Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-3863)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe ambiental estratégico de la Modificación del Programa del Fondo de Transición Justa 2021-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 27020

ambiental vigente o a una adecuada evaluación de repercusiones sobre Red
Natura 2000. Esta condición se señala en particular para el proyecto
«Desestacionalización de la estación invernal y de montaña de Valgrande-Pajares»,
colindante al Parque Natural de las Ubiñas-La Mesa, encuadrada en la acción AST 5
«Rehabilitación ambiental, conservación de la naturaleza, biodiversidad y ecosistemas,
promoción del patrimonio histórico y cultural relacionado con la minería y la industria, y
fomento del turismo sostenible», lo que además de la evaluación de sus afecciones
indirectas requiere que las actuaciones se realicen fuera de sus límites. La citada
Dirección General también plantea que dentro de esa actuación AST5 se incluyan como
proyectos prioritarios los de restauración de espacios degradados, al menos dentro de
espacios naturales protegidos, de conformidad a lo recogido en el Reglamento (UE)
2024/1991 de restauración de la naturaleza, a la Estrategia de la UE sobre la
biodiversidad de aquí a 2030 y a los objetivos y obligaciones de restauración para las
especies y los hábitats protegidos en virtud de las Directivas 92/43/CEE de Hábitats
y 2009/147/CE de Aves. Así como que dentro de esta acción AST 5 se incluya el
desarrollo de infraestructuras verdes, con objetivos y prioridades alineados con la
Estrategia Nacional de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración
Ecológicas; y que en los proyectos de recuperación ambiental se prioricen las medidas
para favorecer la biodiversidad y se incluyan indicadores sobre la superficies de hábitats
de interés comunitario o de hábitat de especies de interés comunitario restaurados y las
especies beneficiadas. Además, pone de manifiesto algunos errores en el documento
ambiental estratégico.
La Confederación Hidrográfica del Cantábrico indica, entre otras cosas, que los tipos
de acción que puedan afectar a masas de agua deberán ser compatibles en todo
momento con la planificación hidrológica y que en caso de afectar a dominio público
hidráulico o sus zonas de servidumbre o policía deben contar con autorización de la
Confederación. Para la actuación «Recuperación de espacio degradado en el área
recreativa de Pénjamo, Langreo» señala que han de cumplirse las prescripciones
indicadas en sus dos informes emitidos hasta ahora.
La Dirección General del Patrimonio Cultural y el Consejo del Patrimonio cultural del
Principado de Asturias no identifican efectos significativos sobre el medio ambiente que
requieran someterlo a una evaluación ambiental estratégica ordinaria. Pero recuerda que
los proyectos de obras, instalaciones y actividades que afecten a bienes integrantes del
patrimonio cultural del Principado de Asturias requerirán de su informe favorable.
La Dirección General de Salud Pública y Atención a la Salud Mental del Principado
de Asturias no señala impactos relevantes sobre su ámbito.
Prioridades 2 A Coruña y 2B A Coruña STEP:
La Dirección General del Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia no considera que
las modificaciones del programa puedan causar afecciones sobre el patrimonio cultural,
si bien advierte del inicio en 2022 de un procedimiento para declarar bien de interés
cultural la chimenea de la central termoeléctrica de Pontes de García Rodríguez, y
recuerda la necesidad de aplicar la condición de la declaración ambiental estratégica del
programa original de que «en caso de que aplique, se deberá realizar un estudio del
patrimonio arqueológico y cultural en las zonas de implantación de las nuevas
instalaciones o infraestructuras, de acuerdo a la legislación vigente, al objeto de evitar
posibles afecciones a los bienes integrantes del patrimonio cultural catalogado o
inventariado y a aquellos nuevos bienes que pudieran detectarse en las prospecciones
en el territorio. Durante las obras, se llevará a cabo un control arqueológico para evitar
daños sobre los bienes identificados o detectar nuevos hallazgos».
Prioridades 3 León, 4 Palencia y 3B Castilla y León STEP:
No se han recibido informes sobre estas prioridades.

cve: BOE-A-2025-3863
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Núm. 49