Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-4026)
Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador mercantil XIV de Madrid, por la que no se practica asiento de presentación de determinada documentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 51
Viernes 28 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27962
III
Contra la anterior nota de calificación, don P. J. B. G., en nombre y representación
y como administrador único de la mercantil «Gold Moon Patrimonial, SLU», interpuso
recurso alegando lo siguiente:
«Digo.
I. Que, en fecha 04/12/2024, presenté alegaciones ante el Registrador Mercantil de
Madrid la inscripción del cambio de administrador y domicilio social de la sociedad Gold
Moon Patrimonial.
II. Que, en fecha 10/12/2024, he recibido resolución por la que se desestiman las
alegaciones presentadas, la cual se aporta junto con el presente.
III. Que, disconforme con dicha resolución, vengo a Interponer en tiempo y forma
recurso de queja, en virtud del artículo 56 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil; en base a los siguientes:
Hechos.
En fecha 11 de noviembre de 2024, el Registro Mercantil inscribió el cambio de
administrador y domicilio social de Gold Moon Patrimonial, S.L.U. Los datos de la
inscripción son los siguientes:
Fecha de publicación: 18/11/24.
Boletín N.º: 222.
Referencia N.º: 04926462024.
Inscrito en la hoja 14-00696960, tomo 0, folio 0.
Escritura autorizada ante el notario Reina
fecha 04/09/2024, número 2024/7179 en Madrid.
Fecha de inscripción: 11/11/2024.
Actos inscritos:
Gutiérrez
Antonio
Luis,
con
– Cambio de domicilio.
– Nombramiento de miembro del órgano de administración.
– Cese de Miembro del Órgano de Administración.
1) En fecha 30/11/2021, se cesa a los dos administradores solidarios, al Sr. J. G. M.
y a D. P. B. G., y se nombra Administrador Único a D. C. C. P.
2) En la misma fecha 30/11/2021, D. P. B. G., en nombre y representación de Gold
Moon Foundation, la cual es el socio único de Gold Moon Patrimonial S.L., cesa a D. C.
C. P. nombra Administrador Único a D. P. B. G.
3) En fecha 18/05/2022, se inscribe como Administrador Único a D. P. B., siendo
última inscripción válida en derecho y vigente a día de hoy.
4) Un mes después, en fecha 10/06/2022, se cesa a D. P. B. G. como Administrador
Único y se nombra como nuevo Administrador Único a C. C. P., compareciendo en la
Notaría de D. Juan Diez Herrera, el Sr. H. J. D. G., y el mismo Sr. C. C.
5) Transcurridos 4 días después de la publicación del nuevo nombramiento,
el 14/06/2022, se notifica a D. P. B. su cese como administrador, de modo que D. P. B.,
el 16/06/2022, realiza un acta de manifestaciones ante el Notario D. Juan Díez Herrera,
en la que manifiesta que cuando se le notifica su cese como Administrador, él ya no lo
es, puesto que fue cesado el 6/06/2022, elevado a público el 10/06/2022 y notificada a
su persona el 14/06/2022, y haciéndole constar al Notario el conflicto societario y las
cve: BOE-A-2025-4026
Verificable en https://www.boe.es
A efectos de antecedentes, les informamos, de que esta no es la primera ocasión en
la que se procura inscribir este tipo de actos por parte de D. H. J. D. G., y D. C. C. P., a
continuación, relatamos algunas consideraciones y antecedentes sobre las maniobras
que vienen desplegando:
Núm. 51
Viernes 28 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27962
III
Contra la anterior nota de calificación, don P. J. B. G., en nombre y representación
y como administrador único de la mercantil «Gold Moon Patrimonial, SLU», interpuso
recurso alegando lo siguiente:
«Digo.
I. Que, en fecha 04/12/2024, presenté alegaciones ante el Registrador Mercantil de
Madrid la inscripción del cambio de administrador y domicilio social de la sociedad Gold
Moon Patrimonial.
II. Que, en fecha 10/12/2024, he recibido resolución por la que se desestiman las
alegaciones presentadas, la cual se aporta junto con el presente.
III. Que, disconforme con dicha resolución, vengo a Interponer en tiempo y forma
recurso de queja, en virtud del artículo 56 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil; en base a los siguientes:
Hechos.
En fecha 11 de noviembre de 2024, el Registro Mercantil inscribió el cambio de
administrador y domicilio social de Gold Moon Patrimonial, S.L.U. Los datos de la
inscripción son los siguientes:
Fecha de publicación: 18/11/24.
Boletín N.º: 222.
Referencia N.º: 04926462024.
Inscrito en la hoja 14-00696960, tomo 0, folio 0.
Escritura autorizada ante el notario Reina
fecha 04/09/2024, número 2024/7179 en Madrid.
Fecha de inscripción: 11/11/2024.
Actos inscritos:
Gutiérrez
Antonio
Luis,
con
– Cambio de domicilio.
– Nombramiento de miembro del órgano de administración.
– Cese de Miembro del Órgano de Administración.
1) En fecha 30/11/2021, se cesa a los dos administradores solidarios, al Sr. J. G. M.
y a D. P. B. G., y se nombra Administrador Único a D. C. C. P.
2) En la misma fecha 30/11/2021, D. P. B. G., en nombre y representación de Gold
Moon Foundation, la cual es el socio único de Gold Moon Patrimonial S.L., cesa a D. C.
C. P. nombra Administrador Único a D. P. B. G.
3) En fecha 18/05/2022, se inscribe como Administrador Único a D. P. B., siendo
última inscripción válida en derecho y vigente a día de hoy.
4) Un mes después, en fecha 10/06/2022, se cesa a D. P. B. G. como Administrador
Único y se nombra como nuevo Administrador Único a C. C. P., compareciendo en la
Notaría de D. Juan Diez Herrera, el Sr. H. J. D. G., y el mismo Sr. C. C.
5) Transcurridos 4 días después de la publicación del nuevo nombramiento,
el 14/06/2022, se notifica a D. P. B. su cese como administrador, de modo que D. P. B.,
el 16/06/2022, realiza un acta de manifestaciones ante el Notario D. Juan Díez Herrera,
en la que manifiesta que cuando se le notifica su cese como Administrador, él ya no lo
es, puesto que fue cesado el 6/06/2022, elevado a público el 10/06/2022 y notificada a
su persona el 14/06/2022, y haciéndole constar al Notario el conflicto societario y las
cve: BOE-A-2025-4026
Verificable en https://www.boe.es
A efectos de antecedentes, les informamos, de que esta no es la primera ocasión en
la que se procura inscribir este tipo de actos por parte de D. H. J. D. G., y D. C. C. P., a
continuación, relatamos algunas consideraciones y antecedentes sobre las maniobras
que vienen desplegando: