Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-4243)
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Modificación de la instalación de generación 'CTCC Escatrón' de 282,2 MW potencia bruta y 274,6 MW potencia neta, con la incorporación de módulos de generación de energías renovables y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 3 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 29276
Amenazadas (CAEA) o en el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de
Protección Especial (LAESRPE), considerando que las especies Thymus loscosii,
Boleum asperum, Limonium catalaunicum, Juniperus thurifera, Halopeplis amplexicaulis,
Senecio auricula sicoricus, Microcnemum coralloides o Tortula pallida podrían localizarse
en la zona del proyecto.
El promotor incluye una serie de medidas preventivas y correctoras, entre las que
destacan, la realización de una prospección florística, previa al inicio de las obras,
balizamiento de las zonas con vegetación natural, siembra de espacios libres entre
paneles, la creación de una franja perimetral en el vallado exterior, así como la
plantación de un total de 10 ejemplares de arbolado por cada ejemplar talado. En cuanto
a esta última medida, el promotor indica que estos ejemplares podrán ser utilizados en la
restauración de zonas de los diferentes espacios del proyecto, como es la franja vegetal
perimetral.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO considera
que no consta la realización de un trabajo de campo que permita determinar el área de
HICs afectados, así como un rediseño de los elementos del proyecto ubicados sobre
estos hábitats, en su caso. Respecto a la flora de interés en la zona, no se ha llevado a
cabo un trabajo de campo previo, para comprobar la presencia de especies protegidas
que pudieran verse afectadas por la implantación del proyecto, y por tanto resulta
complejo determinar el efecto de las modificaciones del proyecto a la flora. Destaca la
afección directa línea subterránea de media tensión que conecta la fotovoltaica MG
Norte con la SET Norte 2, sobre especies de flora y hábitats, en especial en la fase de
obra. El promotor responde que se plantean medidas preventivas y correctoras para
minimizar esta afección, como la realización de una prospección florística, y su
consecuente inventariado y catalogación, de manera previa al inicio de las obras, así
como el balizamiento de las áreas de vegetación natural, en especial de los posibles
HIC, que no se vayan a ocupar y que se encuentren cercanas al área de actuación.
Además, propone la restauración de las superficies temporales afectadas orientada a
restablecer, a medio-largo plazo, el mismo tipo de flora y vegetación que ocupaban
dichos hábitats, en caso de resultar necesario.
El INAGA informa que algunos de los aerogeneradores ocupan pequeñas áreas de
vegetación natural y el trazado de las líneas de evacuación atraviesan formaciones
vegetales que, en ocasiones, podrán constituir hábitats de interés comunitario. Insta a
que, en el replanteo final del proyecto, se eviten afecciones a comunidades vegetales
inventariadas como hábitat de interés comunitario y reducir en todo caso las afecciones a
vegetación natural por las infraestructuras. Para las líneas eléctricas subterráneas, se
asegurará la utilización de viales existentes o campos de cultivo, evitando la apertura la
zanjas en zonas con vegetación natural. Propone medidas a implementar entre las que
destaca la realización al inicio de las obras de una prospección botánica específica de
las especies de flora objetivo de los hábitats de interés comunitario en el ámbito del
proyecto, así como para las especies incluidas en el CAEA o el LAESRPE; delimitar las
superficies afectadas y evitando o minimizando, en todo momento, las afecciones
directas sobre especies de flora, y hábitats más sensibles; mantener una cobertura
vegetal completa y adecuada para favorecer la creación de un biotopo lo más parecido
posible al hábitat del entorno, de forma que pueda albergar comunidades florísticas y
faunísticas propias de los terrenos existentes en la zona; etc. El promotor manifiesta que
no tiene objeción en llevar a cabo las propuestas dadas por el organismo siempre y
cuando resulten compatibles técnicamente con el proyecto y permitan garantizar las
condiciones mínimas de seguridad requeridas en el interior de la plata fotovoltaica.
El condicionado de la presente resolución incluye condiciones para la adecuada
protección de la flora, la vegetación y los hábitats de interés comunitario.
b.6
Fauna.
