Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3607)
Resolución de 14 de febrero de 2025, de la Dirección General de Alimentación, por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional del Sector Lácteo, para el desarrollo de actividades de promoción y sectoriales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46
Sábado 22 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24889
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene como objeto establecer las bases de colaboración entre
el MAPA e INLAC, para el desarrollo de actividades de promoción, internacionalización,
formación, difusión e información, investigación e innovación y vertebración del sector.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
a) Colaborar con INLAC en el desarrollo de actividades de promoción del sector
lácteo, contribuyendo a difundir y promover las bondades de la leche y los lácteos entre
los consumidores.
b) Incorporar al sector lácteo en las campañas de promoción y comunicación del MAPA.
c) Apoyar encuentros con los eslabones de la cadena alimentaria que no estén
representados en INLAC, así como estimular el llegar a acuerdos que aseguren un
correcto funcionamiento de la cadena láctea.
d) Verificar, validar y normalizar, a través del Laboratorio Agroalimentario de
Santander, como laboratorio oficial del MAPA, nuevas técnicas de análisis identificadas
por ambas partes. Esta actividad incluye la programación, planificación y priorización de
las actuaciones que deban ser realizadas en dicho laboratorio para la consecución de los
objetivos previstos, la evaluación de los resultados y de su fiabilidad analítica y
capacidad de predicción incluyendo un estudio de la viabilidad económica de las
técnicas.
e) Colaborar con INLAC en la difusión del mensaje «3 lácteos al día» a través de
las herramientas de comunicación disponibles por el MAPA.
f) Propiciar la participación de INLAC como jurado en los Premios Alimentos de
España Mejores Quesos.
g) Colaborar con INLAC en iniciativas encaminadas a informar a los consumidores
sobre las diferencias entre los productos de origen vegetal y la leche y los lácteos, así
como de la legislación existente en cuanto a su etiquetado.
h) Promover acciones que pongan en relieve la sostenibilidad ambiental, social y
económica del sector lácteo, así como acciones que valoricen sus esfuerzos por el
bienestar animal.
i) Colaborar con INLAC en la identificación de las líneas prioritarias de
investigación, desarrollo e innovación en el sector lácteo y apoyar la convocatoria de
proyectos.
j) Fomentar, desarrollar y participar en actividades formativas dirigidas al sector
lácteo.
k) Difundir informes y resultados de estudios con interés para el sector lácteo.
l) Definir en colaboración con INLAC las consultas e informes que resulten de
interés preparar a partir de la información contenida en la base de datos INFOLAC.
m) Facilitar a INLAC, cuando proceda, información de la base de datos INFOLAC
para dar cumplimiento al apartado 4 del artículo 3 del Real Decreto 319/2015, de 24 de
abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y
productores de leche y lácteos de vaca, oveja y cabra.
n) Participar en encuentros que puedan surgir con otros ministerios u organismos
implicados en la cadena alimentaria que puedan contribuir a su buen funcionamiento.
o) Elaborar una memoria anual sobre el desarrollo de las actividades recogidas en
este convenio para su valoración y evaluación por la Comisión de Seguimiento.
cve: BOE-A-2025-3607
Verificable en https://www.boe.es
1. A efectos del debido cumplimiento de los objetivos del presente convenio, el MAPA
se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
Núm. 46
Sábado 22 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 24889
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene como objeto establecer las bases de colaboración entre
el MAPA e INLAC, para el desarrollo de actividades de promoción, internacionalización,
formación, difusión e información, investigación e innovación y vertebración del sector.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
a) Colaborar con INLAC en el desarrollo de actividades de promoción del sector
lácteo, contribuyendo a difundir y promover las bondades de la leche y los lácteos entre
los consumidores.
b) Incorporar al sector lácteo en las campañas de promoción y comunicación del MAPA.
c) Apoyar encuentros con los eslabones de la cadena alimentaria que no estén
representados en INLAC, así como estimular el llegar a acuerdos que aseguren un
correcto funcionamiento de la cadena láctea.
d) Verificar, validar y normalizar, a través del Laboratorio Agroalimentario de
Santander, como laboratorio oficial del MAPA, nuevas técnicas de análisis identificadas
por ambas partes. Esta actividad incluye la programación, planificación y priorización de
las actuaciones que deban ser realizadas en dicho laboratorio para la consecución de los
objetivos previstos, la evaluación de los resultados y de su fiabilidad analítica y
capacidad de predicción incluyendo un estudio de la viabilidad económica de las
técnicas.
e) Colaborar con INLAC en la difusión del mensaje «3 lácteos al día» a través de
las herramientas de comunicación disponibles por el MAPA.
f) Propiciar la participación de INLAC como jurado en los Premios Alimentos de
España Mejores Quesos.
g) Colaborar con INLAC en iniciativas encaminadas a informar a los consumidores
sobre las diferencias entre los productos de origen vegetal y la leche y los lácteos, así
como de la legislación existente en cuanto a su etiquetado.
h) Promover acciones que pongan en relieve la sostenibilidad ambiental, social y
económica del sector lácteo, así como acciones que valoricen sus esfuerzos por el
bienestar animal.
i) Colaborar con INLAC en la identificación de las líneas prioritarias de
investigación, desarrollo e innovación en el sector lácteo y apoyar la convocatoria de
proyectos.
j) Fomentar, desarrollar y participar en actividades formativas dirigidas al sector
lácteo.
k) Difundir informes y resultados de estudios con interés para el sector lácteo.
l) Definir en colaboración con INLAC las consultas e informes que resulten de
interés preparar a partir de la información contenida en la base de datos INFOLAC.
m) Facilitar a INLAC, cuando proceda, información de la base de datos INFOLAC
para dar cumplimiento al apartado 4 del artículo 3 del Real Decreto 319/2015, de 24 de
abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y
productores de leche y lácteos de vaca, oveja y cabra.
n) Participar en encuentros que puedan surgir con otros ministerios u organismos
implicados en la cadena alimentaria que puedan contribuir a su buen funcionamiento.
o) Elaborar una memoria anual sobre el desarrollo de las actividades recogidas en
este convenio para su valoración y evaluación por la Comisión de Seguimiento.
cve: BOE-A-2025-3607
Verificable en https://www.boe.es
1. A efectos del debido cumplimiento de los objetivos del presente convenio, el MAPA
se compromete a realizar las siguientes actuaciones: