Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Billar. Estatutos. (BOE-A-2025-3764)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Billar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Martes 25 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 26217

afecten a miembros que formen parte de la RFEB, y que se hubieran sometido
voluntariamente a dicha jurisdicción.
4. La RFEB, podrá formar parte del Comité Olímpico Español, aun cuando sus
especialidades no estén integradas dentro del Programa Olímpico.
5. La RFEB, estará integrada como socio en la Asociación del Deporte Español, y
cuantas otras Asociaciones se decida dentro del ámbito de competencias y actuaciones
de la RFEB, por los órganos competentes de la misma.
Artículo 3.

Organizar o tutelar las competiciones oficiales de carácter internacional que se
celebren en el territorio del Estado, de conformidad con lo previsto en la legislación
vigente.
Organizar las actividades y competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal.
Para la organización de estas actividades y competiciones deportivas oficiales de ámbito
estatal no se podrá establecer relación comercial con deportistas en activo susceptible
de participar en las mismas.
Reconocer y, en su caso, organizar actividades y competiciones no oficiales que
puedan desarrollarse en su ámbito, con participación de equipos y deportistas de más de
una Comunidad Autónoma, y fijar los requisitos y condiciones de la celebración de
dichas actividades. La celebración de estas competiciones o actividades pueden venir
impulsadas por la propia federación o por instituciones públicas o privadas que soliciten
reconocimiento federativo.
Establecer en las competiciones en las que existen relaciones laborales y
económicas, sistemas de prevención de la insolvencia y de abono de salarios de las
personas deportistas y de las deudas en los términos previstos en la legislación vigente.
Elaborar y aprobar la normativa estatutaria y reglamentaria para su ratificación
posterior por el Consejo Superior de Deportes.
Promover el desarrollo de la actividad deportiva que se corresponda con su
modalidad o especialidades deportivas en todo el ámbito del Estado estableciendo
medidas de promoción y desarrollo del deporte base y del talento, la RFEB, podrá crear
y nombrar, bajo su seno, los órganos que estime necesarios.
Diseñar, elaborar y ejecutar, en el marco de sus competencias y en coordinación, en
su caso, con las federaciones de ámbito autonómico, los planes de preparación de las
personas calificadas de alto nivel y de alto rendimiento.
Contribuir con la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas
en la prevención, control y represión del uso de sustancias y grupos farmacológicos
prohibidos y métodos no reglamentarios en el deporte.
Elegir las personas deportistas que han de integrar las selecciones españolas.
Ejercer la potestad disciplinaria, en aquellas cuestiones que no tengan la
consideración de función pública de carácter administrativo delegada, dentro de las
competencias que le son propias.
Desarrollar programas de tecnificación deportiva.
Colaborar con las Administraciones Públicas en el desarrollo de políticas públicas y
acciones que estén vinculadas con su objeto social.
Todas aquellas que puedan redundar en beneficio de las actividades que le son
propias y sirvan al desarrollo de sus modalidad y especialidades deportivas.
Cualesquiera otras previstas en las disposiciones normativas vigentes.

cve: BOE-A-2025-3764
Verificable en https://www.boe.es

1. Sin perjuicio de las competencias que pueda corresponder a las Federaciones
Autonómicas en sus respectivos ámbitos territoriales, son fines propios de la RFEB, los
de gobernar, administrar, gestionar, organizar y reglamentar la modalidad y
especialidades indicadas en estos Estatutos en todo el territorio nacional y respecto de
las competiciones y actividades por la misma organizados.
2. En todo caso, se consideran funciones de la RFEB: