Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-3767)
Resolución de 16 de febrero de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cádiz, para la realización de prácticas externas, trabajos de fin de grado y trabajos de fin de máster en los museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48
Martes 25 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 26282
5. Cumplir y hacer cumplir las medidas de seguridad e higiene establecidas en el
centro asignado, e informará, formará y hará cumplir y respetar al estudiantado dichas
medidas.
Quinta. Condición del Ministerio de Cultura de entidad colaboradora de la UCA.
Durante el tiempo de vigencia de este convenio, el Ministerio de Cultura gozará del
título de entidad colaboradora en prácticas externas de la UCA, recibiendo las siguientes
contraprestaciones:
1. Reconocimiento de la función de tutela profesional al personal asignado a las
tutorías, lo que se podrá certificar por parte de la Secretaría Académica del Centro de la
UCA correspondiente.
2. Quienes ejerzan la tutela profesional tendrán derecho a recibir información
acerca de la normativa que regula las prácticas externas.
Protección de datos y transparencia.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos, y demás normativa de desarrollo.
En especial, las partes intervinientes informan a las personas firmantes que los datos
personales que faciliten en virtud del mismo, o que pudieran proporcionar con
posterioridad, serán tratados con la finalidad de gestionar las relaciones descritas en el
convenio. Este tratamiento se basa en el interés legítimo de las partes y resulta
imprescindible para formalizar y cumplir el convenio, manteniéndose durante el plazo
legalmente exigible para atender las posibles responsabilidades derivadas del mismo.
En el supuesto de que para el cumplimiento, seguimiento y ejecución de las
actividades previstas en el presente convenio se requiera el acceso y tratamiento de
datos personales de terceras personas, la UCA y la entidad colaboradora tendrán la
consideración de corresponsables del tratamiento en la medida en que determinan
conjuntamente los medios y los fines de los tratamientos de los datos pertinentes para el
desarrollo del programa de prácticas externas, comprometiéndose a cumplir la limitación
de la finalidad, minimización y confidencialidad de los datos personales, así como de la
obligación de informar del tratamiento de sus datos personales.
Los titulares de los datos podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante cualquiera de los responsables del
tratamiento de los datos personales mediante escrito dirigido a la dirección que constan
en el encabezamiento del presente convenio, en los términos previstos en la legislación
de protección de datos, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente, o en
las direcciones de correo electrónico delegada.protecciondatos@uam.es y
dpd@cultura.gob.es. Igualmente tienen derecho a presentar una reclamación ante la
Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, de las autoridades autonómicas
de protección de datos.
Los datos de contacto no se comunicarán a ningún destinario salvo para el
cumplimiento de una obligación legal.
Asimismo, las partes se comprometen a adoptar las medidas de índole técnica y
organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y
eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado habida cuenta del
estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que
estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural, y a
cumplir su correspondiente política de privacidad.
cve: BOE-A-2025-3767
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 48
Martes 25 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 26282
5. Cumplir y hacer cumplir las medidas de seguridad e higiene establecidas en el
centro asignado, e informará, formará y hará cumplir y respetar al estudiantado dichas
medidas.
Quinta. Condición del Ministerio de Cultura de entidad colaboradora de la UCA.
Durante el tiempo de vigencia de este convenio, el Ministerio de Cultura gozará del
título de entidad colaboradora en prácticas externas de la UCA, recibiendo las siguientes
contraprestaciones:
1. Reconocimiento de la función de tutela profesional al personal asignado a las
tutorías, lo que se podrá certificar por parte de la Secretaría Académica del Centro de la
UCA correspondiente.
2. Quienes ejerzan la tutela profesional tendrán derecho a recibir información
acerca de la normativa que regula las prácticas externas.
Protección de datos y transparencia.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos, y demás normativa de desarrollo.
En especial, las partes intervinientes informan a las personas firmantes que los datos
personales que faciliten en virtud del mismo, o que pudieran proporcionar con
posterioridad, serán tratados con la finalidad de gestionar las relaciones descritas en el
convenio. Este tratamiento se basa en el interés legítimo de las partes y resulta
imprescindible para formalizar y cumplir el convenio, manteniéndose durante el plazo
legalmente exigible para atender las posibles responsabilidades derivadas del mismo.
En el supuesto de que para el cumplimiento, seguimiento y ejecución de las
actividades previstas en el presente convenio se requiera el acceso y tratamiento de
datos personales de terceras personas, la UCA y la entidad colaboradora tendrán la
consideración de corresponsables del tratamiento en la medida en que determinan
conjuntamente los medios y los fines de los tratamientos de los datos pertinentes para el
desarrollo del programa de prácticas externas, comprometiéndose a cumplir la limitación
de la finalidad, minimización y confidencialidad de los datos personales, así como de la
obligación de informar del tratamiento de sus datos personales.
Los titulares de los datos podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante cualquiera de los responsables del
tratamiento de los datos personales mediante escrito dirigido a la dirección que constan
en el encabezamiento del presente convenio, en los términos previstos en la legislación
de protección de datos, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente, o en
las direcciones de correo electrónico delegada.protecciondatos@uam.es y
dpd@cultura.gob.es. Igualmente tienen derecho a presentar una reclamación ante la
Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, de las autoridades autonómicas
de protección de datos.
Los datos de contacto no se comunicarán a ningún destinario salvo para el
cumplimiento de una obligación legal.
Asimismo, las partes se comprometen a adoptar las medidas de índole técnica y
organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y
eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado habida cuenta del
estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que
estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural, y a
cumplir su correspondiente política de privacidad.
cve: BOE-A-2025-3767
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.