Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Puertos. (BOE-A-2025-4303)
Orden TRM/199/2025, de 17 de febrero, por la que se aprueba la delimitación de espacios y usos portuarios del puerto de Avilés y la desafectación de los espacios de baño de la Zona II de aguas portuarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 54

Martes 4 de marzo de 2025

Sec. III. Pág. 29598

Finalmente, Puertos del Estado ha informado favorablemente la Delimitación de
Espacios y Usos Portuarios, al responder a las necesidades actuales del puerto de Avilés
y observar que se han cumplido los requisitos establecidos en el artículo 69 del Texto
Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
En su virtud, a propuesta de la Autoridad Portuaria de Avilés y de Puertos del Estado,
cumplidos los trámites exigidos por la legislación vigente, dispongo:
Primero.

Aprobación de la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios.

Se aprueba la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios del puerto de Avilés,
versión de fecha 5 de diciembre de 2024, redactada de acuerdo con el Texto Refundido
de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Dicha Delimitación de Espacios y Usos Portuarios ha seguido el procedimiento
establecido en el artículo 69 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la
Marina Mercante y, en particular, se ha dado cumplimiento a los requerimientos
establecidos en el informe del Ministerio del Interior, asignando nuevos espacios en favor
de la Guardia Civil y la Policía Nacional mediante el otorgamiento de concesiones
acordadas por resoluciones del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de
Avilés de 19 de enero de 2021 y de 21 de diciembre de 2021, y a las condiciones
contenidas en el informe de la Dirección General de la Costa y del Mar.
Segundo.

Delimitación de la zona de servicio terrestre.

La delimitación de la zona de servicio propuesta varía con respecto a la aprobada por
el Plan de Utilización de los Espacios Portuarios del año 2006 y la desafectación de la
parcela del Centro Cultural Niemeyer mediante Orden Ministerial de 29 de julio de 2009.
Las modificaciones producidas son las siguientes:
1. Como consecuencia de las obras de ampliación de la margen derecha, fases I y
II, se amplía la zona de servicio terrestre en detrimento de la zona de aguas I
en 124.621,48 m2. Asimismo, existe la misma modificación, en menor cuantía, 3.512,39
m2 como consecuencia de las obras de ampliación realizadas por una concesión,
Astilleros Ría de Avilés.
2. Se incorpora a la zona de servicio una franja de 6.008,8 m2 de terrenos situada
entre la carretera AS-238 y el anterior límite de la zona de servicio, a la altura de la
dársena de San Agustín. Dichos terrenos fueron adquiridos por la Autoridad Portuaria de
Avilés, con fecha 22 de diciembre de 2014, por medio del expediente de «Expropiación
de los bienes y derechos afectados por las obras de accesos ferroviarios a los muelles
de la margen derecha de la ría del puerto de Avilés».
3. Por último, se ha llevado a cabo el ajuste de la zona de servicio a la cartografía
actualizada en el sistema de referencia ETRS89 huso 30 disponible en la Autoridad
Portuaria de Avilés.

La delimitación de la zona de aguas propuesta se basa en la delimitación aprobada
por el Plan de Utilización de los Espacios Portuarios del año 2006, adaptando su
configuración interna debido a las superficies generadas por los rellenos efectivamente
ejecutados hasta la fecha. Se propone, a petición de la Dirección General de la Costa y
el Mar, la desafectación de la zona de baños de la Zona II de aguas portuarias. De esta
forma, las zonas de aguas I y II quedan definidas como se detalla a continuación.
Zona I, o interior de las aguas portuarias, está formada por las aguas de la ría, desde el
puente de San Sebastián, que conecta el casco urbano con el Centro Cultural Internacional
Óscar Niemeyer, hasta la bocana de salida del puerto, a la altura del Faro de Avilés. Una

cve: BOE-A-2025-4303
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Tercero. Delimitación de la zona de aguas.