Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2025-3416)
Instrumento de aprobación de las Actas del XXVII Congreso de la Unión Postal Universal (UPU), hechas en Abidjan el 26 de agosto de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45
Viernes 21 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 23869
ACUERDO RELATIVO A LOS SERVICIOS POSTALES DE PAGO
ÍNDICE(1)
(1)
Conforme al artículo 24.2 del Reglamento Interno de los Congresos, la Oficina Internacional procede a
la renumeración de las disposiciones que figuran en las versiones consolidadas de las Actas de la Unión a las
que se hace referencia en el presente documento, con el objeto de reflejar correctamente el orden de esas
disposiciones en las mencionadas Actas.
Parte I. Principios comunes aplicables a los servicios postales de pago.
Capítulo I.
Disposiciones generales.
Artículo 1. Alcance del Acuerdo.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Designación de la entidad o de las entidades responsables de cumplir
las obligaciones derivadas de la adhesión al presente Acuerdo.
Artículo 4. Atribuciones de los Países miembros.
Artículo 5. Prestación de servicios postales de pago en forma excepcional por
actores del sector postal ampliado autorizados.
Artículo 6. Atribuciones operativas.
Artículo 7. Pertenencia de los fondos de los servicios postales de pago.
Artículo 8. Lucha contra el lavado de dinero, la financiación del terrorismo y los
delitos financieros.
Artículo 9. Confidencialidad y utilización de los datos personales.
Artículo 10. Neutralidad tecnológica.
Capítulo II.
Principios generales y calidad de servicio.
Artículo 11. Principios generales.
Artículo 12. Calidad de servicio.
Capítulo III.
Principios relativos a los intercambios electrónicos de datos.
Artículo 13.
Artículo 14.
Artículo 15.
Interoperabilidad.
Seguridad de los intercambios electrónicos.
Seguimiento y localización.
Parte II. Reglas aplicables a los servicios postales de pago.
Procesamiento de las órdenes postales de pago.
Artículo 16.
Artículo 17.
Artículo 18.
Artículo 19.
Depósito, ingreso y transmisión de las órdenes postales de pago.
Verificación y puesta a disposición de los fondos.
Importe máximo.
Reembolso.
Capítulo II.
Reclamaciones y responsabilidad.
Artículo 20.
Artículo 21.
usuarios.
Artículo 22.
designados.
Artículo 23.
Artículo 24.
Reclamaciones.
Responsabilidad de los operadores designados con relación a los
Obligaciones y responsabilidades recíprocas de los operadores
Exoneración de la responsabilidad de los operadores designados.
Reservas en materia de responsabilidad.
Capítulo III. Relaciones financieras.
Artículo 25. Reglas contables y financieras
cve: BOE-A-2025-3416
Verificable en https://www.boe.es
Capítulo I.
Núm. 45
Viernes 21 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 23869
ACUERDO RELATIVO A LOS SERVICIOS POSTALES DE PAGO
ÍNDICE(1)
(1)
Conforme al artículo 24.2 del Reglamento Interno de los Congresos, la Oficina Internacional procede a
la renumeración de las disposiciones que figuran en las versiones consolidadas de las Actas de la Unión a las
que se hace referencia en el presente documento, con el objeto de reflejar correctamente el orden de esas
disposiciones en las mencionadas Actas.
Parte I. Principios comunes aplicables a los servicios postales de pago.
Capítulo I.
Disposiciones generales.
Artículo 1. Alcance del Acuerdo.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Designación de la entidad o de las entidades responsables de cumplir
las obligaciones derivadas de la adhesión al presente Acuerdo.
Artículo 4. Atribuciones de los Países miembros.
Artículo 5. Prestación de servicios postales de pago en forma excepcional por
actores del sector postal ampliado autorizados.
Artículo 6. Atribuciones operativas.
Artículo 7. Pertenencia de los fondos de los servicios postales de pago.
Artículo 8. Lucha contra el lavado de dinero, la financiación del terrorismo y los
delitos financieros.
Artículo 9. Confidencialidad y utilización de los datos personales.
Artículo 10. Neutralidad tecnológica.
Capítulo II.
Principios generales y calidad de servicio.
Artículo 11. Principios generales.
Artículo 12. Calidad de servicio.
Capítulo III.
Principios relativos a los intercambios electrónicos de datos.
Artículo 13.
Artículo 14.
Artículo 15.
Interoperabilidad.
Seguridad de los intercambios electrónicos.
Seguimiento y localización.
Parte II. Reglas aplicables a los servicios postales de pago.
Procesamiento de las órdenes postales de pago.
Artículo 16.
Artículo 17.
Artículo 18.
Artículo 19.
Depósito, ingreso y transmisión de las órdenes postales de pago.
Verificación y puesta a disposición de los fondos.
Importe máximo.
Reembolso.
Capítulo II.
Reclamaciones y responsabilidad.
Artículo 20.
Artículo 21.
usuarios.
Artículo 22.
designados.
Artículo 23.
Artículo 24.
Reclamaciones.
Responsabilidad de los operadores designados con relación a los
Obligaciones y responsabilidades recíprocas de los operadores
Exoneración de la responsabilidad de los operadores designados.
Reservas en materia de responsabilidad.
Capítulo III. Relaciones financieras.
Artículo 25. Reglas contables y financieras
cve: BOE-A-2025-3416
Verificable en https://www.boe.es
Capítulo I.