Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Personas en situación de dependencia. (BOE-A-2025-3770)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 31 de enero de 2025, por el que se establece el «Consenso Estatal para la Mejora de la Atención Temprana. Despliegue de la Hoja de Ruta: objetivos, medidas y estándares generales de calidad».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 25 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 26292

esta materia, en el marco del diálogo territorial, con la implicación de las Comunidades/
Ciudades Autónomas, como administraciones competentes en la materia. Asimismo,
se ha contado con la participación de la sociedad civil de infancia y discapacidad y de
profesionales, coordinadas por los Ministerios de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 y de Sanidad.
La hoja de ruta ya consensuada, además de establecer el marco conceptual común
sobre lo que es la atención temprana, estipula también los compromisos base de país
para asegurar la mejora de la atención temprana en términos de inclusión y equidad que
debían ser desarrollados y acordados por todas las partes implicadas. En concreto en su
línea 6: «Mejorar la calidad de las actuaciones y servicios de la atención temprana»
plantea que se desarrollen e implementen estándares de calidad que ofrezcan un marco
referencial común y compartido en todo el territorio del estado en la atención temprana.
En este sentido, este documento pretende ser un marco referencial de calidad que
contempla una serie de objetivos, medidas, estándares de calidad e indicadores
comunes que orientan y promueven la mejora continua de los sistemas de temprana de
las distintas Comunidades/Ciudades Autónomas. El documento se estructura en 9 líneas
de acción con objetivos, medidas para su consecución y el establecimiento de 36
estándares de calidad e indicadores de los mismos para evaluar su implantación. Al igual
que la hoja de ruta este documento se ha realizado en el marco del Grupo Técnico de
Atención Temprana, con la participación de las Comunidades/Ciudades Autónomas,
como administraciones competentes en la materia, agentes clave de la sociedad civil de
la infancia, la discapacidad, y ha sido coordinado por el Ministerio de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030, el Ministerio de Sanidad, el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes y el Ministerio de Juventud e Infancia.
De esta manera, este documento se erige como una guía para que el derecho a la
atención temprana aterrice en la vida de todas las niñas y niños de nuestro país, y llegue
con todas las garantías de calidad y universalidad asegurando su desarrollo individual
y social, con independencia de lugar de residencia y cualquier otra consideración o
circunstancia personal o social. A modo de resumen se incluye un cuadro del listado de
líneas de acción en las que se estructura este documento:
Línea 1. Planificación, estructuración, organización y financiación de la atención
temprana.
Línea 2. Mejorar la calidad de las actuaciones y servicios de atención temprana.
Línea 3. Implementar sistemas eficaces de coordinación interadministrativa.
Línea 4. Implementar procesos eficaces de colaboración y participación activa
de las familias.
Línea 5. Promoción de la prevención primaria.
Línea 6. Facilitar el acceso a la atención temprana en condiciones de igualdad
y calidad para todos los niños y las niñas.
Línea 7. Garantizar la valoración e intervención integral.
Línea 8. Equipos profesionales y formación continua de profesionales implicados
en la atención temprana.
Línea 9. Optimizar los sistemas de información y registro.
Cada una de las líneas contempla la definición de su objetivo junto con el siguiente
contenido:
Medidas: conjunto de acciones específicas que se implementan para alcanzar el
objetivo que se plantea en la línea de actuación. En este sentido, las medidas son
los pasos concretos que se toman para mejorar los procesos y que se cumplan los
estándares y criterios establecidos en esa misma línea.
Estándares de calidad: son un conjunto de criterios que describen el nivel óptimo de
calidad que debe alcanzarse en los centros/equipos y servicios de atención temprana
a niños y niñas menores de seis años. Estos estándares establecen un modelo ideal o

cve: BOE-A-2025-3770
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Núm. 48