Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-3762)
Resolución 420/38057/2025, de 17 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Sevilla, para la realización de prácticas académicas tuteladas en unidades, centros y organismos del Ejército del Aire y del Espacio por alumnos pertenecientes a facultades y escuelas de la Universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Martes 25 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 26198

Asimismo, las partes firmantes, y resto de personas de contacto, como interesados,
podrán ejercitar, en cualquier momento, sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y a no ser objeto de
decisiones automatizadas, dirigiéndose a MINISDEF/EA: dpd@mde.es y/o a dpd@us.es
indicando como referencia en el sobre «Protección de Datos» y acompañado de copia de
su documento nacional de identidad. En su caso, el interesado también podrá plantear
una reclamación ante la autoridad de control competente.
Sexta. Acceso al interior de la instalación militar.
El interior de una instalación militar cuenta con diversas zonas de seguridad. Al jefe
de la instalación le corresponde autorizar expresamente a qué zonas puede acceder el
personal civil. El personal de la US autorizado para la realización de las prácticas podrá
acceder únicamente a las instalaciones destinadas a la realización de las mismas.
Estarán, en todo caso, sujetos a lo especificado en la normativa de seguridad de las
instalaciones y, en particular, a lo detallado en el plan de seguridad, así como en las
normas que regulan la concesión de autorizaciones para el acceso a las UCO,s del
MINISDEF/EA del personal militar y civil, nacional y extranjero.
Por el personal militar designado como tutor en cada UCO se proporcionará la
información necesaria acerca de los procedimientos de seguridad al personal de la US,
el cual deberá seguir cuantas indicaciones le sean requeridas en materia de seguridad.
Los conflictos que pudieran surgir en relación con esta materia podrán suponer la
retirada inmediata de la autorización de acceso por el tiempo que se determine.
El personal autorizado deberá llevar en todo momento, dentro del recinto militar, la
siguiente documentación:
– Documento nacional de identidad o pasaporte.
– Tarjeta de identificación de la instalación que corresponda.
Séptima.

Financiación.

1) Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán compromiso
económico o financiero alguno para el MINISDEF. La realización de las prácticas no
supondrá, en ningún caso, la percepción de emolumentos o indemnizaciones a cargo de
dicho ministerio.
2) En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b la disposición adicional
quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que
realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de
formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el cumplimiento de las obligaciones
con la Seguridad Social corresponderá a la US.
Octava. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.

– Por el MINISDEF/EA: El Director de Enseñanza, o persona en quien delegue, y un
oficial a designar por el citado Director.
– Por la US: El Rector Magnífico, o persona en quien delegue, y el Director de la
Escuela de Ingenierías Industrial, Informática y Aeroespacial o persona en quien
delegue.

cve: BOE-A-2025-3762
Verificable en https://www.boe.es

Con el fin de impulsar y observar las actividades de cooperación educativa objeto del
presente convenio, se constituirá una comisión mixta de seguimiento, que estará
compuesta por dos representantes del MINISDEF/EA y dos representantes de la US.
Los componentes de la comisión mixta de seguimiento serán: