Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-4321)
Real Decreto 166/2025, de 4 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1214/1997, de 18 de julio, sobre organización del Centro de Investigaciones Sociológicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Miércoles 5 de marzo de 2025
Cuatro.
sigue:

Sec. I. Pág. 29752

Se da una nueva redacción al artículo 16, que queda redactado como

«Artículo 16.

Departamento de Banco de Datos.

1. Al frente del Departamento de Banco de Datos existirá un existirá una
Dirección, con rango de subdirección general, cuya persona titular será nombrada
y separada del cargo por la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia
y Relaciones con las Cortes a propuesta de la persona titular de la Presidencia
del centro.
2. Le corresponderán las funciones siguientes:
a) Dirigir, mantener y coordinar el banco de datos del centro.
b) Coordinar, en colaboración con el Departamento de Tecnologías de la
Información y Comunicaciones, los proyectos relacionados con la gestión de
datos.
c) Dirigir y coordinar las actuaciones del banco de datos en todo lo referente
a satisfacer solicitudes de información dirigidas al mismo.
d) Fomentar la incorporación al banco de datos de otras bases de datos
nacionales e internacionales en el ámbito de la Sociología.
e) Elaborar informes de situación y planes de actuación del Departamento
que serán elevados a la persona titular de la Presidencia del centro.
f) Desempeñar todas aquellas funciones que expresamente le sean
encomendadas por la persona titular de la Presidencia del centro.»
Cinco.

Se da una nueva redacción al artículo 17, que queda redactado como sigue:

«Artículo 17. Departamento de Publicaciones y Fomento de la Investigación.

a) Preparar, editar y difundir cuantas revistas, boletines, libros y cualesquiera
otras publicaciones gestione el centro.
b) Organizar y proyectar reuniones, cursos y seminarios sobre investigación
en ciencias sociales, así como las becas, ayudas y premios relativos a dicha
investigación.
c) Dirigir la biblioteca del centro.
d) Elevar a la persona titular de la Presidencia informaciones de situación y
planes de actuación del Departamento.
e) Mantener las relaciones del centro con organismos similares y centros
universitarios, nacionales o extranjeros, en orden al fomento de la investigación, a
través del estudio y ejecución de proyectos conjuntos, planes de intercambios,
participación en reuniones y congresos y formación de investigadores.
f) Desempeñar todas aquellas funciones que expresamente le encomiende la
persona titular de la Presidencia del centro.»

cve: BOE-A-2025-4321
Verificable en https://www.boe.es

1. Al frente del Departamento de Publicaciones y Fomento de la
Investigación existirá una Dirección, con rango de subdirección general, cuya
persona titular será nombrada y separada del cargo por la persona titular del
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a propuesta de la
persona titular de la Presidencia del centro.
2. Le corresponderán las funciones siguientes: