Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3612)
Resolución de 13 de febrero de 2025, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Deichtorhallen (Hamburgo), para la itinerancia de la Exposición Huguette Caland.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Sábado 22 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 24914

conforme al artículo 7.2.b) del citado Estatuto así como el artículo 8.1 del Real
Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de
Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos.
8.
8.1

Embalaje, transporte y correos

Embalaje.

a. El MNCARS organizará y pagará la producción de todas las cajas y material de
embalaje de las Obras con anterioridad a la inauguración de la exposición en su Sede.
Dichos costes serán incluidos en el Presupuesto de la itinerancia (anexo II).
b. Todas las cajas y material de embalaje de las Obras deben fabricarse de
conformidad con los estándares para el transporte internacional de obras de arte y
cumplir las condiciones especificadas.
c. Las Partes conservarán en buen estado las cajas vacías y el material de
embalaje de las Obras, las almacenarán en lugares donde las condiciones de humedad y
temperatura sean equivalentes a las de las salas de la Exposición, y conservarán todos
los materiales de embalajes, preservando cualesquiera materiales de embalaje sueltos
en el embalaje al que pertenezcan. Si deben almacenarse embalajes vacíos en zonas
carentes de climatización, habrán de devolverse a un lugar con condiciones de humedad
y temperatura equivalentes a las de las salas de la Exposición y dejarse abiertos para
aclimatarse durante veinticuatro horas antes de volver a proceder al embalaje. La
retirada de las tapas de las cajas debería acelerar este proceso.
d. Cada Parte será responsable del almacenaje de sus propios embalajes vacíos,
así como de todos los costes locales de entrega y recogida asociados a ello.
8.2

Transporte.

a. Cada Parte gestionará, organizará y pagará directamente su tramo de transporte
correspondiente. Dichos costes serán incluidos en el Presupuesto de la itinerancia
(anexo II).
b. El MNCARS organizará y pagará directamente el transporte de las Obras desde
las instalaciones de los Prestadores hasta Madrid. Deichtorhallen organizará y pagará
directamente el transporte de las Obras de Madrid a Hamburgo antes de la inauguración
en su Sede, y de Hamburgo a las instalaciones de los Prestadores a la clausura del
evento en Deichtorhallen.
c. Costes tales como la carga y descarga, el desembalaje y el reempaquetado se
contratarán y pagarán directamente por cada Parte. Dichos costes serán asumidos por
cada Parte como Gastos locales.
d. Las Partes contratarán a empresas de transporte cualificadas que reúnan las
garantías habituales requeridas para el transporte internacional de obras de arte y los
requisitos del correspondiente seguro comercial y/o Garantía del Estado.
Correos.

Cada Parte gestionará y pagará los gastos derivados de los Correos según lo
requerido por los Prestadores para la supervisión del desembalaje, la manipulación,
instalación y posterior desmontaje y reembalaje de las Obras en su correspondiente
Sede, tales como desplazamiento, alojamiento y dietas. En caso de tratarse de un
Correo a bordo, Deichtorhallen se hará cargo del coste local de los gastos de
desplazamiento de Madrid a Hamburgo y el viaje de regreso. Estos costes serán
asumidos por cada Parte como Gastos locales y no formarán parte del Presupuesto de la
itinerancia.

cve: BOE-A-2025-3612
Verificable en https://www.boe.es

8.3