Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-4313)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Galicia, para la prestación mutua de soluciones básicas de administración digital.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 29703
Soluciones tecnológicas básicas susceptibles de acceso.
1. La Comunidad Autónoma de Galicia, que suscribe el presente convenio y los
sujetos previstos en el apartado 2 de la cláusula primera que se adhieran al mismo,
podrán utilizar las siguientes soluciones tecnológicas básicas de administración digital:
a)
b)
Sistemas de Aplicaciones y Redes para las Administraciones Red SARA.
Sistemas de identificación y firma electrónica:
1.º Plataforma de validación de certificados y firmas electrónicas (@firma).
2.º Plataforma de sellado de tiempo (TS@).
3.º Sistema de identificación y firma de las Administraciones Públicas (Cl@ve).
4.º Portafirmas electrónico (Port@firmas).
5.º Servicio de autenticación y autorización del personal al servicio de la
administración (AutenticA).
c) Sistemas para el intercambio de información, datos y documentos entre
Administraciones Públicas por medios electrónicos:
1.º Plataforma de Intermediación de datos de la Administración General del Estado
para la verificación y consulta de datos y el Portfolio SCSP.
2.º Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
3.º Servicio de intercambio de documentos y expedientes electrónicos con otras
administraciones y con la Administración de Justicia.
d) Sistemas de puesta a disposición de notificaciones en formato electrónico:
1.º
2.º
e)
Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).
Aplicación Notific@.
Sistemas de apoderamiento y representación:
1.º Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del
Estado (Apodera).
2.º Punto único de consulta para la validación de la representación y habilitación
que permite la tramitación de un procedimiento administrativo en nombre del ciudadano
(Representa).
f) Registro de Funcionarios Habilitados de la Administración General del Estado
(RFH-AGE).
g) Punto de Acceso General electrónico de la AGE (PAGe).
h) Carpeta Ciudadana del Sector Público Estatal («Mi Carpeta Ciudadana»).
i) Archivo definitivo de expedientes y documentos (Archive).
j) Inventarios de información administrativa:
Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas (DIR3).
Sistema de Información Administrativa (SIA).
2. La puesta a disposición de las citadas soluciones se podrá realizar en modo
producto o en modo servicio, según determine la SGAD, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 64.4 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por
medios electrónicos.
3. La puesta a disposición de los Servicios se realizará a través de la Red SARA
gestionada por la SGAD de acuerdo con la Norma Técnica de Interoperabilidad de
requisitos de conexión a la red de comunicaciones de las Administraciones Públicas
españolas, aprobada por Resolución de 19 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado
para la Función Pública. La SGAD adoptará las medidas de seguridad que garanticen la
confidencialidad e integridad del tránsito de la información intercambiada.
cve: BOE-A-2025-4313
Verificable en https://www.boe.es
1.º
2.º
Núm. 54
Martes 4 de marzo de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 29703
Soluciones tecnológicas básicas susceptibles de acceso.
1. La Comunidad Autónoma de Galicia, que suscribe el presente convenio y los
sujetos previstos en el apartado 2 de la cláusula primera que se adhieran al mismo,
podrán utilizar las siguientes soluciones tecnológicas básicas de administración digital:
a)
b)
Sistemas de Aplicaciones y Redes para las Administraciones Red SARA.
Sistemas de identificación y firma electrónica:
1.º Plataforma de validación de certificados y firmas electrónicas (@firma).
2.º Plataforma de sellado de tiempo (TS@).
3.º Sistema de identificación y firma de las Administraciones Públicas (Cl@ve).
4.º Portafirmas electrónico (Port@firmas).
5.º Servicio de autenticación y autorización del personal al servicio de la
administración (AutenticA).
c) Sistemas para el intercambio de información, datos y documentos entre
Administraciones Públicas por medios electrónicos:
1.º Plataforma de Intermediación de datos de la Administración General del Estado
para la verificación y consulta de datos y el Portfolio SCSP.
2.º Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
3.º Servicio de intercambio de documentos y expedientes electrónicos con otras
administraciones y con la Administración de Justicia.
d) Sistemas de puesta a disposición de notificaciones en formato electrónico:
1.º
2.º
e)
Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).
Aplicación Notific@.
Sistemas de apoderamiento y representación:
1.º Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del
Estado (Apodera).
2.º Punto único de consulta para la validación de la representación y habilitación
que permite la tramitación de un procedimiento administrativo en nombre del ciudadano
(Representa).
f) Registro de Funcionarios Habilitados de la Administración General del Estado
(RFH-AGE).
g) Punto de Acceso General electrónico de la AGE (PAGe).
h) Carpeta Ciudadana del Sector Público Estatal («Mi Carpeta Ciudadana»).
i) Archivo definitivo de expedientes y documentos (Archive).
j) Inventarios de información administrativa:
Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas (DIR3).
Sistema de Información Administrativa (SIA).
2. La puesta a disposición de las citadas soluciones se podrá realizar en modo
producto o en modo servicio, según determine la SGAD, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 64.4 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por
medios electrónicos.
3. La puesta a disposición de los Servicios se realizará a través de la Red SARA
gestionada por la SGAD de acuerdo con la Norma Técnica de Interoperabilidad de
requisitos de conexión a la red de comunicaciones de las Administraciones Públicas
españolas, aprobada por Resolución de 19 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado
para la Función Pública. La SGAD adoptará las medidas de seguridad que garanticen la
confidencialidad e integridad del tránsito de la información intercambiada.
cve: BOE-A-2025-4313
Verificable en https://www.boe.es
1.º
2.º