Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-3612)
Resolución de 13 de febrero de 2025, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Deichtorhallen (Hamburgo), para la itinerancia de la Exposición Huguette Caland.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 22 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 24913

desplazamiento, alojamiento y dietas en su Sede. Cada Parte celebrará un contrato por
separado respecto a su trabajo en la presentación en cada Sede.
5.

Organización

La organización inicial y los preparativos de la Exposición y el Catálogo correrán a
cargo del MNCARS, que enviará las solicitudes de préstamo para la presentación de las
Obras en Madrid. El MNCARS será responsable de informar a los Prestadores sobre la
itinerancia en Deichtorhallen. Cada Parte gestionará las cartas de solicitud de préstamo y
los formularios de préstamo pertinentes a los prestadores (véase la cláusula 6).
6.

Lista de obras

a. La Exposición estará integrada por un listado de obras (en adelante, Obras), que
se especifican en la lista adjunta al presente convenio como anexo I: Lista de Obras.
b. El MNCARS proporcionará a Deichtorhallen una lista de obras completa
(anexo I), informando sobre los requerimientos solicitados por los Prestadores en
relación con sus préstamos, listas de embalajes, informe de conservación y demás
documentación requerida para la correcta realización de la Exposición en su Sede.
c. Las Partes se comprometen y aceptan cumplir todas las condiciones de
préstamo indicadas por los Prestadores y establecidas en los oportunos intercambios de
correspondencia y acuerdos de préstamo.
7.

Gestión de préstamos

a. Cada Parte será responsable de la gestión de los préstamos de las Obras para la
presentación de la Exposición en su Sede.
b. En el caso de que una Obra incluida en la Lista de Obras no pueda exhibirse en
ambas Sedes, la Comisaria propondrá una obra alternativa adecuada para la Sede a la
que el Prestador se haya negado a prestar la Obra. Cualquier Obra que sea solo para
una Sede será responsabilidad exclusiva de la Parte correspondiente, incluyendo la
gestión del préstamo y todos los costes asociados.
c. Las Partes se comprometen y aceptan cumplir todas las condiciones de
préstamo indicadas por los Prestadores y establecidas en los oportunos intercambios de
correspondencia y acuerdos de préstamo, siempre que sean razonables.
d. Si se retira una Obra del anexo I durante la instalación de la Exposición en
cualquiera de las Sedes de las Partes, primero se deberá obtener el permiso por escrito
del Prestador, y asegurar un almacenaje con control medioambiental, así como
proporcionar la cobertura de seguro/Garantía del Estado adecuada. Con sujeción a los
requisitos del prestador, cualquier Obra Principal permanecerá definida como tal a todos
los demás efectos.
e. El MNCARS será responsable de la organización de los siguientes servicios que
puedan ser necesarios para la exhibición de las Obras, incluidos los que sea necesario
realizar previamente a la llegada de las Obras a su Sede:
– Tratamientos de conservación y restauración.
– Montaje, acristalamiento y enmarcado.
– Informes de conservación en las instalaciones del Prestador.
Tanto los gastos asociados a estos servicios como cualquier cuota de préstamo
asociada a las Obras que puedan imponer los prestadores en base a un pago por Sede,
serán asumidos por cada Parte en concepto de coste local.
f. En caso de existir obras pertenecientes a la colección del MNCARS, la salida de
las mismas fuera del MNCARS requerirá la previa autorización de la Comisión
Permanente del Real Patronato, conforme al artículo 7.2.d) del Real Decreto 188/2013,
de 15 de marzo, así como la correspondiente orden ministerial que autorice el préstamo,

cve: BOE-A-2025-3612
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Núm. 46