El EsIA incluye un estudio de fauna del ciclo anual realizado en el ámbito de estudio,
completado con la Información complementaria al estudio de fauna y cartografía
cve: BOE-A-2025-4243
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 53
Lunes 3 de marzo de 2025
Sec. III. Pág. 29276
Amenazadas (CAEA) o en el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de
Protección Especial (LAESRPE), considerando que las especies Thymus loscosii,
Boleum asperum, Limonium catalaunicum, Juniperus thurifera, Halopeplis amplexicaulis,
Senecio auricula sicoricus, Microcnemum coralloides o Tortula pallida podrían localizarse
en la zona del proyecto.
El promotor incluye una serie de medidas preventivas y correctoras, entre las que
destacan, la realización de una prospección florística, previa al inicio de las obras,
balizamiento de las zonas con vegetación natural, siembra de espacios libres entre
paneles, la creación de una franja perimetral en el vallado exterior, así como la
plantación de un total de 10 ejemplares de arbolado por cada ejemplar talado. En cuanto
a esta última medida, el promotor indica que estos ejemplares podrán ser utilizados en la
restauración de zonas de los diferentes espacios del proyecto, como es la franja vegetal
perimetral.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO considera
que no consta la realización de un trabajo de campo que permita determinar el área de
HICs afectados, así como un rediseño de los elementos del proyecto ubicados sobre
estos hábitats, en su caso. Respecto a la flora de interés en la zona, no se ha llevado a
cabo un trabajo de campo previo, para comprobar la presencia de especies protegidas
que pudieran verse afectadas por la implantación del proyecto, y por tanto resulta
complejo determinar el efecto de las modificaciones del proyecto a la flora. Destaca la
afección directa línea subterránea de media tensión que conecta la fotovoltaica MG
Norte con la SET Norte 2, sobre especies de flora y hábitats, en especial en la fase de
obra. El promotor responde que se plantean medidas preventivas y correctoras para
minimizar esta afección, como la realización de una prospección florística, y su
consecuente inventariado y catalogación, de manera previa al inicio de las obras, así
como el balizamiento de las áreas de vegetación natural, en especial de los posibles
HIC, que no se vayan a ocupar y que se encuentren cercanas al área de actuación.
Además, propone la restauración de las superficies temporales afectadas orientada a
restablecer, a medio-largo plazo, el mismo tipo de flora y vegetación que ocupaban
dichos hábitats, en caso de resultar necesario.
El INAGA informa que algunos de los aerogeneradores ocupan pequeñas áreas de
vegetación natural y el trazado de las líneas de evacuación atraviesan formaciones
vegetales que, en ocasiones, podrán constituir hábitats de interés comunitario. Insta a
que, en el replanteo final del proyecto, se eviten afecciones a comunidades vegetales
inventariadas como hábitat de interés comunitario y reducir en todo caso las afecciones a
vegetación natural por las infraestructuras. Para las líneas eléctricas subterráneas, se
asegurará la utilización de viales existentes o campos de cultivo, evitando la apertura la
zanjas en zonas con vegetación natural. Propone medidas a implementar entre las que
destaca la realización al inicio de las obras de una prospección botánica específica de
las especies de flora objetivo de los hábitats de interés comunitario en el ámbito del
proyecto, así como para las especies incluidas en el CAEA o el LAESRPE; delimitar las
superficies afectadas y evitando o minimizando, en todo momento, las afecciones
directas sobre especies de flora, y hábitats más sensibles; mantener una cobertura
vegetal completa y adecuada para favorecer la creación de un biotopo lo más parecido
posible al hábitat del entorno, de forma que pueda albergar comunidades florísticas y
faunísticas propias de los terrenos existentes en la zona; etc. El promotor manifiesta que
no tiene objeción en llevar a cabo las propuestas dadas por el organismo siempre y
cuando resulten compatibles técnicamente con el proyecto y permitan garantizar las
condiciones mínimas de seguridad requeridas en el interior de la plata fotovoltaica.
El condicionado de la presente resolución incluye condiciones para la adecuada
protección de la flora, la vegetación y los hábitats de interés comunitario.
b.6
Fauna.
El EsIA incluye un estudio de fauna del ciclo anual realizado en el ámbito de estudio,
completado con la Información complementaria al estudio de fauna y cartografía
cve: BOE-A-2025-4243
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 53