Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3605)
Resolución de 29 de enero de 2025, de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, por la que se publica el Convenio con Barcelona Sagrera Alta Velocitat, SA, para la ejecución y financiación de las obras correspondientes al proyecto de construcción de arquitectura e instalaciones de la zona de tratamiento técnico de trenes de la Sagrera (Barcelona).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46
Sábado 22 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24879
asistencia técnica a la dirección, la coordinación de seguridad y salud laboral y la
asistencia para el control medioambiental de dichas obras.
Segunda.
Condiciones económicas.
El importe máximo previsto (21 % IVA incluido) para la ejecución de las actuaciones
objeto del presente convenio es de 4.425.770,71 euros, de los cuales, la
Sociedad «Barcelona Sagrera Alta Velocitat, SA» asume el coste de las actuaciones de
arquitectura e instalaciones definitivas del viario segregado lado montaña, que serán
titularidad de dicha sociedad, y ADIF-Alta Velocidad asume el coste de las actuaciones
de arquitectura e instalaciones de carácter provisional en dicho viario segregado lado
montaña y en el acceso a la ZTTT, que serán titularidad de ADIF-Alta Velocidad.
Concepto
Ejecución de las obras.
Dirección de Obra, Asistencia técnica, Seguridad y Salud, Asistencia Ambiental, Seguimiento
y auditorías de calidad, etc. (9 % sobre el coste de ejecución de las obras).
Total (21 % IVA incluido).
Total
(21 % IVA
incluido)
–
Euros
ADIF AV
–
Euros
BSAV
–
Euros
4.060.340,10
679.345,84
3.380.994,26
365.430,61
61.141,13
304.289,48
4.425.770,71
740.486,97
3.685.283,74
La distribución estimada anual del coste de estas actuaciones es la siguiente:
Firmantes
Barcelona Sagrera Alta Velocitat.
ADIF-Alta Velocidad.
Total (21 % IVA incluido).
2025
–
Euros
3.685.283,74
740.486,97
4.425.770,71
La Comisión de Seguimiento del Convenio, cuya creación está prevista en la cláusula
quinta del presente convenio, concretará, en función del desarrollo temporal de la
ejecución de las actuaciones recogidas, la distribución anual de las aportaciones de los
importes del compromiso económico que asumen las partes firmantes, siempre que
dicha distribución de anualidades no suponga un incremento económico de los importes
recogidos en el convenio, ni un incremento del plazo de su vigencia.
Tercera. Obligaciones de las partes.
Obligaciones de la Sociedad.
La Sociedad abonará a ADIF-Alta Velocidad el coste que le corresponda por la
ejecución de las obras de su titularidad, correspondientes al «Proyecto de construcción
de arquitectura e instalaciones de la zona de tratamiento técnico de trenes de la Sagrera
(Barcelona) acceso provisional», y de la dirección de las obras, la asistencia técnica a la
dirección, la coordinación de seguridad y salud laboral y la asistencia para el control
medioambiental de dichas obras, en el marco de los términos y condiciones establecidos
en la cláusula segunda.
Cuando para la realización de los trabajos objeto del presente convenio, ADIF-Alta
Velocidad haya celebrado uno o varios contratos con terceros, éstos podrán ser
facturados a la Sociedad bien directamente por los adjudicatarios o bien por ADIF-Alta
Velocidad, y la Sociedad deberá abonarlos dentro de los plazos establecidos en la
cve: BOE-A-2025-3605
Verificable en https://www.boe.es
A)
Núm. 46
Sábado 22 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24879
asistencia técnica a la dirección, la coordinación de seguridad y salud laboral y la
asistencia para el control medioambiental de dichas obras.
Segunda.
Condiciones económicas.
El importe máximo previsto (21 % IVA incluido) para la ejecución de las actuaciones
objeto del presente convenio es de 4.425.770,71 euros, de los cuales, la
Sociedad «Barcelona Sagrera Alta Velocitat, SA» asume el coste de las actuaciones de
arquitectura e instalaciones definitivas del viario segregado lado montaña, que serán
titularidad de dicha sociedad, y ADIF-Alta Velocidad asume el coste de las actuaciones
de arquitectura e instalaciones de carácter provisional en dicho viario segregado lado
montaña y en el acceso a la ZTTT, que serán titularidad de ADIF-Alta Velocidad.
Concepto
Ejecución de las obras.
Dirección de Obra, Asistencia técnica, Seguridad y Salud, Asistencia Ambiental, Seguimiento
y auditorías de calidad, etc. (9 % sobre el coste de ejecución de las obras).
Total (21 % IVA incluido).
Total
(21 % IVA
incluido)
–
Euros
ADIF AV
–
Euros
BSAV
–
Euros
4.060.340,10
679.345,84
3.380.994,26
365.430,61
61.141,13
304.289,48
4.425.770,71
740.486,97
3.685.283,74
La distribución estimada anual del coste de estas actuaciones es la siguiente:
Firmantes
Barcelona Sagrera Alta Velocitat.
ADIF-Alta Velocidad.
Total (21 % IVA incluido).
2025
–
Euros
3.685.283,74
740.486,97
4.425.770,71
La Comisión de Seguimiento del Convenio, cuya creación está prevista en la cláusula
quinta del presente convenio, concretará, en función del desarrollo temporal de la
ejecución de las actuaciones recogidas, la distribución anual de las aportaciones de los
importes del compromiso económico que asumen las partes firmantes, siempre que
dicha distribución de anualidades no suponga un incremento económico de los importes
recogidos en el convenio, ni un incremento del plazo de su vigencia.
Tercera. Obligaciones de las partes.
Obligaciones de la Sociedad.
La Sociedad abonará a ADIF-Alta Velocidad el coste que le corresponda por la
ejecución de las obras de su titularidad, correspondientes al «Proyecto de construcción
de arquitectura e instalaciones de la zona de tratamiento técnico de trenes de la Sagrera
(Barcelona) acceso provisional», y de la dirección de las obras, la asistencia técnica a la
dirección, la coordinación de seguridad y salud laboral y la asistencia para el control
medioambiental de dichas obras, en el marco de los términos y condiciones establecidos
en la cláusula segunda.
Cuando para la realización de los trabajos objeto del presente convenio, ADIF-Alta
Velocidad haya celebrado uno o varios contratos con terceros, éstos podrán ser
facturados a la Sociedad bien directamente por los adjudicatarios o bien por ADIF-Alta
Velocidad, y la Sociedad deberá abonarlos dentro de los plazos establecidos en la
cve: BOE-A-2025-3605
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