesidad a cubrir, sin que existan medidas menos
restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios.
Respecto al principio de seguridad jurídica, la norma es coherente con el resto del
ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea.
Asimismo, la norma cumple con el principio de transparencia, pues resulta clara en
cuanto a su contenido, que resulta accesible. Además, en ella se define claramente el
objetivo de la iniciativa normativa y su justificación.
Finalmente, el principio de eficiencia se observa en la ausencia de cargas
administrativas y en la regulación que persigue una gestión eficientemente de los
recursos dentro de un nuevo plazo más amplio.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Turismo, y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de marzo de 2025,
DISPONGO:
Artículo primero. Modificación del Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, por el
que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de
las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Se modifica el artículo 5 del Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, por el que
se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las
estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan

cve: BOE-A-2025-4322
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Núm. 55