Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-3953)
Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de la Federación Estatal de Servicios de Comisiones Obreras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27443
Administrativo/a: Es todo el personal que lleve a cabo funciones de índole
administrativa, siendo estas muy numerosas y variadas, pudiendo resumirse en las
siguientes:
– Organización del trabajo administrativo en lo referente a contabilidad, compras,
facturación, nóminas, seguros sociales, etc.
– Localización, elaboración y comprobación de datos para la confección de informes,
balances, presupuestos, facturas, recibos, certificaciones, nóminas, prestaciones, etc.
– Tramitación interna o externa de documentos laborales, comerciales,
administrativos o de cualquier otra naturaleza que le sea encomendado ante el personal
de la organización, organismos oficiales, empresas privadas, para lo que deberá
desplazarse a los mismos en caso necesario.
– Atención personal o telefónica para dar u obtener información sobre cualquier
asunto que le sea encomendado.
– Mecanografiado de todo tipo de correspondencia, información, cuadros
estadísticos, etc.
– Realización de cálculos de carácter sencillo, así como de transcripción de datos de
cualquier tipo de soporte a otro.
– Registro, clasificación y archivo de documentación que se recibe o genera.
– Utilización de Terminal informático para la introducción u obtención de datos que
se le entreguen o soliciten.
– Atención o realización de llamadas telefónicas.
Asesores/as laborales: Es todo el personal que lleva a cabo funciones de asesoría
jurídica sindical, laboral, y Seguridad Social, que pueden resumirse a grandes rasgos en
las siguientes:
– Acuden a los servicios de mediación, arbitraje y conciliación, y otros organismos.
– Auxilian a abogados y sindicalistas.
– Prestan información, asesoramiento y asistencia a Comités de Empresa,
Secciones Sindicales, Delegados de Personal, etc., en todo tipo de materias laborales y
sindicales tanto en los locales del Sindicato, como en los centros de trabajo respectivos.
– Elaboración y seguimiento de documentos, denuncias ante Inspecciones de
Trabajo, Direcciones Generales, y Provinciales y otros organismos relacionados con el
asesoramiento de los trabajadores.
Asesores/as Jurídico Sindicales: Es todo el personal que lleva a cabo funciones de
asesoría jurídica sindical, laboral, y Seguridad Social, que pueden resumirse a grandes
rasgos en las siguientes:
– Tareas de asistencia, coordinación y apoyo tanto al Abogado/a o Gabinete jurídico
como a las respectivas direcciones sindicales de las que dependan.
– Atención y asesoramiento a los trabajadores en materias de legislación social
como contratos de trabajo, seguridad social, desempleo, aplicación de convenios
colectivos, ordenanzas laborales, liquidaciones, etc., tanto en los locales del Sindicato,
como en los centros de trabajo respectivos.
– Asistencia en expedientes por despido, sanciones, reclamaciones de cantidad,
etc., asistiendo al trabajador/a cuando proceda, en el acto de conciliación ante la
instancia correspondiente y colaborando con el Gabinete Jurídico hasta la finalización del
procedimiento.
– Elaboración, registro y seguimiento de denuncias ante la Inspección de Trabajo,
Direcciones Provinciales y Generales de trabajo.
– Asistencia y asesoramiento a Comités de Empresa, Secciones sindicales y
Delegados de Personal en materias como convenios colectivos, elecciones sindicales,
etc., tanto en los locales del Sindicato, como en los centros de trabajo respectivos.
cve: BOE-A-2025-3953
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 50
Jueves 27 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27443
Administrativo/a: Es todo el personal que lleve a cabo funciones de índole
administrativa, siendo estas muy numerosas y variadas, pudiendo resumirse en las
siguientes:
– Organización del trabajo administrativo en lo referente a contabilidad, compras,
facturación, nóminas, seguros sociales, etc.
– Localización, elaboración y comprobación de datos para la confección de informes,
balances, presupuestos, facturas, recibos, certificaciones, nóminas, prestaciones, etc.
– Tramitación interna o externa de documentos laborales, comerciales,
administrativos o de cualquier otra naturaleza que le sea encomendado ante el personal
de la organización, organismos oficiales, empresas privadas, para lo que deberá
desplazarse a los mismos en caso necesario.
– Atención personal o telefónica para dar u obtener información sobre cualquier
asunto que le sea encomendado.
– Mecanografiado de todo tipo de correspondencia, información, cuadros
estadísticos, etc.
– Realización de cálculos de carácter sencillo, así como de transcripción de datos de
cualquier tipo de soporte a otro.
– Registro, clasificación y archivo de documentación que se recibe o genera.
– Utilización de Terminal informático para la introducción u obtención de datos que
se le entreguen o soliciten.
– Atención o realización de llamadas telefónicas.
Asesores/as laborales: Es todo el personal que lleva a cabo funciones de asesoría
jurídica sindical, laboral, y Seguridad Social, que pueden resumirse a grandes rasgos en
las siguientes:
– Acuden a los servicios de mediación, arbitraje y conciliación, y otros organismos.
– Auxilian a abogados y sindicalistas.
– Prestan información, asesoramiento y asistencia a Comités de Empresa,
Secciones Sindicales, Delegados de Personal, etc., en todo tipo de materias laborales y
sindicales tanto en los locales del Sindicato, como en los centros de trabajo respectivos.
– Elaboración y seguimiento de documentos, denuncias ante Inspecciones de
Trabajo, Direcciones Generales, y Provinciales y otros organismos relacionados con el
asesoramiento de los trabajadores.
Asesores/as Jurídico Sindicales: Es todo el personal que lleva a cabo funciones de
asesoría jurídica sindical, laboral, y Seguridad Social, que pueden resumirse a grandes
rasgos en las siguientes:
– Tareas de asistencia, coordinación y apoyo tanto al Abogado/a o Gabinete jurídico
como a las respectivas direcciones sindicales de las que dependan.
– Atención y asesoramiento a los trabajadores en materias de legislación social
como contratos de trabajo, seguridad social, desempleo, aplicación de convenios
colectivos, ordenanzas laborales, liquidaciones, etc., tanto en los locales del Sindicato,
como en los centros de trabajo respectivos.
– Asistencia en expedientes por despido, sanciones, reclamaciones de cantidad,
etc., asistiendo al trabajador/a cuando proceda, en el acto de conciliación ante la
instancia correspondiente y colaborando con el Gabinete Jurídico hasta la finalización del
procedimiento.
– Elaboración, registro y seguimiento de denuncias ante la Inspección de Trabajo,
Direcciones Provinciales y Generales de trabajo.
– Asistencia y asesoramiento a Comités de Empresa, Secciones sindicales y
Delegados de Personal en materias como convenios colectivos, elecciones sindicales,
etc., tanto en los locales del Sindicato, como en los centros de trabajo respectivos.
cve: BOE-A-2025-3953
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