Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-4243)
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Modificación de la instalación de generación 'CTCC Escatrón' de 282,2 MW potencia bruta y 274,6 MW potencia neta, con la incorporación de módulos de generación de energías renovables y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 53
Lunes 3 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 29289
la Barca», MUP Z0362 «Valdurrios», y MUP H0151 «Valcarreta, Partida de En medio,
Lafarga y Omprío».
La Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón señala que no
se conoce patrimonio paleontológico de Aragón que se vea afectado por este proyecto,
no siendo necesaria la adopción de medidas concretas en materia paleontológica. No
obstante, indica que si en el transcurso de los trabajos se produjera el hallazgo de restos
paleontológicos deberá comunicarse de forma inmediata a la Dirección General de
Patrimonio Cultural para su correcta documentación y tratamiento. Por otra parte, una
vez consultados los datos existentes en la Carta Arqueológica de Aragón y en informes
previos, se realizaron prospecciones arqueológicas en referencia este proyecto, dando
como resultado la emisión del correspondiente certificado. A este respecto, indica que se
advirtió de la presencia de yacimientos arqueológicos en la zona de implantación y sus
diferentes alternativas. Por tanto, considera imprescindible la realización de labores de
prospección arqueológica en las zonas afectadas directa o indirectamente por los
proyectos, con carácter previo a la ejecución del proyecto, según las indicaciones de
este organismo.
El promotor responde que ha realizado la correspondiente solicitud de permiso de
prospecciones superficiales paleontológicas y arqueológicas para los nuevos
emplazamientos y que han sido presentados a esa Dirección General. Tras los
resultados de la citada prospección superficial arqueológica, se presentará la memoria
final de la intervención y se atendrá a lo propuesto por el organismo. Asimismo, señala
que se da por enterado de las consideraciones realizadas por la Dirección General de
Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón, y manifiesta su conformidad con las
mismas.
En cuanto a vías pecuarias, el INAGA indica que deberán mantener su anchura legal
correspondiente según la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de
Aragón. Se mantendrá la integridad superficial y del trazado de las vías pecuarias, junto
con la continuidad del tránsito ganadero y los demás usos compatibles o
complementarios con aquel, siendo necesario realizar la solicitud de ocupación temporal
previa. En caso de afectar a vías pecuarias, se deberá tramitar previamente el
correspondiente expediente de ocupación del dominio público pecuario ante el
organismo. El promotor señala que se pedirán los correspondientes permisos de
ocupación temporal con el organismo correspondiente.
b.10
Efectos sinérgicos y acumulativos.
– Población y salud humana: se producirán, entre otras, afecciones sobre
infraestructuras y equipamientos de uso público como carreteras, caminos, redes de
riego, así como la consecuente afección por generación de ruido y polvo. El promotor
señala que, en caso de coincidir las obras de varios proyectos en el tiempo (PFV
Estanes, PFV Escatrón, PFV Escatrón Rotonda 1 y PFV Escatrón Rotonda 3), este
hecho podría tener un efecto acumulativo.
– Pérdida de hábitat para la fauna: la implantación de las plantas fotovoltaicas
supone la sustitución del hábitat actual, lo que conlleva una repercusión directa sobre las
comunidades faunísticas asociadas al mismo, dado que se producirá una pérdida de
zonas de alimentación y de reproducción. A este respecto, el promotor indica que el
hábitat estepario en la zona es muy abundante, considerando que las especies no verán
reducida su disponibilidad de forma significativa, lo que mitigaría, según el promotor, los
posibles efectos acumulativos y sinérgicos del impacto.
cve: BOE-A-2025-4243
Verificable en https://www.boe.es
El EsIA analiza los efectos sinérgicos y acumulativos en una envolvente de 10 km en
torno al proyecto planteado. A este respecto, se informa de la existencia en el ámbito de
estudio de 25 plantas fotovoltaicas, que ocuparían una superficie de en torno a 2.600 ha.
