Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-3686)
Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo solar fotovoltaico PSFV Extresol 3, de 6,7 MW de potencia instalada, para su hibridación con la planta termosolar existente Extresol 3, de 49,9 MW de potencia instalada, y parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Badajoz».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 25354

Durante las obras, se seleccionará el procedimiento de construcción que minimice la
alteración de la capa superficial del suelo, respetando la vegetación existente,
minimizando los movimientos de tierra en la superficie de la planta.
No se permitirán movimientos de tierra que no se encuentren debidamente
justificados ambientalmente y cuantificados en el proyecto y en el EsIA.
La tierra vegetal resultante de las excavaciones y movimientos de tierras se
almacenará formando caballones de 1,5 m de altura máxima. Se tomarán las medidas
necesarias para mantener su potencial edáfico hasta su utilización en tareas de
restauración posteriores.
Los acopios de cualquier tipo de material, parque de maquinaria y zonas auxiliares
deberán disponerse dentro del perímetro del proyecto, fuera de las áreas naturales a
conservar, alejados de cursos de agua, y preferentemente en áreas degradadas. Todas
las zonas de préstamos, acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán
contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser
necesario. Se evitará la evacuación de sólidos asociados a estas zonas por escorrentía
superficial. Las zonas temporales de acopios que posteriormente queden libres deberán
restablecerse para cultivos o bien especies autóctonas.
Para la limpieza y mantenimiento de las placas solares fotovoltaicas se priorizará los
medios de limpieza en seco con el fin de minimizar el consumo del agua. En caso de
precisar agua para la limpieza por el exceso de suciedad, se utilizarán sistemas de alta
eficiencia, transportando el agua en camiones cisterna y sin la aplicación de ningún
producto químico contaminante. Se evitará el suministro por extracción de aguas
subterráneas, a menos que previamente se obtenga una autorización otorgada por la
Confederación Hidrográfica del Guadiana.
La instalación de los paneles debe de realizarse mediante hincado, ocupando la mínima
superficie de suelo posible. Respecto a la vegetación del sustrato bajo los paneles solares,
deberán permitir el desarrollo de vegetación herbácea y arbustiva dejando una distancia al
suelo de al menos 0,5 m que favorezca su presencia sin que esta interfiera con el correcto
funcionamiento de la planta ni al mantenimiento o seguimiento de la misma.
El control del pasto en el interior de la planta se realizará mediante ganado ovino. En
cualquier caso, si fuese necesario, se podrá realizar mediante medios mecánicos. No se
utilizarán herbicidas. Se mantendrá una cobertura vegetal del suelo que aporte al paisaje
y a la fauna a modo de reservorios. Se propone mantener zonas verdes sin desbrozar
entre grupos de paneles como reservorios y aportes para la fauna y el paisaje. Se
deberá dejar al menos 1 % de la superficie de instalación para la formación de rodales de
vegetación, a más de 20 m del vallado, a modo de reservorios de fauna. Se conservará
el mantenimiento de linderos y los márgenes con vegetación natural sin cultivar.
Se recomienda el uso de bandas sobre los paneles fotovoltaicos en forma de rejilla
que minimicen la mortalidad de insectos y los posibles impactos de pequeñas aves. Sería
recomendable que no todos los paneles se recubrieran con el fin de profundizar en el
análisis de las afecciones, con el fin de evaluar los efectos a lo lago de los primeros años
estableciéndolos en el programa de vigilancia ambiental. Del mismo modo, se instalarán
pequeñas placas de color claro cada 10 m del vallado para aumentar su visibilidad.
Se evitará la iluminación nocturna de la planta fotovoltaica, así como los trabajos
nocturnos durante la construcción, con las únicas excepciones de sistemas requeridos
por la normativa y de dispositivos de iluminación imprescindibles en las edificaciones
auxiliares o para hacer frente a situaciones de riesgo. En tal caso, se utilizarán
luminarias que no emitan luz blanca rica en longitudes de onda corta (azules y UV), la
iluminación se proyectará hacia el suelo por debajo del plano horizontal, y se limitará a lo
estrictamente necesario.
Debe respetarse el arbolado autóctono existente, así como las lindes y zonas de
vegetación no transformadas. En particular, no se realizará la corta de ningún pie de
encina existente en la parcela. No se ocupará ninguna zona de vegetación natural
asociada a encharcamientos y cauces. El seguimiento de estas manchas de vegetación
se incluirá en el Plan de Seguimiento y Vigilancia Ambiental.

cve: BOE-A-2025-3686
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Núm. 47