Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Sistema gasista. Gestión técnica. (BOE-A-2025-3873)
Orden TED/181/2025, de 13 de febrero, por la que se aprueban las Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista de competencia ministerial.
153 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Jueves 27 de febrero de 2025

Sec. I. Pág. 27108

– La facturación de los servicios de ATR (acceso de terceros a las instalaciones
gasistas) prestados por los titulares de las instalaciones a los usuarios.
Con este fin, el alcance de este capítulo se hace extensivo a todos aquellos aspectos
exigibles a los equipos y procedimientos de medida y de análisis, así como a aquellos
relacionados con el control metrológico establecido en el Real Decreto 244/2016, de 3 de
junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, y la
Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del
Estado de determinados instrumentos de medida. En caso de no existir legislación
específica al respecto se cumplirá con la norma UNE, ISO o internacionalmente
aceptada correspondiente.
Las referencias a normas que se realicen en el presente reglamento se entenderá sin
perjuicio del reconocimiento de las normas correspondientes admitidas por los Estados
miembros de la Unión Europea, o por los países miembros de la Asociación Europea de
Libre Comercio, firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, siempre
que las mismas supongan un nivel de seguridad de las personas, los bienes o el medio
ambiente equivalente, al menos, al que proporcionan aquellas, de acuerdo con lo
dispuesto en el Reglamento (UE) 2019/515 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19
de marzo de 2019, relativo al reconocimiento mutuo de mercancías comercializadas
legalmente en otro Estado miembro y por el que se deroga el Reglamento (CE)
núm. 764/2008.
Para el necesario seguimiento, se realizarán medidas y análisis para determinar la
cantidad y calidad del gas transportado, regasificado, descargado, distribuido o
almacenado en las instalaciones, debiéndose mantener un registro de las medidas y los
análisis durante cuatro años.
2.2

Glosario.

– La unidad volumétrica para GNL será el m³ de GNL.
– La unidad volumétrica para fase gaseosa será el m³(N), en condiciones normales
de presión y temperatura.
– La unidad energética será el kWh.
– La unidad másica será el kg.
– Las capacidades de entrada y salida se expresarán en kWh/h, kWh/día, m³ de
GNL/h, m³(N)/h, m³(N)/día, millardos de m³(N)/año (bcm/año) y kg/h.
– La capacidad de almacenamiento se expresará en kWh o m³(N) y la cantidad
almacenada en kWh o m³(N).
– La unidad de presión es el bar.
– La unidad de temperatura es el °C.
– Las condiciones de referencia se establecen en 0 °C y 1,01325 bar.
– Para las características de índice de Wobbe, PCS, densidad relativa al aire y
densidad, se utilizará la nomenclatura y símbolos marcados en la norma UNE-EN
ISO 6976:2017: Gas natural. Cálculo del poder calorífico, densidad, densidad relativa e
índice de Wobbe a partir de la composición.
Estas unidades serán de uso obligatorio para todos los procesos asociados a la
medida y al análisis de la calidad.
La pureza del hidrógeno se establecerá en % mol, en base seca y/o en condiciones
actuales de entrada en la red o en las condiciones de referencia.

cve: BOE-A-2025-3873
Verificable en https://www.boe.es

Se consideran las definiciones recogidas en el capítulo 1 y, en lo referente al control
metrológico, las contenidas en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, y en la Orden
ICT/155/2020, de 7 de febrero.
Las unidades de medida empleadas son: