Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3616)
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social de Palencia y el Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga, para la prestación de servicios de atención e información a la ciudadanía.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46
Sábado 22 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24973
Asimismo, cada uno de los firmantes de este convenio asumirá exclusivamente la
financiación de los gastos propios de los compromisos adquiridos. No se formulará en
ningún caso, por tanto, la imputación recíproca de gastos.
Sexta. Protección de datos.
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril de 2016, Reglamento General de Protección de Datos y la Ley
Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, la obtención, custodia y trasmisión de los datos personales de las
personas interesadas que se produzca al amparo del presente convenio por parte del
Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga, se realizará en su calidad de responsable del
tratamiento.
Ambos firmantes se comprometen a tratar los datos personales que se gestionen en
ejecución de lo acordado en este convenio conforme a lo dispuesto en la normativa
citada en el párrafo anterior, garantizando que los titulares de los datos puedan ejercer
los derechos previstos en el Reglamento General de Protección de Datos.
Conforme al deber de confidencialidad, regulado en el artículo 5 de la Ley
Orgánica 3/2018, todas las personas que intervengan en cualquier fase del tratamiento
de los datos de carácter personal están sujetas al deber de confidencialidad, sin perjuicio
de los deberes de secreto profesional que les pudieran afectar de conformidad con su
normativa aplicable, obligaciones que subsistirán aun cuando hubiese finalizado la
relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento.
El Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga garantiza que los empleados que ejecuten
las actividades aquí reguladas conocen y aplican la normativa relativa al tratamiento y
protección de datos de carácter personal.
Séptima.
Comisión de seguimiento y responsables del servicio.
A partir de que sea eficaz el presente convenio se constituirá una Comisión paritaria
de Seguimiento con representantes designados por ambas partes. Dicha Comisión se
responsabilizará de la planificación, seguimiento y evaluación de las acciones derivadas
del convenio, resolviendo las incidencias y discrepancias que se presenten y formulando,
en su caso, las propuestas necesarias para adecuar el servicio a las demandas de la
ciudadanía.
La Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá al menos una vez al año y siempre que
lo solicite una de las partes. Estará formada:
– Por parte de Dirección Provincial del INSS:
● Director/a Provincial del INSS.
● Subdirector/a Provincial de información administrativa de la Dirección Provincial
que asumirá, por parte del INSS, la condición de responsable del servicio.
● Alcalde/sa del Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga.
● Técnico/a de Urbanismo del Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga, que asumirá la
condición de responsable del servicio.
Los representantes de ambas partes que asuman la condición de Responsables del
Servicio atenderán de forma permanente la coordinación y el seguimiento ordinario de
las actuaciones derivadas del convenio.
Octava. Seguimiento de la actividad y calidad del servicio.
La Comisión de Seguimiento establecerá el sistema mensual de control estadístico
de las actividades que se desarrollen en ejecución de este convenio.
cve: BOE-A-2025-3616
Verificable en https://www.boe.es
– Por parte del Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga:
Núm. 46
Sábado 22 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24973
Asimismo, cada uno de los firmantes de este convenio asumirá exclusivamente la
financiación de los gastos propios de los compromisos adquiridos. No se formulará en
ningún caso, por tanto, la imputación recíproca de gastos.
Sexta. Protección de datos.
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril de 2016, Reglamento General de Protección de Datos y la Ley
Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, la obtención, custodia y trasmisión de los datos personales de las
personas interesadas que se produzca al amparo del presente convenio por parte del
Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga, se realizará en su calidad de responsable del
tratamiento.
Ambos firmantes se comprometen a tratar los datos personales que se gestionen en
ejecución de lo acordado en este convenio conforme a lo dispuesto en la normativa
citada en el párrafo anterior, garantizando que los titulares de los datos puedan ejercer
los derechos previstos en el Reglamento General de Protección de Datos.
Conforme al deber de confidencialidad, regulado en el artículo 5 de la Ley
Orgánica 3/2018, todas las personas que intervengan en cualquier fase del tratamiento
de los datos de carácter personal están sujetas al deber de confidencialidad, sin perjuicio
de los deberes de secreto profesional que les pudieran afectar de conformidad con su
normativa aplicable, obligaciones que subsistirán aun cuando hubiese finalizado la
relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento.
El Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga garantiza que los empleados que ejecuten
las actividades aquí reguladas conocen y aplican la normativa relativa al tratamiento y
protección de datos de carácter personal.
Séptima.
Comisión de seguimiento y responsables del servicio.
A partir de que sea eficaz el presente convenio se constituirá una Comisión paritaria
de Seguimiento con representantes designados por ambas partes. Dicha Comisión se
responsabilizará de la planificación, seguimiento y evaluación de las acciones derivadas
del convenio, resolviendo las incidencias y discrepancias que se presenten y formulando,
en su caso, las propuestas necesarias para adecuar el servicio a las demandas de la
ciudadanía.
La Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá al menos una vez al año y siempre que
lo solicite una de las partes. Estará formada:
– Por parte de Dirección Provincial del INSS:
● Director/a Provincial del INSS.
● Subdirector/a Provincial de información administrativa de la Dirección Provincial
que asumirá, por parte del INSS, la condición de responsable del servicio.
● Alcalde/sa del Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga.
● Técnico/a de Urbanismo del Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga, que asumirá la
condición de responsable del servicio.
Los representantes de ambas partes que asuman la condición de Responsables del
Servicio atenderán de forma permanente la coordinación y el seguimiento ordinario de
las actuaciones derivadas del convenio.
Octava. Seguimiento de la actividad y calidad del servicio.
La Comisión de Seguimiento establecerá el sistema mensual de control estadístico
de las actividades que se desarrollen en ejecución de este convenio.
cve: BOE-A-2025-3616
Verificable en https://www.boe.es
– Por parte del Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga: