Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Instituto Social de las Fuerzas Armadas. Asistencia sanitaria. (BOE-A-2025-3596)
Resolución 4B0/38060/2025, de 19 de febrero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se publican los conciertos suscritos con entidades de seguro para la asistencia sanitaria de titulares y beneficiarios durante los años 2025 y 2026.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46
Sábado 22 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24723
2.5.5 Cuidados paliativos en régimen de hospitalización. La atención en el domicilio
es la alternativa de elección para la mayoría de los pacientes terminales. Sin embargo,
los facultativos responsables de la asistencia podrán ordenar la derivación a las
Unidades de Cuidados Paliativos hospitalarias o a las Unidades de Hospitalización
Domiciliaria, a las que se alude en la cláusula 2.3.4 del presente Concierto, o bien el
traslado e ingreso en el Hospital de referencia, cuando el paciente necesite cuidados
especiales y continuados no susceptibles de ser prestados de forma ambulatoria o a
domicilio.
2.6 Salud bucodental. Comprende el conjunto de actividades diagnósticas,
terapéutica y de prevención de la enfermedad, así como aquellas de promoción y
educación para la salud dirigidas a la atención a la salud bucodental.
2.6.1 Contenido. La atención bucodental en atención primaria tiene el siguiente
contenido:
A)
A toda la población:
a) Tratamiento de procesos agudos odontológicos, entendiendo por tales los
procesos infecciosos y/o inflamatorios que afectan al área bucodental, traumatismos
óseo-dentarios, heridas y lesiones en la mucosa oral, así como la patología aguda de la
articulación témporo-mandibular.
b) Tratamiento farmacológico de la patología bucodental que lo requiera.
c) Exodoncias, exodoncias quirúrgicas y cirugía menor de la cavidad oral.
d) Detección precoz de lesiones pre malignas y, en su caso, biopsia de lesiones
mucosas.
e) Educación sanitaria para la autoexploración de la cavidad oral en la búsqueda de
lesiones con sospecha de malignidad.
B) A la población infanto-juvenil (0-14 años a.i.) se les facilitarán, cuando estén
indicadas, las siguientes actuaciones:
a) Exploración preventiva del estado de salud bucodental, que incluirá exploración
radiográfica, cuando este indicada.
b) Determinación del riesgo individual de caries, especialmente en los 2 primeros
años de vida, para establecer la periodicidad de las revisiones y las medidas preventivas
orientadas a reducir el riesgo.
c) Tanto en dentición temporal como definitiva:
d) En la Dentición temporal, se aplicarán actuaciones de mínima intervención y
medidas tendentes a frenar el proceso de lesión por caries.
e) Para la dentición definitiva se incluyen obturaciones en lesiones que no asocien
daño pulpar irreversible producidas por caries, traumatismos o por cualquier enfermedad
que afecte a la estructura del diente.
f) En el caso de lesiones por traumatismo en grupo de incisivo y caninos definitivos,
se incluyen también:
– Reubicación y estabilización de los dientes afectados del grupo anterior.
– Ferulización del grupo anterior y sutura de tejidos blandos, si es necesario.
– Tratamientos pulpares, si es necesario.
C)
A mujeres embarazadas, se les ofrecerán las siguientes actuaciones:
a)
Consejos para preservar la salud oral del futuro bebé.
cve: BOE-A-2025-3596
Verificable en https://www.boe.es
– Aplicación de sustancias remineralizantes, antisépticas y/o desensibilizantes.
– Sellados de fosas y fisuras.
– Tartrectomía.
Núm. 46
Sábado 22 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24723
2.5.5 Cuidados paliativos en régimen de hospitalización. La atención en el domicilio
es la alternativa de elección para la mayoría de los pacientes terminales. Sin embargo,
los facultativos responsables de la asistencia podrán ordenar la derivación a las
Unidades de Cuidados Paliativos hospitalarias o a las Unidades de Hospitalización
Domiciliaria, a las que se alude en la cláusula 2.3.4 del presente Concierto, o bien el
traslado e ingreso en el Hospital de referencia, cuando el paciente necesite cuidados
especiales y continuados no susceptibles de ser prestados de forma ambulatoria o a
domicilio.
2.6 Salud bucodental. Comprende el conjunto de actividades diagnósticas,
terapéutica y de prevención de la enfermedad, así como aquellas de promoción y
educación para la salud dirigidas a la atención a la salud bucodental.
2.6.1 Contenido. La atención bucodental en atención primaria tiene el siguiente
contenido:
A)
A toda la población:
a) Tratamiento de procesos agudos odontológicos, entendiendo por tales los
procesos infecciosos y/o inflamatorios que afectan al área bucodental, traumatismos
óseo-dentarios, heridas y lesiones en la mucosa oral, así como la patología aguda de la
articulación témporo-mandibular.
b) Tratamiento farmacológico de la patología bucodental que lo requiera.
c) Exodoncias, exodoncias quirúrgicas y cirugía menor de la cavidad oral.
d) Detección precoz de lesiones pre malignas y, en su caso, biopsia de lesiones
mucosas.
e) Educación sanitaria para la autoexploración de la cavidad oral en la búsqueda de
lesiones con sospecha de malignidad.
B) A la población infanto-juvenil (0-14 años a.i.) se les facilitarán, cuando estén
indicadas, las siguientes actuaciones:
a) Exploración preventiva del estado de salud bucodental, que incluirá exploración
radiográfica, cuando este indicada.
b) Determinación del riesgo individual de caries, especialmente en los 2 primeros
años de vida, para establecer la periodicidad de las revisiones y las medidas preventivas
orientadas a reducir el riesgo.
c) Tanto en dentición temporal como definitiva:
d) En la Dentición temporal, se aplicarán actuaciones de mínima intervención y
medidas tendentes a frenar el proceso de lesión por caries.
e) Para la dentición definitiva se incluyen obturaciones en lesiones que no asocien
daño pulpar irreversible producidas por caries, traumatismos o por cualquier enfermedad
que afecte a la estructura del diente.
f) En el caso de lesiones por traumatismo en grupo de incisivo y caninos definitivos,
se incluyen también:
– Reubicación y estabilización de los dientes afectados del grupo anterior.
– Ferulización del grupo anterior y sutura de tejidos blandos, si es necesario.
– Tratamientos pulpares, si es necesario.
C)
A mujeres embarazadas, se les ofrecerán las siguientes actuaciones:
a)
Consejos para preservar la salud oral del futuro bebé.
cve: BOE-A-2025-3596
Verificable en https://www.boe.es
– Aplicación de sustancias remineralizantes, antisépticas y/o desensibilizantes.
– Sellados de fosas y fisuras.
– Tartrectomía.