Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-4321)
Real Decreto 166/2025, de 4 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1214/1997, de 18 de julio, sobre organización del Centro de Investigaciones Sociológicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55

Miércoles 5 de marzo de 2025

Sec. I. Pág. 29750

libres entre quienes tengan acreditada experiencia y capacitación profesional. En
todo caso, el cese tendrá lugar cuando se produzca el cese de la persona titular
de la Presidencia.
Asimismo, existirá una unidad de apoyo como órgano de asistencia de la
Dirección General de Coordinación e Investigación, con el rango que se determine
en la relación de puestos de trabajo.
2. El órgano consultivo del Centro de Investigaciones Sociológicas es el
Consejo Asesor que cumplirá con el principio de presencia equilibrada de mujeres
y hombres conforme al artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y con las previsiones de la Ley
Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia
equilibrada de mujeres y hombres.
3. Existirá una Intervención Delegada de la General de la Administración
General del Estado adscrita al Presidente del organismo con rango de
Subdirección General.»
Dos.

Se da una nueva redacción al artículo 13, que queda redactado como sigue:

«Artículo 13. Presidencia.

a) Ejercer la dirección superior del organismo, impulsar y coordinar los
servicios del centro, en orden al cumplimiento de sus funciones, y presidir las
reuniones del Consejo Asesor.
b) Ostentar con carácter general la representación oficial del organismo, en
particular en sus relaciones con organismos análogos, públicos o privados,
nacionales o extranjeros.
c) Proponer el anteproyecto de presupuesto del organismo.
d) Ejecutar el presupuesto del organismo.
e) Elaborar el programa anual de actividades del centro y coordinar su
desarrollo, conforme a las funciones a que se refiere el artículo 3 del presente real
decreto y de acuerdo con las consignaciones presupuestarias del centro.
f) Aprobar la memoria relativa a la ejecución del programa correspondiente al
ejercicio anterior y, a través del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes elevarla al Congreso de los Diputados y al Senado, por conducto
de sus respectivos Presidentes.
g) Elevar al Congreso de los Diputados y al Senado, y a las Asambleas
Legislativas de las Comunidades Autónomas, en su caso, por conducto de sus
respectivos Presidentes, y a través de Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes el contenido de los trabajos finalizados e ingresados en
su banco de datos, así como el avance provisional de los resultados de las
encuestas referidas a intención de voto, valoración de partidos y valoración de
líderes políticos.
h) Aprobar los proyectos de informatización y adscripción de material
informático al centro.
i) Suscribir los convenios en materia de investigaciones sociológicas.
j) Contratar en nombre del organismo, disponer los gastos necesarios y
ordenar los pagos.
k) Proponer el nombramiento de la persona titular de la Secretaría General y
del resto de Departamentos a la persona titular del Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes.

cve: BOE-A-2025-4321
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1. Al frente del organismo existirá una Presidencia, cuya persona titular será
nombrada y separada del cargo por el Consejo de Ministros, mediante real decreto
dictado a propuesta de la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes.
2. Corresponde a la persona titular de la Presidencia del centro: