Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2025-3859)
Resolución de 17 de enero de 2025, de la Autoridad Portuaria de Bilbao, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en el Puerto de Bilbao.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 26906
costes, reflejando los elementos necesarios para poder determinar de manera razonable
el coste real del servicio en las nuevas circunstancias.
4. Al tratarse de una modificación de las condiciones establecidas en estas
Prescripciones Particulares, ésta se realizará con idénticos trámites que los seguidos
para su aprobación.
Prescripción 22.ª Tarifas por intervención en situaciones de emergencias, operaciones
de salvamento, extinción de incendios o lucha contra la contaminación.
1. Las intervenciones directas en respuesta a solicitudes de la autoridad
competente en situaciones de emergencias, operaciones de salvamento, extinción de
incendios o lucha contra la contaminación, que ocasionen costes puntuales
identificables, darán lugar al devengo de las tarifas indicadas a continuación:
Medios materiales de intervención:
Medio material
Coste hora
Gabarra.
350 €/h
Camión volquete y grúa.
130 €/h
Camión caja.
80 €/h
Camión cisterna.
141,12 €/h
Furgón Auxiliar.
40 €/h
Camión porta Contenedor.
100 €/h
Tanques de almac. líquidos.
20 €/m3 y día
Barrera 50m con faldón.
20 €/h
Contenedores de hasta 1 m para residuos contaminados.
3
b.
60 €/ud
Medios humanos de intervención:
Categoría profesional
Coste hora
Capataz.
65 €/h
Conductor.
45 €/h
Peón.
40 €/h
Patrón de embarcación.
55 €/h
Peón marinero.
40 €/h
2. A estos efectos, se considerará como inicio del servicio el posicionamiento de los
medios materiales al costado del buque o en el punto de intervención de la emergencia y
como fin del servicio, la orden dada por la autoridad competente de fin de la operación.
3. A esta tarifa se le aplicará la misma actualización que se aplique a las tarifas
máximas por concepto de variación de costes.
4. No se considera incluido el coste de los productos consumibles, tales como
espumógenos, dispersantes, etc. que se pudieran utilizar, los cuales se pagarán al precio
de reposición debidamente justificado por el prestador, ni los costes de limpieza de las
embarcaciones y demás medios materiales y de eliminación de residuos en el caso de
lucha contra la contaminación, que serán igualmente justificados por el prestador.
5. El periodo a facturar se computará desde el momento en que se dé la orden y los
medios, tanto humanos como materiales, partan de su punto de ubicación habitual hasta
que finalicen los trabajos y regresen de nuevo al mismo punto.
cve: BOE-A-2025-3859
Verificable en https://www.boe.es
a.
Núm. 49
Miércoles 26 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 26906
costes, reflejando los elementos necesarios para poder determinar de manera razonable
el coste real del servicio en las nuevas circunstancias.
4. Al tratarse de una modificación de las condiciones establecidas en estas
Prescripciones Particulares, ésta se realizará con idénticos trámites que los seguidos
para su aprobación.
Prescripción 22.ª Tarifas por intervención en situaciones de emergencias, operaciones
de salvamento, extinción de incendios o lucha contra la contaminación.
1. Las intervenciones directas en respuesta a solicitudes de la autoridad
competente en situaciones de emergencias, operaciones de salvamento, extinción de
incendios o lucha contra la contaminación, que ocasionen costes puntuales
identificables, darán lugar al devengo de las tarifas indicadas a continuación:
Medios materiales de intervención:
Medio material
Coste hora
Gabarra.
350 €/h
Camión volquete y grúa.
130 €/h
Camión caja.
80 €/h
Camión cisterna.
141,12 €/h
Furgón Auxiliar.
40 €/h
Camión porta Contenedor.
100 €/h
Tanques de almac. líquidos.
20 €/m3 y día
Barrera 50m con faldón.
20 €/h
Contenedores de hasta 1 m para residuos contaminados.
3
b.
60 €/ud
Medios humanos de intervención:
Categoría profesional
Coste hora
Capataz.
65 €/h
Conductor.
45 €/h
Peón.
40 €/h
Patrón de embarcación.
55 €/h
Peón marinero.
40 €/h
2. A estos efectos, se considerará como inicio del servicio el posicionamiento de los
medios materiales al costado del buque o en el punto de intervención de la emergencia y
como fin del servicio, la orden dada por la autoridad competente de fin de la operación.
3. A esta tarifa se le aplicará la misma actualización que se aplique a las tarifas
máximas por concepto de variación de costes.
4. No se considera incluido el coste de los productos consumibles, tales como
espumógenos, dispersantes, etc. que se pudieran utilizar, los cuales se pagarán al precio
de reposición debidamente justificado por el prestador, ni los costes de limpieza de las
embarcaciones y demás medios materiales y de eliminación de residuos en el caso de
lucha contra la contaminación, que serán igualmente justificados por el prestador.
5. El periodo a facturar se computará desde el momento en que se dé la orden y los
medios, tanto humanos como materiales, partan de su punto de ubicación habitual hasta
que finalicen los trabajos y regresen de nuevo al mismo punto.
cve: BOE-A-2025-3859
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