Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-4218)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de la categoría de Técnico Universitario en Innovación y Transferencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 53
Lunes 3 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 29038
Segundo ejercicio: práctico.
Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos o pruebas teórico-prácticas
relacionadas con el programa y especialidad de la plaza convocada.
Se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo
de 17,5 puntos.
La calificación final de la prueba vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.
La plaza se adjudicará al concursante que obtenga mayor puntuación, sumando los
puntos de la fase del concurso a los puntos de la fase de la oposición.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
Comisión Calificadora
7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como
anexo V de esta convocatoria.
7.2 Los miembros del Tribunal y el Secretario deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las
causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del
artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la Comisión con asistencia, al
menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su
sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación.
7.4 A partir de su constitución, la Comisión para actuar válidamente, requerirá la
presencia de la mayoría absoluta de sus miembros.
7.5 La Comisión resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de
estas normas, así como lo que se deba decidir en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación de la Comisión se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.6 En ningún caso la Comisión podrá aprobar ni declarar que han superado las
pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en este punto será
nula de pleno derecho.
7.7 La Comisión podrá proponer al Rector la designación de asesores
especialistas.
Dichos asesores se limitarán a informar sobre pruebas y méritos relativos a su
especialidad.
El Presidente sólo votará en caso de empate.
7.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Calificadora
tendrá su sede en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Oviedo (plaza
de Riego, número 4-1.º) en la que los interesados podrán recibir información
administrativa sobre el desarrollo del proceso selectivo. No obstante, sólo tendrán
efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y
publicación previstos en esta convocatoria.
8.ª
Desarrollo de los ejercicios y relación de aprobados
8.1 Según lo dispuesto en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de
Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del
sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la
Administración del Estado, el orden de actuación de los opositores se iniciará por
cve: BOE-A-2025-4218
Verificable en https://www.boe.es
7.ª
Núm. 53
Lunes 3 de marzo de 2025
Sec. II.B. Pág. 29038
Segundo ejercicio: práctico.
Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos o pruebas teórico-prácticas
relacionadas con el programa y especialidad de la plaza convocada.
Se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo
de 17,5 puntos.
La calificación final de la prueba vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.
La plaza se adjudicará al concursante que obtenga mayor puntuación, sumando los
puntos de la fase del concurso a los puntos de la fase de la oposición.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
Comisión Calificadora
7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como
anexo V de esta convocatoria.
7.2 Los miembros del Tribunal y el Secretario deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las
causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del
artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la Comisión con asistencia, al
menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su
sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación.
7.4 A partir de su constitución, la Comisión para actuar válidamente, requerirá la
presencia de la mayoría absoluta de sus miembros.
7.5 La Comisión resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de
estas normas, así como lo que se deba decidir en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación de la Comisión se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.6 En ningún caso la Comisión podrá aprobar ni declarar que han superado las
pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en este punto será
nula de pleno derecho.
7.7 La Comisión podrá proponer al Rector la designación de asesores
especialistas.
Dichos asesores se limitarán a informar sobre pruebas y méritos relativos a su
especialidad.
El Presidente sólo votará en caso de empate.
7.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Calificadora
tendrá su sede en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Oviedo (plaza
de Riego, número 4-1.º) en la que los interesados podrán recibir información
administrativa sobre el desarrollo del proceso selectivo. No obstante, sólo tendrán
efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y
publicación previstos en esta convocatoria.
8.ª
Desarrollo de los ejercicios y relación de aprobados
8.1 Según lo dispuesto en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de
Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del
sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la
Administración del Estado, el orden de actuación de los opositores se iniciará por
cve: BOE-A-2025-4218
Verificable en https://www.boe.es
7.ª