Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2025-3416)
Instrumento de aprobación de las Actas del XXVII Congreso de la Unión Postal Universal (UPU), hechas en Abidjan el 26 de agosto de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 23872
automáticamente por su sistema de información, y que indican una modificación en el
estado de la orden postal de pago o de la solicitud relativa a la orden.
15. Datos personales: información necesaria para la identificación del expedidor o
del destinatario.
16. Datos postales: datos necesarios para el encaminamiento y el seguimiento de
la ejecución de la orden postal de pago y las estadísticas, así como para el sistema de
compensación centralizada.
17. Intercambio electrónico de datos (EDI): intercambio de datos sobre las
operaciones, de un ordenador a otro, mediante el uso de redes y formatos normalizados
compatibles con el sistema de la Unión.
18. Expedidor: persona física o jurídica que ordena a un operador designado que
cumpla una orden postal de pago de conformidad con las Actas de la Unión.
19. Financiación del terrorismo: concepto que abarca la financiación de los actos de
terrorismo, de los terroristas y de las organizaciones terroristas.
20. Fondos de los usuarios: sumas entregadas por el expedidor al operador
designado emisor, en efectivo o debitadas directamente de la cuenta del expedidor
llevada en los registros del operador designado emisor, o bien por cualquier otro medio
electrónico protegido, puestas a disposición del operador designado emisor o de
cualquier otro operador financiero por el expedidor, para efectuar un pago a un
destinatario especificado por el expedidor, de conformidad con el presente Acuerdo y su
Reglamento.
21. Giro de reembolso: expresión operativa empleada para designar una orden
postal de pago impartida a cambio de la entrega de un envío contra reembolso.
22. Moneda de emisión: moneda del país de destino o tercera moneda autorizada
por el país de destino, en la que está emitida la orden postal de pago.
23. Operador designado emisor: operador designado que transmite una orden
postal de pago al operador designado pagador, de conformidad con las Actas de la
Unión.
24. Operador designado pagador: operador designado encargado de dar
cumplimiento a la orden postal de pago en el país del destinatario, de conformidad con
las Actas de la Unión.
25. Período de validez: período durante el cual la orden postal de pago puede ser
válidamente cumplida o revocada.
26. Punto de acceso al servicio: lugar físico o virtual donde el usuario puede
depositar o recibir una orden postal de pago.
27. Remuneración: suma adeudada por el operador designado emisor al operador
designado pagador por el pago al destinatario.
28. Revocabilidad: posibilidad para el expedidor de revocar su orden postal de pago
(giro o transferencia) hasta el momento del pago o el final del período de validez, si el
pago no ha sido efectuado.
29. Riesgo de contrapartida: riesgo relacionado con el incumplimiento de una de las
partes en un contrato. Se traduce en un riesgo de pérdida o de iliquidez.
30. Riesgo de liquidez: riesgo de que una contraparte o un participante en un
sistema de pago se encuentre imposibilitado temporalmente de cancelar en su totalidad
una obligación a su vencimiento.
31. Señalamiento de transacciones sospechosas: obligación del operador
designado, basada en la legislación nacional y en las resoluciones de la Unión, de
comunicar a sus autoridades nacionales competentes toda la información sobre
transacciones sospechosas.
32. Seguimiento y localización: sistema que permite efectuar el seguimiento del
recorrido de una orden postal de pago y determinar en todo momento dónde se
encuentra y su estado de cumplimiento.
33. Tarifa: importe pagado por un expedidor al operador designado emisor por un
servicio postal de pago.
cve: BOE-A-2025-3416
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 45
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automáticamente por su sistema de información, y que indican una modificación en el
estado de la orden postal de pago o de la solicitud relativa a la orden.
15. Datos personales: información necesaria para la identificación del expedidor o
del destinatario.
16. Datos postales: datos necesarios para el encaminamiento y el seguimiento de
la ejecución de la orden postal de pago y las estadísticas, así como para el sistema de
compensación centralizada.
17. Intercambio electrónico de datos (EDI): intercambio de datos sobre las
operaciones, de un ordenador a otro, mediante el uso de redes y formatos normalizados
compatibles con el sistema de la Unión.
18. Expedidor: persona física o jurídica que ordena a un operador designado que
cumpla una orden postal de pago de conformidad con las Actas de la Unión.
19. Financiación del terrorismo: concepto que abarca la financiación de los actos de
terrorismo, de los terroristas y de las organizaciones terroristas.
20. Fondos de los usuarios: sumas entregadas por el expedidor al operador
designado emisor, en efectivo o debitadas directamente de la cuenta del expedidor
llevada en los registros del operador designado emisor, o bien por cualquier otro medio
electrónico protegido, puestas a disposición del operador designado emisor o de
cualquier otro operador financiero por el expedidor, para efectuar un pago a un
destinatario especificado por el expedidor, de conformidad con el presente Acuerdo y su
Reglamento.
21. Giro de reembolso: expresión operativa empleada para designar una orden
postal de pago impartida a cambio de la entrega de un envío contra reembolso.
22. Moneda de emisión: moneda del país de destino o tercera moneda autorizada
por el país de destino, en la que está emitida la orden postal de pago.
23. Operador designado emisor: operador designado que transmite una orden
postal de pago al operador designado pagador, de conformidad con las Actas de la
Unión.
24. Operador designado pagador: operador designado encargado de dar
cumplimiento a la orden postal de pago en el país del destinatario, de conformidad con
las Actas de la Unión.
25. Período de validez: período durante el cual la orden postal de pago puede ser
válidamente cumplida o revocada.
26. Punto de acceso al servicio: lugar físico o virtual donde el usuario puede
depositar o recibir una orden postal de pago.
27. Remuneración: suma adeudada por el operador designado emisor al operador
designado pagador por el pago al destinatario.
28. Revocabilidad: posibilidad para el expedidor de revocar su orden postal de pago
(giro o transferencia) hasta el momento del pago o el final del período de validez, si el
pago no ha sido efectuado.
29. Riesgo de contrapartida: riesgo relacionado con el incumplimiento de una de las
partes en un contrato. Se traduce en un riesgo de pérdida o de iliquidez.
30. Riesgo de liquidez: riesgo de que una contraparte o un participante en un
sistema de pago se encuentre imposibilitado temporalmente de cancelar en su totalidad
una obligación a su vencimiento.
31. Señalamiento de transacciones sospechosas: obligación del operador
designado, basada en la legislación nacional y en las resoluciones de la Unión, de
comunicar a sus autoridades nacionales competentes toda la información sobre
transacciones sospechosas.
32. Seguimiento y localización: sistema que permite efectuar el seguimiento del
recorrido de una orden postal de pago y determinar en todo momento dónde se
encuentra y su estado de cumplimiento.
33. Tarifa: importe pagado por un expedidor al operador designado emisor por un
servicio postal de pago.
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