Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3864)
Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se publica el Convenio con la Diputación de Huesca, para la digitalización y catalogación del ejemplar del Boletín Oficial de la Provincia de Huesca conservado en las instalaciones de la Diputación de Huesca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27036
Séptimo.
En relación con la propiedad intelectual y los derechos de autor, el Ministerio de
Cultura digitaliza (mediante escaneo y tratamiento bibliográfico) publicaciones en papel u
otros soportes cuyos derechos de explotación le pertenecen o han pasado al dominio
público por haberse extinguido conforme a lo establecido en el Real Decreto
Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales
vigentes sobre la materia. De otro modo, esto es, en el supuesto de publicaciones en
papel u otros soportes cuyos derechos de explotación no hayan pasado al dominio
público, pero cuya inclusión en un proyecto de digitalización se considere de interés, el
Ministerio de Cultura puede digitalizar este tipo de colecciones siempre y cuando
previamente haya recabado la autorización de los titulares de dichos derechos de
explotación para digitalizarlas (mediante escaneo y tratamiento bibliográfico), así como
para difundir los recursos digitales generados mediante esta digitalización a través de
Internet.
Octavo.
Dado que el ejemplar del «Boletín Oficial de la Provincia de Huesca» conservado en
las instalaciones de la Diputación de Huesca forma parte del patrimonio histórico-artístico
español, deberán tenerse en cuenta las disposiciones de la Ley 16/1985, de 25 de junio,
del Patrimonio Histórico Español.
En consecuencia, el Ministerio de Cultura y la Diputación de Huesca acuerdan
formalizar el presente convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto la digitalización (mediante escaneo y
tratamiento bibliográfico) del ejemplar del «Boletín Oficial de la Provincia de Huesca»
conservado por la Diputación de Huesca, con la finalidad de mejorar el acceso a dicho
ejemplar y lograr su preservación.
Dicho ejemplar consta de 219.776 páginas. En el anexo a este convenio se ofrece
más información sobre esta colección.
1. Los derechos de explotación sobre ejemplar mencionado en la cláusula anterior,
pertenecen a la Diputación de Huesca o se han extinguido y han pasado al dominio
público, todo ello conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12
de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. En
consecuencia, es lícito digitalizar y catalogar el ejemplar del «Boletín Oficial de la
Provincia de Huesca» objeto de este convenio y difundir los recursos digitales generados
mediante esta digitalización a través de Internet recabando los derechos de reproducción
y comunicación pública en el primero de estos casos o sin recabar derecho alguno, en el
segundo.
2. La Diputación de Huesca autoriza al Ministerio de Cultura a digitalizar y catalogar
el ejemplar objeto de este convenio.
3. El recurso digital generado mediante la digitalización de la colección de prensa y
revistas objeto de este convenio está sujeta a protección conforme a los artículos 12, 128
y 129 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
4. El Ministerio de Cultura generará dos copias del recurso digital mencionado en el
número anterior.
cve: BOE-A-2025-3864
Verificable en https://www.boe.es
Segunda. Propiedad intelectual y derechos de autor.
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 27036
Séptimo.
En relación con la propiedad intelectual y los derechos de autor, el Ministerio de
Cultura digitaliza (mediante escaneo y tratamiento bibliográfico) publicaciones en papel u
otros soportes cuyos derechos de explotación le pertenecen o han pasado al dominio
público por haberse extinguido conforme a lo establecido en el Real Decreto
Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales
vigentes sobre la materia. De otro modo, esto es, en el supuesto de publicaciones en
papel u otros soportes cuyos derechos de explotación no hayan pasado al dominio
público, pero cuya inclusión en un proyecto de digitalización se considere de interés, el
Ministerio de Cultura puede digitalizar este tipo de colecciones siempre y cuando
previamente haya recabado la autorización de los titulares de dichos derechos de
explotación para digitalizarlas (mediante escaneo y tratamiento bibliográfico), así como
para difundir los recursos digitales generados mediante esta digitalización a través de
Internet.
Octavo.
Dado que el ejemplar del «Boletín Oficial de la Provincia de Huesca» conservado en
las instalaciones de la Diputación de Huesca forma parte del patrimonio histórico-artístico
español, deberán tenerse en cuenta las disposiciones de la Ley 16/1985, de 25 de junio,
del Patrimonio Histórico Español.
En consecuencia, el Ministerio de Cultura y la Diputación de Huesca acuerdan
formalizar el presente convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto la digitalización (mediante escaneo y
tratamiento bibliográfico) del ejemplar del «Boletín Oficial de la Provincia de Huesca»
conservado por la Diputación de Huesca, con la finalidad de mejorar el acceso a dicho
ejemplar y lograr su preservación.
Dicho ejemplar consta de 219.776 páginas. En el anexo a este convenio se ofrece
más información sobre esta colección.
1. Los derechos de explotación sobre ejemplar mencionado en la cláusula anterior,
pertenecen a la Diputación de Huesca o se han extinguido y han pasado al dominio
público, todo ello conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12
de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. En
consecuencia, es lícito digitalizar y catalogar el ejemplar del «Boletín Oficial de la
Provincia de Huesca» objeto de este convenio y difundir los recursos digitales generados
mediante esta digitalización a través de Internet recabando los derechos de reproducción
y comunicación pública en el primero de estos casos o sin recabar derecho alguno, en el
segundo.
2. La Diputación de Huesca autoriza al Ministerio de Cultura a digitalizar y catalogar
el ejemplar objeto de este convenio.
3. El recurso digital generado mediante la digitalización de la colección de prensa y
revistas objeto de este convenio está sujeta a protección conforme a los artículos 12, 128
y 129 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
4. El Ministerio de Cultura generará dos copias del recurso digital mencionado en el
número anterior.
cve: BOE-A-2025-3864
Verificable en https://www.boe.es
Segunda. Propiedad intelectual y derechos de autor.