Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3612)
Resolución de 13 de febrero de 2025, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Deichtorhallen (Hamburgo), para la itinerancia de la Exposición Huguette Caland.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Sábado 22 de febrero de 2025
9.

Sec. III. Pág. 24915

Seguro

a) Cada Parte organizará y pagará una póliza de seguro «clavo a clavo» y a «todo
riesgo» de las Obras que cubra el tramo de transporte correspondiente gestionado por
cada Parte. Estos costes serán asumidos por cada Parte como Gastos locales y no
formarán parte del Presupuesto de la itinerancia.
b) El MNCARS contratará y pagará la cobertura del seguro para el transporte de las
Obras a Madrid y estancia de las mismas en el MNCARS y hasta que se firmen los
informes de estado de conservación correspondientes al reembalaje de las Obras en
Madrid.
c) Deichtorhallen contratará y pagará la cobertura del seguro desde el momento de
la recogida de las Obras en el MNCARS, el tránsito a Hamburgo, durante toda su
estancia en Deichtorhallen y hasta su regreso a las instalaciones de los Prestadores a la
clausura de la Exposición en Hamburgo. Deichtorhallen cubrirá el seguro mediante la
Garantía Estatal de la Ciudad Libre y Hanseática de Hamburgo a condición de que los
Prestadores acepten este tipo de seguro.
d) Los certificados de seguro correspondientes de las Obras se enviarán a los
Prestadores por parte del MNCARS antes de la recogida de las Obras en las
instalaciones de los Prestadores, y por parte de Deichtorhallen antes de la recogida de
las Obras en el MNCARS.
10.

Diseño, instalación y desinstalación y actividades locales

a. Cada Parte será responsable de la infraestructura de diseño de la Exposición,
así como de la instalación y desinstalación de las Obras.
b. Los programas educativos y las actividades públicas en cada Sede se
organizarán a criterio de la Parte correspondiente y a su propio coste y gasto.
c. Cualquier otro servicio no enumerado anteriormente que se requiera para la
presentación de la Exposición en cada Sede se considerará en todo caso parte de la
organización local de la Exposición, por lo que correrá a cargo de la Parte
correspondiente y será pagado por ella.
d. Cada Parte organizará los eventos de inauguración de la Exposición como es
costumbre en su Sede y pagará todos los Gastos locales asociados.
e. Cada Parte obtendrá y pagará los derechos de reproducción de imágenes
correspondientes para dar a conocer la Exposición en su Sede en todos y cada uno de
los materiales publicados en relación con la Exposición, incluido el sitio web y otros
medios electrónicos, así como para fines educativos, de prensa, publicitarios,
promocionales y similares relacionados con la Exposición.
f. Todos estos costes serán asumidos por cada Parte como Gastos locales.
Cuidado de las obras y medidas de seguridad

a) La manipulación de las Obras en las Sedes de las Partes será responsabilidad
del personal de la Parte en cuestión especializado en la manipulación y el embalaje de
obras de arte.
b) Cuando las Obras lleguen a la correspondiente Sede, se les dará a los
embalajes veinticuatro horas para aclimatarse a las condiciones de la galería antes de
abrirse. La instalación de las Obras no tendrá lugar hasta que se haya completado toda
operación de construcción de tabiques y pintura en las galerías y los espacios cercanos
a las mismas. Los embalajes vacíos se mantendrán en un área de almacenamiento seca
y libre de plagas durante la Exposición y hasta que se vuelvan a empaquetar las Obras.
c) Ambas Partes proporcionarán un equipo especializado de manipuladores y
montadores de obras de arte para instalar la Exposición en sus respectivas Sedes. Las
Partes y sus empleados, subcontratistas o agentes seguirán todas las instrucciones de
embalaje, desembalaje, manipulación e instalación suministradas por los Prestadores y
los Correos.

cve: BOE-A-2025-3612
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11.