Entre los potenciales impactos sinérgicos y/o acumulativos considerados, cabe destacar
los siguientes:
Núm. 53
Lunes 3 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 29289
la Barca», MUP Z0362 «Valdurrios», y MUP H0151 «Valcarreta, Partida de En medio,
Lafarga y Omprío».
La Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón señala que no
se conoce patrimonio paleontológico de Aragón que se vea afectado por este proyecto,
no siendo necesaria la adopción de medidas concretas en materia paleontológica. No
obstante, indica que si en el transcurso de los trabajos se produjera el hallazgo de restos
paleontológicos deberá comunicarse de forma inmediata a la Dirección General de
Patrimonio Cultural para su correcta documentación y tratamiento. Por otra parte, una
vez consultados los datos existentes en la Carta Arqueológica de Aragón y en informes
previos, se realizaron prospecciones arqueológicas en referencia este proyecto, dando
como resultado la emisión del correspondiente certificado. A este respecto, indica que se
advirtió de la presencia de yacimientos arqueológicos en la zona de implantación y sus
diferentes alternativas. Por tanto, considera imprescindible la realización de labores de
prospección arqueológica en las zonas afectadas directa o indirectamente por los
proyectos, con carácter previo a la ejecución del proyecto, según las indicaciones de
este organismo.
El promotor responde que ha realizado la correspondiente solicitud de permiso de
prospecciones superficiales paleontológicas y arqueológicas para los nuevos
emplazamientos y que han sido presentados a esa Dirección General. Tras los
resultados de la citada prospección superficial arqueológica, se presentará la memoria
final de la intervención y se atendrá a lo propuesto por el organismo. Asimismo, señala
que se da por enterado de las consideraciones realizadas por la Dirección General de
Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón, y manifiesta su conformidad con las
mismas.
En cuanto a vías pecuarias, el INAGA indica que deberán mantener su anchura legal
correspondiente según la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de
Aragón. Se mantendrá la integridad superficial y del trazado de las vías pecuarias, junto
con la continuidad del tránsito ganadero y los demás usos compatibles o
complementarios con aquel, siendo necesario realizar la solicitud de ocupación temporal
previa. En caso de afectar a vías pecuarias, se deberá tramitar previamente el
correspondiente expediente de ocupación del dominio público pecuario ante el
organismo. El promotor señala que se pedirán los correspondientes permisos de
ocupación temporal con el organismo correspondiente.
b.10
Efectos sinérgicos y acumulativos.
– Población y salud humana: se producirán, entre otras, afecciones sobre
infraestructuras y equipamientos de uso público como carreteras, caminos, redes de
riego, así como la consecuente afección por generación de ruido y polvo. El promotor
señala que, en caso de coincidir las obras de varios proyectos en el tiempo (PFV
Estanes, PFV Escatrón, PFV Escatrón Rotonda 1 y PFV Escatrón Rotonda 3), este
hecho podría tener un efecto acumulativo.
– Pérdida de hábitat para la fauna: la implantación de las plantas fotovoltaicas
supone la sustitución del hábitat actual, lo que conlleva una repercusión directa sobre las
comunidades faunísticas asociadas al mismo, dado que se producirá una pérdida de
zonas de alimentación y de reproducción. A este respecto, el promotor indica que el
hábitat estepario en la zona es muy abundante, considerando que las especies no verán
reducida su disponibilidad de forma significativa, lo que mitigaría, según el promotor, los
posibles efectos acumulativos y sinérgicos del impacto.
cve: BOE-A-2025-4243
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El EsIA analiza los efectos sinérgicos y acumulativos en una envolvente de 10 km en
torno al proyecto planteado. A este respecto, se informa de la existencia en el ámbito de
estudio de 25 plantas fotovoltaicas, que ocuparían una superficie de en torno a 2.600 ha.
Entre los potenciales impactos sinérgicos y/o acumulativos considerados, cabe destacar
los siguientes: