Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Personas en situación de dependencia. (BOE-A-2025-3770)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 31 de enero de 2025, por el que se establece el «Consenso Estatal para la Mejora de la Atención Temprana. Despliegue de la Hoja de Ruta: objetivos, medidas y estándares generales de calidad».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48
Martes 25 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 26303
– Transmitir toda la información que se da sobre la situación evolutiva de los niños
y las niñas con objetividad, rigor y accesibilidad, siempre de manera respetuosa y
cuidadosa con la realidad de la familia.
Estándares de calidad de la línea 4:
Estándar 4.1.
Existen guías y protocolos que caracterizan y precisan los procedimientos, de
acuerdo a la evidencia científica y la práctica profesional, para desarrollar y mejorar la
eficacia de los procesos de colaboración y participación activa de las familias, los niños y
las niñas.
Indicadores del estándar 4.1:
Las normativas, planes, guías y/o protocolos se elaboran por el organismo
competente en cada Comunidad/Ciudad Autónoma con las siguientes características:
– Los procesos de colaboración y participación se sostienen sobre datos reales
obtenidos en los centros/equipos y servicios prestados.
– Cuentan con mecanismos definidos de evaluación de los resultados obtenidos y
mejora de los procedimientos.
– Establecen procedimientos de comunicación y colaboración entre los y las
profesionales de diferentes ámbitos y las familias.
– Establecen mecanismos para que los y las profesionales y las familias desarrollen
de manera conjunta los planes individualizados.
– Definen la participación significativa y activa del niño, la niña y su familia en todo el
procedimiento de implementación de la guía o protocolo.
– Atienden a la perspectiva de género en el establecimiento de prácticas de
colaboración y participación entre los y las profesionales, la familia y los niños y niñas.
– Establecen un procedimiento y periodicidad para la actualización de los datos y la
información recogida en la propia guía o protocolo.
Estándar 4.2.
Las familias y los niños y niñas pueden participar en el diseño y mejora de los
centros/equipos y servicios de Atención Temprana en cada Comunidad/ Ciudad
Autónoma.
Indicadores del estándar 4.2:
– Se establecen canales de participación y comunicación efectiva de las familias
y los niños y las niñas en el diseño y en las propuestas de mejora de los centros/equipos
y servicios de Atención Temprana de la Comunidad/Ciudad Autónoma.
– Existe una evaluación para medir la accesibilidad e idoneidad de los canales de
participación y comunicación que se establecen con las familias y los niños y las niñas.
La familia cuenta con la información necesaria que la guíe y empodere durante todo
el proceso.
Indicadores del estándar 4.3:
– Existen documentos informativos destinados a ofrecer la información adecuada
a las familias que la guíen durante todo el proceso, elaborados por la estructura de
coordinación autonómica de los tres ámbitos implicados.
cve: BOE-A-2025-3770
Verificable en https://www.boe.es
Estándar 4.3.
Núm. 48
Martes 25 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 26303
– Transmitir toda la información que se da sobre la situación evolutiva de los niños
y las niñas con objetividad, rigor y accesibilidad, siempre de manera respetuosa y
cuidadosa con la realidad de la familia.
Estándares de calidad de la línea 4:
Estándar 4.1.
Existen guías y protocolos que caracterizan y precisan los procedimientos, de
acuerdo a la evidencia científica y la práctica profesional, para desarrollar y mejorar la
eficacia de los procesos de colaboración y participación activa de las familias, los niños y
las niñas.
Indicadores del estándar 4.1:
Las normativas, planes, guías y/o protocolos se elaboran por el organismo
competente en cada Comunidad/Ciudad Autónoma con las siguientes características:
– Los procesos de colaboración y participación se sostienen sobre datos reales
obtenidos en los centros/equipos y servicios prestados.
– Cuentan con mecanismos definidos de evaluación de los resultados obtenidos y
mejora de los procedimientos.
– Establecen procedimientos de comunicación y colaboración entre los y las
profesionales de diferentes ámbitos y las familias.
– Establecen mecanismos para que los y las profesionales y las familias desarrollen
de manera conjunta los planes individualizados.
– Definen la participación significativa y activa del niño, la niña y su familia en todo el
procedimiento de implementación de la guía o protocolo.
– Atienden a la perspectiva de género en el establecimiento de prácticas de
colaboración y participación entre los y las profesionales, la familia y los niños y niñas.
– Establecen un procedimiento y periodicidad para la actualización de los datos y la
información recogida en la propia guía o protocolo.
Estándar 4.2.
Las familias y los niños y niñas pueden participar en el diseño y mejora de los
centros/equipos y servicios de Atención Temprana en cada Comunidad/ Ciudad
Autónoma.
Indicadores del estándar 4.2:
– Se establecen canales de participación y comunicación efectiva de las familias
y los niños y las niñas en el diseño y en las propuestas de mejora de los centros/equipos
y servicios de Atención Temprana de la Comunidad/Ciudad Autónoma.
– Existe una evaluación para medir la accesibilidad e idoneidad de los canales de
participación y comunicación que se establecen con las familias y los niños y las niñas.
La familia cuenta con la información necesaria que la guíe y empodere durante todo
el proceso.
Indicadores del estándar 4.3:
– Existen documentos informativos destinados a ofrecer la información adecuada
a las familias que la guíen durante todo el proceso, elaborados por la estructura de
coordinación autonómica de los tres ámbitos implicados.
cve: BOE-A-2025-3770
Verificable en https://www.boe.es
Estándar 4.3.