Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-3687)
Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Terminación de la autovía de acceso al puerto del Musel GJ-20. Duplicación de GJ-10 desde el enlace de Lloreda al semienlace de Veriña».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47
Lunes 24 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 25365
preventivas y correctoras indicadas por el organismo de cuenca para evitar afecciones a
la morfología de los cauces y a su régimen hidrológico, por posibles alteraciones de la
calidad de las aguas superficiales y subterráneas, así como sobre vertidos y afecciones
a concesiones existentes en la zona.
El Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental de la Dirección General de
Salud Pública del Gobierno del Principado de Asturias informa que el proyecto debe
determinar si hay infraestructuras utilizadas para el suministro de agua de consumo para
la población (captaciones, depósitos, estaciones de tratamiento), y que, en su caso,
deberán aplicarse las medidas necesarias para asegurar que las mismas no resulten
dañadas.
Respecto a las aguas subterráneas, el documento ambiental recoge que no se
prevén afecciones hidrogeológicas, ni alteraciones del nivel de las aguas subterráneas,
inicialmente, dado que las excavaciones o trincheras que pudieran interferir con el nivel
freático no son muy profundas. Sin embargo, durante las obras, valora la afección a la
hidrogeología durante las obras como moderada, por lo que no es posible descartar
afecciones. Asimismo, no se especifica que la profundidad de excavación para cualquier
elemento del proyecto, incluidos los desmontes, está siempre por encima del nivel
freático o del nivel de los acuíferos de la zona, por lo que no es posible evaluar el
impacto, ni determinar si pueden ser necesarias medidas de mitigación, aplicables en
caso de que existiera interferencia con las aguas subterráneas.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario.
Las actuaciones de desbroce, movimientos de tierra, apertura de caminos o
formación de vertederos producirán impactos directos sobre la vegetación durante la
fase de obra. Según el documento ambiental, dado el grado de antropización de la zona,
únicamente se verían afectadas zonas aisladas de vegetación arbórea. Entre las
medidas para disminuir la afección a la vegetación, figura el jalonamiento de los límites
necesarios de ocupación antes del inicio de las obras y la reutilización del horizonte
superficial del suelo excavado en las tareas de restauración ambiental.
El Servicio de Vida Silvestre de la Dirección General de Planificación Agraria del
Gobierno del Principado de Asturias informa que las formaciones arbustivas eutrofas de
laurel con aladierno, brezales, tojales con Ulex europaeus y aulagares de Genista
occidentalis, presentes en el ámbito de actuación, conforman el tipo de hábitat de interés
comunitario prioritario 5230* «Matorrales arborescentes de Laurus nobilis», no
identificado por el promotor, señalando además que el documento ambiental no identifica
la totalidad de especies exóticas invasoras y que en buena parte de los planos
presentados en el inventario ambiental se observan partes en blanco sin caracterizar.
Asimismo, indica la presencia de la especie invasora Fallopia japonica.
El documento ambiental tampoco aporta ninguna información sobre los hábitats de
interés comunitario presentes en las inmediaciones de las zonas de préstamo. Dadas las
carencias detectadas en el inventario ambiental, no es posible realizar una adecuada
valoración de los impactos del proyecto sobre la flora (especialmente aquella protegida),
la vegetación y los hábitats de interés comunitario.
De acuerdo el informe del Servicio de Vida Silvestre de la Dirección General de
Planificación Agraria del Gobierno del Principado de Asturias, es necesario un estudio
que abarque la totalidad del ámbito, que debería ser especialmente exhaustivo en la
identificación y cartografía, a la escala necesaria, de los hábitats de interés comunitario
prioritarios presentes dentro del ámbito de influencia del proyecto. Es necesario,
igualmente, definir las medidas que permitan conservar estos hábitats prioritarios de
manera adecuada.
