Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-4053)
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico hibridación Casa del Aire II, de 54,60 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Albacete».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51

Viernes 28 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 28111

incluyen modificaciones del diseño de la planta, con reducción de la superficie de
ocupación y ampliación de los corredores entre parcelas valladas, de manera que el
proyecto se considere compatible con el mantenimiento de la conectividad y de una red
de corredores terrestres, eficiente y funcional para los mamíferos y aves con hábitos
terrestres del ámbito del proyecto. También ha presentado nuevos estudios sobre
conectividad entre áreas para avifauna esteparia (sisón y ganga), donde se concluye que
el proyecto no afectará significativamente a estas especies ni a sus zonas núcleo o a sus
rutas de conectividad identificadas. En estos nuevos estudios, también se justifica la no
afectación a zonas de reproducción y nidificación de avifauna protegida y la afectación
compatible por ocupación de zonas de campeo de rapaces (águila imperial y milano
real). El promotor también ha actualizado y ampliado las medidas compensatorias por la
pérdida de hábitat para rapaces y para aves esteparias. Para compensar la pérdida de
superficie de hábitat agroestepario, propone entre otras, la compensación en zonas
próximas al proyecto, con una superficie equivalente al doble de la ocupada por la planta
solar, cuando originalmente proponía un 50 %, la creación de charcas bebederos,
adecuación de un primillar cercano y la instalación de cajas nidos. Para compensar las
posibles afecciones sobre las rapaces, propone entre otras, la instalación de posaderos
en el entorno del proyecto y, el fomento de las poblaciones de especies presa mediante
la construcción de un palomar o la creación de un núcleo de cría de conejo de monte.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, en su informe de 25 de octubre de 2024, considera que, con la
configuración final de las instalaciones el proyecto ha mejorado ambientalmente respecto
del original, al reducir la superficie de ocupación e incrementar la anchura entre los
pasillos de las poligonales y, por tanto, aumentar su conectividad ecológica. Asimismo,
informa favorablemente las medidas compensatorias propuestas por el promotor en la
última actualización del proyecto. No obstante, indica que el proyecto se ubica en una
zona de alta sensibilidad ambiental, siendo susceptible de generar un efecto barrera
sobre las comunidades de fauna presentes en este territorio y que su ejecución supondrá
una detracción de hábitat propicio para avifauna esteparia y rapaces protegidas. Por todo
ello, considera que el promotor deberá implementar las indicaciones recogidas en su
informe, para prevenir, corregir y compensar los impactos producidos.
Al objeto de garantizar su protección y conservación, estas indicaciones se han
incluido en el condicionado ambiental de la presente resolución.
Espacios Naturales Protegidos y Red Natura 2000.

El EsIA identifica dos espacios incluidos en la Red Natura 2000: la ZEPA
(ES0000154) «Zona Esteparia de El Bonillo» y la ZEC (ES4210017) «Lagunas de
Ruidera», aunque ambas se localizan a una distancia de 4,7 km de la implantación. No
obstante, ante la posibilidad de que se produzcan afecciones indirectas, el EsIA incluye
un estudio de afecciones a la Red Natura 2000, donde se concluye que la ejecución de
la planta no pondrá en riesgo los valores objeto de conservación de estos espacios,
aunque no se descarta que se puedan producir algún tipo de impacto, debido a los
movimientos esporádicos que pueden realizar las distintas especies de avifauna por la
zona.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, informa de la existencia de dos espacios incluidos en la Red
Natura 2000: la ZEPA (ES0000154) «Zona Esteparia de El Bonillo» y la ZEC
(ES4210017) «Lagunas de Ruidera», aunque, se localizan a una distancia de 4,7 km de
la zona de implantación. También indica que el Parque Natural de las Lagunas de
Ruidera, se ubica a 17,6 km al oeste de las instalaciones proyectadas. Estima que el
proyecto se ubica en una zona de alta sensibilidad ambiental, teniendo en cuenta la
cercanía a la Red Natura 2000 y la magnitud del proyecto, siendo susceptible de generar
un efecto barrera para las comunidades de fauna presentes en este territorio que debe
ser analizado exhaustivamente. El promotor, en respuesta a la problemática ambiental
puesta de manifiesto, remite una actualización del EsIA donde amplía el estudio de

cve: BOE-A-2025-4053
Verificable en https://www.boe.es

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