Ministerio de Industria y Turismo. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-4322)
Real Decreto 167/2025, de 4 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio; y el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, por los que se regulan la concesión directa de subvenciones en materia turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Miércoles 5 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 29755

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
Real Decreto 167/2025, de 4 de marzo, por el que se modifican el Real
Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; el Real Decreto 449/2022, de 14 de
junio; y el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, por los que se regulan
la concesión directa de subvenciones en materia turística, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

A consecuencia de la pandemia de COVID-19, el sector turístico español se enfrentó
a una situación extremadamente delicada, que supuso la necesidad de tomar medidas
extraordinarias, encaminadas a fomentar la modernización y la competitividad, del sector,
apostando por impulsar una serie de grandes transformaciones en diversos ámbitos,
incluidos la sostenibilidad y la digitalización.
En el marco del Instrumento Europeo de Recuperación de la UE (Next Generation),
se aprobó el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia. Conforme a este Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, España elaboró su Plan de Recuperación, aprobado
a nivel europeo el 13 de julio de 2021 por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a
la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (en
adelante, «CID» por sus siglas en inglés), conforme a lo establecido en los artículos 18
y 20 del citado Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero.
Dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España se recoge
el componente 14, que incorpora un Plan de Modernización y Competitividad del Sector
Turístico y está organizado en torno a cuatro grandes ejes, convertidos en sus inversiones
principales: I1. Transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad; I2. Programa
de digitalización e inteligencia para destinos y sector turístico; I3. Estrategias de resiliencia
turística para territorios extrapeninsulares; e I4. Actuaciones especiales en el ámbito de la
competitividad. En el marco de este componente 14, I3, se han implementado numerosas
medidas, incluyendo aquellas que sustentan las estrategias de resiliencia turística para
territorios extrapeninsulares, correspondientes al Objetivo CID 224, que establece que «Al
menos 400 beneficiarios de los territorios extrapeninsulares (Baleares, Canarias, Ceuta y
Melilla) deberán haber completado proyectos para mejorar su competitividad y capacidad
de adaptación a los cambios en los mercados internacionales».
Así, para la consecución de tal objetivo, se han aprobado hasta el momento tres
reales decretos: el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, por el que se regula la
concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de
resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia; el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio,
por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación
de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el que se modifican
diversos reales decretos en materia turística; y el Real Decreto 1011/2022, de 5 de
diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la
financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares,
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el que se
modifican diversos reales decretos en materia turística.
El plazo inicial dado por la Comisión Europea para la consecución del citado objetivo
CID 224 fue el T2 de 2025. La redacción inicial de los 3 reales decretos que son objeto
de modificación recogían en su articulado un plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre
de 2024. Dicho plazo fue modificado por el Real Decreto 519/2024, de 4 de junio, por el

cve: BOE-A-2025-4322
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