Asimismo, considera necesario, para una correcta evaluación, contar con la
identificación y la cartografía de distribución de la totalidad de las especies exóticas
invasoras presentes en el lugar y definir las medidas adecuadas para su control y posible
erradicación. Los taxones incluidos en el Catálogo Español de Especies Exóticas
Invasoras presentes dentro del ámbito del proyecto deberían contar con un plan de
cve: BOE-A-2025-3687
Verificable en https://www.boe.es
c.4
Núm. 47
Lunes 24 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 25365
preventivas y correctoras indicadas por el organismo de cuenca para evitar afecciones a
la morfología de los cauces y a su régimen hidrológico, por posibles alteraciones de la
calidad de las aguas superficiales y subterráneas, así como sobre vertidos y afecciones
a concesiones existentes en la zona.
El Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental de la Dirección General de
Salud Pública del Gobierno del Principado de Asturias informa que el proyecto debe
determinar si hay infraestructuras utilizadas para el suministro de agua de consumo para
la población (captaciones, depósitos, estaciones de tratamiento), y que, en su caso,
deberán aplicarse las medidas necesarias para asegurar que las mismas no resulten
dañadas.
Respecto a las aguas subterráneas, el documento ambiental recoge que no se
prevén afecciones hidrogeológicas, ni alteraciones del nivel de las aguas subterráneas,
inicialmente, dado que las excavaciones o trincheras que pudieran interferir con el nivel
freático no son muy profundas. Sin embargo, durante las obras, valora la afección a la
hidrogeología durante las obras como moderada, por lo que no es posible descartar
afecciones. Asimismo, no se especifica que la profundidad de excavación para cualquier
elemento del proyecto, incluidos los desmontes, está siempre por encima del nivel
freático o del nivel de los acuíferos de la zona, por lo que no es posible evaluar el
impacto, ni determinar si pueden ser necesarias medidas de mitigación, aplicables en
caso de que existiera interferencia con las aguas subterráneas.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario.
Las actuaciones de desbroce, movimientos de tierra, apertura de caminos o
formación de vertederos producirán impactos directos sobre la vegetación durante la
fase de obra. Según el documento ambiental, dado el grado de antropización de la zona,
únicamente se verían afectadas zonas aisladas de vegetación arbórea. Entre las
medidas para disminuir la afección a la vegetación, figura el jalonamiento de los límites
necesarios de ocupación antes del inicio de las obras y la reutilización del horizonte
superficial del suelo excavado en las tareas de restauración ambiental.
El Servicio de Vida Silvestre de la Dirección General de Planificación Agraria del
Gobierno del Principado de Asturias informa que las formaciones arbustivas eutrofas de
laurel con aladierno, brezales, tojales con Ulex europaeus y aulagares de Genista
occidentalis, presentes en el ámbito de actuación, conforman el tipo de hábitat de interés
comunitario prioritario 5230* «Matorrales arborescentes de Laurus nobilis», no
identificado por el promotor, señalando además que el documento ambiental no identifica
la totalidad de especies exóticas invasoras y que en buena parte de los planos
presentados en el inventario ambiental se observan partes en blanco sin caracterizar.
Asimismo, indica la presencia de la especie invasora Fallopia japonica.
El documento ambiental tampoco aporta ninguna información sobre los hábitats de
interés comunitario presentes en las inmediaciones de las zonas de préstamo. Dadas las
carencias detectadas en el inventario ambiental, no es posible realizar una adecuada
valoración de los impactos del proyecto sobre la flora (especialmente aquella protegida),
la vegetación y los hábitats de interés comunitario.
De acuerdo el informe del Servicio de Vida Silvestre de la Dirección General de
Planificación Agraria del Gobierno del Principado de Asturias, es necesario un estudio
que abarque la totalidad del ámbito, que debería ser especialmente exhaustivo en la
identificación y cartografía, a la escala necesaria, de los hábitats de interés comunitario
prioritarios presentes dentro del ámbito de influencia del proyecto. Es necesario,
igualmente, definir las medidas que permitan conservar estos hábitats prioritarios de
manera adecuada.
Asimismo, considera necesario, para una correcta evaluación, contar con la
identificación y la cartografía de distribución de la totalidad de las especies exóticas
invasoras presentes en el lugar y definir las medidas adecuadas para su control y posible
erradicación. Los taxones incluidos en el Catálogo Español de Especies Exóticas
Invasoras presentes dentro del ámbito del proyecto deberían contar con un plan de
cve: BOE-A-2025-3687
Verificable en https://www.boe.es
c.4